Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN de 4 de agosto de 2015, del Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón, por la que se declara la fiesta de las "Migas y Vino en Teja", que se celebra en Romanos (Zaragoza), como Fiesta de Interés Turístico de Aragón.

Publicado el 12/08/2015 (Nº 155)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA

Texto completo:

Visto el escrito y documentación presentados por D. Raúl Tomás Pardos, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Romanos (Zaragoza), para que la fiesta de las "Migas y Vino en Teja", que tiene lugar en dicha localidad el día 26 de agosto, dentro de la semana de las fiestas en honor a San Bartolomé, sea declarada Fiesta de Interés Turístico de Aragón.

Visto que en la documentación remitida por el Ayuntamiento queda acreditado que la citada celebración reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 del Decreto 295/2005, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se regulan las declaraciones de interés turístico de Aragón, para ser declarada Fiesta de Interés Turístico de Aragón, por tratarse de un festejo popular muy arraigado en la localidad, con activa participación de la población en la que tiene un notorio enraizamiento por venir celebrándose desde hace varias décadas, así como por tratarse de una celebración original, que consiste en la elaboración y reparto masivo de migas y vino para su degustación, utilizando elementos de tradición medieval como el Almú, la teja, la caldera de cinc y los carretillos.

Visto que la documentación remitida cumple con lo exigido en el artículo 4 del Decreto citado, puesto que contiene el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Romanos, celebrado el día 6 de julio de 2015, y Memoria explicativa en la que se incluye la historia de la fiesta, así como se relaciona la infraestructura turística con la que cuenta la localidad y su zona periférica y se justifican acciones promocionales suficientes para la atracción de corrientes turísticas, con un dossier fotográfico, artículos en prensa, folletos y carteles.

Visto el informe favorable a la declaración emitido por la Comarca Campo de Daroca, de conformidad con el artículo 5.2 del citado Decreto 295/2005, de 13 de diciembre.

Visto el cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de la normativa citada, tomando en consideración el cumplimiento de los requisitos exigidos, el adecuado cuidado de los entornos urbanos donde se desarrollan los actos, la calidad de la celebración, la gran participación de la sociedad local y su contribución a la desestacionalización de las corrientes turísticas.

Vista la propuesta favorable de la Dirección General de Turismo, y dado que ha quedado plenamente constatado que la celebración de la fiesta de las "Migas y Vino en Teja" de Romanos (Zaragoza), forma parte de la tradición de esta localidad, por su antigüedad y continuidad a través del tiempo y la originalidad y diversidad de sus actos, dando lugar a un fenómeno turístico con gran atracción de visitantes.

Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades que tengo atribuidas, resuelvo:

Primero.- Declarar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 295/2005, de 13 de diciembre, por el que se regulan las declaraciones de interés turístico de Aragón, la fiesta de las "Migas y Vino en Teja" de Romanos (Zaragoza), que tiene lugar en dicha localidad el día 26 de agosto, dentro de la semana de las fiestas en honor a San Bartolomé, como Fiesta de Interés Turístico de Aragón (código F.I.T.A. número 68).

Segundo.- Publicar la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a partir de su notificación. Igualmente, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda en el plazo de un mes, en base a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 4 de agosto de 2015.

El Consejero de Vertebración del Territorio,Movilidad y Vivienda,

JOSÉ LUIS SORO DOMINGO