Vistos por mi, Dª Mª Teresa Real Clemente, Magistrado Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número ocho de Zaragoza, los presentes autos de juicio ordinario que bajo el número 3/11 se siguen en este Juzgado a instancias de Barclays Bank, S. A., representado por la procuradora Dª Patricia Peiré Blasco y defendido por el letrado D. Jorge Miquel Canivell, contra , en rebeldía en estos autos, sobre reclamación de cantidad.
Fallo: que debo estimar la demanda interpuesta Barclays Bank S.A contra en rebeldía en estos autos, condenando a la demandada a pagar a la demandante la suma de 10.661,26 euros, más los intereses moratorios al tipo pactado en el contrato desde la fecha de vencimiento del contrato el 23 de febrero de 2009, e imponiéndole las costas procesales causadas.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los veinte días siguientes a la notificación de la presente resolución, para interponerlo será necesario la constitución de depósito de 50 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, acreditando dicha consignación en el momento de interposición del recurso. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicha demandada, en paradero desconocido, se expide el presente edicto dirigido al Boletín Oficial de Aragón, a fin de que sirva de notificación en forma a la demandada.
Zaragoza, 20 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.