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RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 4 de marzo de 2016, por la que se otorga la autorización ambiental integrada revisada de la fábrica de vidrio existente, ubicada en el término municipal de Zaragoza, y se toma conocimiento del cambio de titularidad a favor de la sociedad Verallia Spain, S.A. (Número de Expediente INAGA 500301/02/2016/06862).

Publicado el 23/01/2017 (Nº 14)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha de 4 de mayo de 2016, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 84, la Resolución de 4 de marzo de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada, revisada de la fábrica de vidrio existente, ubicada en el término municipal de Zaragoza, promovida por Saint-Gobain Vicasa, S.A. (Número Expte. INAGA 500301/02/2014/03896).

Con fecha 15 de julio de 2016, se recibe en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por parte de Verallia Spain, S.A., documentación técnica relativa a la solicitud de cambio de límites de emisión de SOx en los hornos de fusión de vidrio y se comunica que, desde el 1 de junio de 2016, la denominación social pasa de ser Saint-Gobain Vicasa, S.A. a ser Verallia Spain, S.A., remarcando que el único cambio es el de la denominación social, no variando el CIF ni otro dato de la sociedad, para lo que se adjunta copia simple de elevación a público de acuerdos sociales de la sociedad Verallia Spain S.A.

Considerando la Resolución de 12 de junio de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se consideró modificación no sustancial la modificación prevista por Saint Gobain Vicasa, S.A., para su fábrica de vidrio, sita en Zaragoza (Número Expte. INAGA 500301/02/2015/03803), basada en el cambio de combustible de gas natural a una mezcla de combustible gas natural-fueloil.

Considerando la Decisión de Ejecución de la Comisión, de 28 de febrero de 2012, por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores tecnologías disponibles (MTD) en la fabricación de vidrio conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales.

Considerando que en el artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, se establece que la autorización ambiental integrada podrá ser modificada puntualmente a solicitud del titular de la instalación.

Considerando lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, sobre transmisión de la titularidad de la autorización ambiental integrada.

Considerando que la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, le atribuye a este Instituto la competencia de tramitación y resolución de los procedimientos administrativos a que dan lugar las materias que se relacionan en el anexo único de la ley, entre las que se incluye la competencia para otorgar las autorizaciones ambientales integradas.

Considerando que durante esta tramitación se ha seguido el procedimiento de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás normativa de general aplicación.

Vistos, la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:

1. Tomar conocimiento del cambio de titularidad de la autorización ambiental integrada de la fábrica de vidrio existente en el término municipal de Zaragoza, siendo el nuevo titular la sociedad Verallia Spain, S.A., con NIF: A19001304, que asume los derechos y responsabilidades establecidos en dicha autorización.

2. Modificar puntualmente la Resolución de 4 de marzo de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada revisada de la fábrica de vidrio existente, ubicada en el término municipal de Zaragoza, promovida por Saint-Gobain Vicasa, S.A., en el siguiente sentido:

Se sustituye la tabla de límites de emisión de los focos 1 y 2, del anexo II. Emisiones a la atmósfera y su control, por la siguiente:

Esta resolución se notificará en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.3 y 23.4 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 14 de noviembre de 2016.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL