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EDICTO del Juzgado de Primera Instancia número ocho de Zaragoza, relativo a procedimiento juicio verbal número 550/2011-D.

Publicado el 06/03/2012 (Nº 45)
Sección: IV. Administración de Justicia
Emisor: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO OCHO DE ZARAGOZA

Texto completo:

D.ª María de la O Colmenares Orden, Secretaria Judicial, del Juzgado de Primera Instancia nº ocho de Zaragoza, por el presente, anuncio:

En el presente procedimiento JVB 550/11 seguido a instancia de Telefónica Móviles España S. A.U. frente a Rosa María Blas Llop se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia:

En Zaragoza a 8 de julio de 2011.

Vistos por mí, D.ª Mª Teresa Real Clemente, Magistrado Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Zaragoza, los presentes autos de juicio verbal que bajo el nº 550/11-D se siguen en este Juzgado a instancias de Telefónica Móviles España S. A.U. representada por la procuradora D.ª Lucía del Río Artal y defendida por el letrado D. Fernando Baringo Giner, contra , en rebeldía en estos autos, sobre reclamación de cantidad.

Fallo: Que debo estimar la demanda interpuesta por Telefónica Móviles España S. A.U. representada por la procuradora D.ª Lucía del Río Artal y defendida por el letrado D. Fernando Baringo Giner, contra en rebeldía en estos autos, condenando a la demandada a pagar a la actora 4.501,15 euros, con los intereses legales correspondientes desde la interposición de la demanda. Las costas procesales causadas se imponen a D.ª

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación que deberá prepararse en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución, para interponerlo será necesario la constitución de depósito de 50 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, acreditando dicha consignación en el momento de interposición del recurso. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo. Y encontrándose dicho demandado, , en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Zaragoza, 31 de octubre de 2011.- La Secretaria Judicial.