Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2014, del Director del Centro Aragonés de Tecnologías para la Educación, por la que se establece la convocatoria para la creación de un listado priorizado para la tutorización del curso de formación del profesorado: "Primeros auxilios y atención al alumnado con patologías crónicas" de Aularagón en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 13/11/2014 (Nº 223)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Actualmente existe en el ámbito de la educación la necesidad de impartir cursos de formación del profesorado a distancia para responder a las necesidades de renovación y actualización didáctica del profesorado. Esta modalidad de enseñanza permite atender la dispersión geográfica de las necesidades de formación, por un lado, y la conciliación de la vida laboral y personal, por otro.

Este curso en concreto surge de la necesidad de dotar a los docentes de la formación ante eventos posibles que pueden surgir en el aula y acercar la realidad de patologías que puede padece el alumnado, favoreciendo una adecuada integración del alumno que tiene un determinado estado de salud crónico.

En consecuencia, con el fin de contar con un listado priorizado de posibles tutores para impartir cursos de formación en red cuando sea pertinente, esta Dirección en el ejercicio de las competencias que le atribuyen el Decreto 105/2013, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el sistema aragonés de formación permanente del profesorado, su régimen jurídico y la estructura de su red; la Orden de 20 de noviembre de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, de creación por transformación de centros de formación permanente del profesorado e innovación educativa, de titularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón; y la Orden de 18 de julio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regula la organización y funcionamiento de los Centros de Innovación y Formación Educativa Territoriales en la Comunidad Autónoma de Aragón, resuelve:

Primero.- Objeto.

Convocar al personal docente en activo de centros públicos y privados no universitarios en la Familia Profesional de Sanidad y a graduados/licenciados en medicina o licenciados en medicina y cirugía con experiencia probada, para la creación de un listado priorizado de tutores para el curso de formación del profesorado "Primeros auxilios y atención al alumnado con patologías crónicas" de 40 horas de formación, a través de Aularagón.

Segundo.- Requisitos de los participantes.

Podrán participar en este proceso de selección los aspirantes que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar incluido en una de las siguientes categorías:

- Personal docente en posesión del título de grado/licenciado en medicina o licenciado en medicina y cirugía que acredite experiencia docente mínima de 36 meses, en periodos continuos o discontinuos en la Familia Profesional de Sanidad.

- Personal grado/licenciado o licenciado en medicina y cirugía que acredite una experiencia mínima de 36 meses de práctica profesional.

b) Estar desempeñando sus funciones en centros públicos o privados de la Comunidad Autónoma de Aragón

Tercero.- Documentación.

Los interesados en participar deberán presentar la siguiente documentación:

1. Instancia-solicitud (anexo I)

2. Hoja de servicios, vida laboral o certificado de empresa (para acreditar el cumplimiento de los requisitos a y b exigidos para participar en la convocatoria y los méritos de la categoría C del anexo II).

3. Acreditación de los méritos. (Ver anexo II de la convocatoria).

a) Categoría A.1, A.2, A3, A4 y A5. Fotocopia compulsada que acredite la posesión del título a que se hace referencia.

b) Categoría B.1 a B.3. Se deberá presentar fotocopia compulsada del certificado de participación del solicitante.

c) Categoría B4 y B5. La tutorización o creación de cursos en Aularagón no necesitan ser acreditadas. Para el resto de actividades se deberá presentar fotocopia compulsada del certificado de la entidad organizadora.

4. Por cada curso solicitado y por cada uno de los méritos acreditados en la categoría B (B1 a B3) se cumplimentará un anexo III.

5. La Administración recogerá las puntuaciones de los méritos de este apartado en el anexo IV.

Cuarto.- Forma, lugar y plazo de presentación de solicitudes.

1. La documentación indicada en el apartado anterior irá dirigida al Director del Centro Aragonés de Tecnologías para la Educación presentándose en el Servicio de Educación Permanente y Formación del Profesorado (Parque Empresarial Dinamiza - Recinto Expo - calle Pablo Ruiz Picasso, 65 D, planta 3.ª 50018 Zaragoza)

2. La documentación podrá presentarse en el Registro General del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte sito en Parque Empresarial Dinamiza - Recinto Expo - calle Pablo Ruiz Picasso, 65 D, planta 1.ª 50018 Zaragoza, en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Zaragoza - C/Juan Pablo II, 20; en el del Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Huesca - Plaza Cervantes,1; en el Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Teruel - C/San Vicente de Paúl, 3; en las restantes dependencias del Registro del Gobierno de Aragón o en cualquiera de las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

3. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón". No obstante, se publicara tambien en la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte (www.educaragon.org)

4. Asimismo la documentación se deberá enviar en el plazo señalado anteriormente por correo electrónico a la siguiente dirección: formacionprofesorado@educa.aragon.es

Quinto.- Comisión de selección.

1. La documentación presentada por los candidatos será evaluada por una Comisión de selección de acuerdo con los criterios de valoración previstos en el anexo II.

2. La Comisión de selección estará compuesta por:

a) Presidente: Director del CATEDU o persona en quien delegue.

b) Vocales:

- Un representante de la red de formación.

- El Asesor de Nuevas Tecnologías de la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente o de alguno de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

- Un representante de la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente.

c) Secretario: Un funcionario del CATEDU o un funcionario de la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente.

d) La Comisión de selección podrá disponer del asesoramiento técnico que estime oportuno.

Sexto.- Proceso de selección.

1. La Comisión de selección realizará una valoración de los candidatos con las puntuaciones obtenidas en el anexo II.

2. No se admitirá en el listado de posibles asignaciones a candidatos que no hayan obtenido 3 puntos en la baremación.

3. En el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se elevará propuesta de resolución provisional al Director del Centro Aragonés de Tecnologías para la Educación, que se publicará en la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte (www.educaragon.org). Esta resolución incluirá:

a) Un listado priorizado de posibles tutores, indicando la puntuación obtenida.

b) Las solicitudes excluidas, con expresión de la causa.

4. Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de su publicación para efectuar alegaciones. Éstas deberán presentarse por escrito en cualquiera de los registros especificados en el apartado Cuarto (preferentemente en el Registro General del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte) e irán dirigidas al Director del Centro Aragonés de Tecnologías para la Educación.

5. Transcurrido el plazo de alegaciones y resueltas las mismas, el Director del Centro Aragonés de Tecnologías para la Educación dictará resolución definitiva que publicará en el Boletín Oficial de Aragon y en la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte (www.educaragon.org). Esta resolución incluirá:

a) La relación priorizada de los candidatos admitidos y no admitidos, indicando la puntuación obtenida y el curso o cursos solicitados

b) Las solicitudes excluidas, con expresión de la causa.

Séptimo.- Procedimiento de asignación.

1. Una vez se establezcan las necesidades de tutorización por parte del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se procederá a la asignación del curso según los listados priorizados y los criterios contenidos en esta resolución.

2. Puesto que estas necesidades pueden producirse en varios momentos a lo largo de los cursos 2014-15 y 2015-16, el Centro Aragonés de Tecnologías para la Educación (CATEDU) publicará en la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte (www.educaragon.org) resolución provisional de los mismos cuando sea necesario, indicando los tutores a los que se asignarán los cursos a tutorizar.

3. Un mismo docente no podrá tutorizar más de un curso por año académico

4. Tras la publicación de la resolución provisional, en el supuesto de renuncia por parte de algún tutor, que no implique abandono de la lista priorizada ni cambio en el orden de la misma, el curso se asignará al siguiente del listado priorizado; que a su vez deberá cumplimentar el anexo V de aceptación para su adjudicación definitiva, y así sucesivamente.

5. Finalmente, se procederá a la publicación en la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte (www.educaragon.org) del listado definitivo de adjudicación a través de una resolución definitiva.

6. En el caso de renuncia tras esta publicación definitiva, se asignará el siguiente del listado priorizado, quien deberá aceptar la adjudicación, y así sucesivamente.

7. Si algún curso quedara sin tutorización por ausencia o renuncia de todos los tutores priorizados, se adjudicará por designación directa entre quienes cumplan los requisitos del apartado Segundo.

Octavo.- Funciones de los tutores seleccionados.

Las funciones de los seleccionados como tutores son las siguientes:

a) Tutorizar el curso asignado de acuerdo con las directrices didácticas, el seguimiento y los criterios e instrumentos de evaluación establecidos. Se hará especial incidencia en el seguimiento del alumno a través de las actividades y tareas educativas establecidas en los materiales del curso.

b) Colaborar en el desarrollo y perfeccionamiento de los materiales del curso que se tutoriza, actualizando y mejorando sus contenidos y recursos educativos.

c) Asumir las directrices definidas por el Centro Aragonés de Tecnologías para la Educación (CATEDU) para la tutorización de los cursos de Aularagón: metodología pedagógica, estilos de comunicación tutor-alumno, temporalización y cualquier otro aspecto que se establezca referido a la organización y funcionamiento de los cursos.

d) Una vez terminada la tutorización del curso, colaborar con el CATEDU en todo lo referido a los documentos de evaluación y su certificación.

Noveno.- Retribución a los tutores.

1. El presupuesto destinado para esta finalidad estará supeditado a la disponibilidad económica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, y a la normativa en esta materia.

2. El pago por la prestación del servicio se efectuará en pago único por el CATEDU al finalizar la labor de tutorización. Asimismo, el CATEDU expedirá la certificación correspondiente a la tutorización del curso realizada.

3. En cumplimiento del Acuerdo de Gobierno de 16 de enero de 2007, la retribución se calcula con la siguiente operación:

Retribución en € = 600 + 0,35*(número de alumnos)*(número de horas del curso)

- Los números de alumnos son los que se tutorizan, es decir, los matriculados menos los que abandonan. Se entiende que un alumno abandona cuando no realiza ningún módulo.

- La máxima retribución a percibir es 1.200 € anuales.

- A esta retribución se le deduce la retención del IRPF vigente.

- El mínimo de alumnos admitidos se fija en 20 y el máximo en 39.

- Las horas asignadas al curso "Primeros auxilios y atención al alumnado con patologías crónicas" es de 40 horas.

Décimo.- Veracidad de los datos aportados.

La constatación de la falsedad de los datos o documentos aportados por el solicitante supondrá su exclusión de este proceso de selección sin perjuicio de otras acciones que pudieran derivarse de dicha circunstancia.

Undécimo.- Prestación del servicio.

El profesorado seleccionado en esta convocatoria podrá prestar el servicio de tutorización de cursos de formación del profesorado de Aularagón durante el curso 2014-15 y 2015-16.

Duodécimo.- Rescisión de la colaboración.

1. El incumplimiento de las funciones de tutor recogidas en esta resolución será motivo de rescisión de sus funciones y la no percepción de la retribución económica.

2. En el caso de que se produzca alguna rescisión, CATEDU lo comunicará por escrito al profesor rescindido.

Decimotercero.- Referencia de género

Todas las referencias a personas para las que se utiliza la forma del masculino genérico en esta resolución deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y hombres.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Alcorisa, 21 de octubre 2014.- El Director del Centro Aragonés de Tecnologías para la Educación, Javier Quintana Peiró