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ORDEN de 20 de agosto de 2012, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueba el expediente del concurso-oposición para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 29 de abril de 2011 (BOA n.º 87 de 05/05/11).

Publicado el 11/09/2012 (Nº 177)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden de 29 de abril de 2011 se convocó procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, estableciéndose en la base 12 de la misma que "concluida la fase de prácticas y comprobado que todos los aspirantes declarados aptos en la misma reúnen los requisitos generales y específicos de participación establecidos en la convocatoria, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte aprobará el expediente del procedimiento selectivo publicándolo en el "Boletín Oficial de Aragón"".

Desarrollado el proceso selectivo que marcaba la orden de convocatoria y concluida la fase de prácticas cuya regulación fue objeto de publicación por Resolución de 17 de agosto de 2011 («Boletín Oficial de Aragón» n.º 170, de 29 de agosto), y conforme a lo dispuesto en el artículo 32 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 2 de marzo), por el que se aprueba el reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los Cuerpos Docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

Este Departamento ha dispuesto:

Primero.- Declarar aprobado el expediente del procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado por Orden de 29 de abril de 2011.

Segundo.- Proponer el nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes que han sido declarados aptos por las correspondientes Comisiones de valoración que se incluyen en el anexo I, con efectos de 1 de septiembre de 2012.

Tercero.- Declarar en situación de aplazamiento para la realización de la fase de prácticas, al profesorado que solicitó dicha situación según lo establecido en la base 11 de la convocatoria, y que se relaciona en el anexo II, autorizando la realización de la fase de prácticas en el curso 2012/2013.

Cuarto.- Declarar en situación de aplazamiento para la realización de la fase de prácticas, al profesorado relacionado en el anexo III, que ha sido declarado no apto por la Comisión Calificadora, tal y como se establece en el párrafo primero de la base 11 de la convocatoria y en los puntos 4.5 y 5.3 de la Resolución de 17 de agosto de 2011, de la Dirección General de Gestión de Personal por la que se regula la fase de prácticas, autorizando la repetición de la fase de prácticas en el curso 2012/2013.

Quinto.- A los aspirantes relacionados en los puntos tercero y cuarto anteriores, les serán de aplicación la Orden de 29 de julio de 2011, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en el concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 29 de abril de 2011 y la Resolución de 17 de agosto de 2011, de la Dirección General de Gestión de Personal, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes cuya selección fue hecha pública por las Comisiones de selección, del procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 29 de abril de 2011.

Sexto.- Declarar, según lo establecido en la base 9.6 de la convocatoria la exclusión de los aspirantes que figuran en anexo IV, quienes habiendo superado el proceso selectivo por otras Comunidades Autónomas, optaron por ser nombrados funcionarios en las mismas.

Contra la presente orden los interesados podrán interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, o en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Zaragoza, 20 de agosto de 2012.