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DECRETO 202/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 173/2014, de 28 de octubre, por el que se autoriza al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, a efectuar una encomienda de gestión al Instituto Aragonés de Fomento para la rehabilitación y/o ampliación de centros públicos docentes en la provincia de Teruel con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel para el año 2014.

Publicado el 06/08/2015 (Nº 151)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El 15 de julio de 2014 se suscribió el convenio de Colaboración entre la Administración General de Estado (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas) y la Diputación General de Aragón para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel, por el que se da aplicación al Protocolo de Intenciones entre ambas administraciones para el desarrollo de actuaciones que continúen favoreciendo la generación de renta y riqueza en la provincia de Teruel, durante el periodo 2012-2016.

La Comisión Mixta de Seguimiento del Fondo de Inversiones para Teruel en su sesión de 23 de julio de 2014 determinó dentro de los "Proyectos estratégicos y singulares" la aprobación de un millón de euros para el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, estableciendo que la tramitación y pago de este proyecto se llevará a cabo atendiendo a criterios de eficiencia administrativa, bien directamente por el Departamento responsable o mediante encomienda de gestión a través del Instituto Aragonés de Fomento.

En concordancia con lo dispuesto en el citado convenio se aprobó el Decreto 173/2014, de 28 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, a efectuar una encomienda de gestión al Instituto Aragonés de Fomento para la rehabilitación y/o ampliación de centros públicos docentes en la provincia de Teruel con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel para el año 2014.

El plazo de vigencia de la encomienda, así como los plazos de justificación de la inversión y los de entrega y puesta a disposición de los proyectos, finalizan en el primer caso el 31 de julio de 2015 y en todo caso, antes del inicio del curso escolar 2015/2016, en el segundo.

Con fecha 12 de junio de 2015 la entidad encomendada ha comunicado al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte la imposibilidad de cumplir con los plazos citados por distintas circunstancias en cada uno de los proyectos cofinanciados. Por su parte, el Departamento considera adecuado y conveniente atender la petición del Instituto Aragonés de Fomento dado que el interés general y la necesaria prestación del servicio público educativo en términos satisfactorios motivan la finalización de la encomienda.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 29 de julio de 2015

DISPONGO

Artículo único. Modificación del Decreto 173/2014, de 28 de octubre, por el que se autoriza al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, a efectuar una encomienda de gestión al Instituto Aragonés de Fomento para la rehabilitación y/o ampliación de centros públicos docentes en la provincia de Teruel con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel para el año 2014

Se modifica el Decreto 173/2014, de 28 de octubre, por el que se autoriza al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, a efectuar una encomienda de gestión al Instituto Aragonés de Fomento para la rehabilitación y/o ampliación de centros públicos docentes en la provincia de Teruel con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel para el año 2014, cuyos apartados Cuarto, párrafo quinto, Quinto y Sexto quedan redactados de la siguiente manera:

Uno. "Cuarto.- (...) Las obras, servicios y suministros en los centros educativos objeto del presente convenio deberán estar terminadas y entregadas al Departamento de Educación, Cultura y Deportes para su puesta en funcionamiento, con anterioridad al inicio del curso escolar 2015/2016, salvo causas de fuerza mayor u otras causas no imputables al Instituto Aragonés de Fomento y en todo caso con anterioridad al 15 de octubre de 2015. Tras la cesión de las obras al citado Departamento, El Instituto Aragonés de Fomento dejará de tener sobre las mismas, cualquier derecho u obligación que pudiera derivarse de la presente encomienda (...)".

Dos. "Quinto.- La justificación de los gastos realizados de acuerdo a esta encomienda de gestión y relativos a la cantidad transferida, se realizará ante el Departamento de Educación, Cultura y Deporte, debiendo presentar el Instituto Aragonés de Fomento las correspondientes facturas, las certificaciones de obra y documentos justificativos derivados de la ejecución de las actividades en relación tanto con los medios propios utilizados como con los contratados con servicios externos con anterioridad al 15 de octubre de 2015".

Tres. "Sexto.- La encomienda de gestión recogida en este Decreto tendrá la vigencia necesaria hasta que finalicen las actuaciones mencionadas y su evaluación, y en todo caso hasta el 15 de octubre de 2015".

Disposición transitoria única. Aplicación a proyectos.

La ampliación de los plazos prevista en el presente Decreto se aplicará a los proyectos incluidos en el anexo del Decreto 173/2014, de 28 de octubre, y que hubiesen sido iniciados con posterioridad al 1 de enero de 2015.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 29 de julio de 2015.

El Presidente del Gobierno de Aragón,

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte,

MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN