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RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2015, del Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se renueva la autorización a la empresa Talleres Mariano Herbera, S.L. como centro técnico para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales de las marcas VDO, Stoneridge y Actia, y contraseña E915ABC22003.

Publicado el 12/08/2015 (Nº 155)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Visto el escrito presentado por la empresa Talleres Mariano Herbera, S.L. con domicilio social en el Polígono Industrial Las Paules, parcela 29 de Monzón (Huesca), por el que solicita la renovación de su autorización como centro técnico para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales de las marcas VDO, Stoneridge y Actia.

Visto el Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales.

Visto el informe favorable del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca.

En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 7 del Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación, y de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria única del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, resuelvo:

Primero.- Renovar, por un plazo de un año, la autorización de la empresa Talleres Mariano Herbera, S.L. como centro técnico para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales de las marcas VDO, Stoneridge y Actia en su centro técnico situado en la Polígono Paules, parcela 29, dentro del término municipal de Monzón, Provincia de Huesca.

Segundo.- La validez de esta autorización está condicionada al cumplimiento y mantenimiento de las condiciones establecidas en el Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales.

Tercero- La siguiente renovación de la autorización deberá solicitarse según el procedimiento 1343 del Catálogo de procedimientos de Gobierno de Aragón (modelo E3003b), dentro de los dos meses anteriores a la finalización de su periodo de vigencia y al menos quince días antes de que expire éste.

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes contado desde su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 4.1. a) del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos.

Zaragoza, 15 de julio de 2015.

El Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa,

CARLOS JAVIER NAVARRO ESPADA