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RESOLUCIÓN de 9 de septiembre de 2019, del Director General de Innovación y Formación Profesional, por la que se convoca el programa de innovación "Emprender en la escuela" para el curso 2019/2020 en los centros educativos públicos y privados concertados de la comunidad autónoma de Aragón.

Publicado el 24/09/2019 (Nº 187)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La misión general de la educación y la formación incluye objetivos como la ciudadanía, el desarrollo personal y el bienestar.

La Unión Europea recomienda invertir en competencias en educación para lograr mejores resultados socioeconómicos y plantea como un reto principal generar aptitudes transversales y básicas. Las aptitudes transversales, como el pensamiento crítico, la iniciativa, la solución de problemas y el trabajo colaborativo, preparan a las personas para los recorridos de su carrera profesional y pone el foco en las relacionadas con el emprendimiento, ya que estas no solo contribuyen a la creación de nuevas empresas, sino también a la empleabilidad de los jóvenes.

En las Conclusiones del Consejo Europeo, de mayo de 2009, sobre un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y formación 2020 se establecen cuatro objetivos estratégicos siendo uno de ellos "incrementar la creatividad y la innovación, incluido el espíritu empresarial, en todos los niveles de la educación y la formación".

La Estrategia 2020 destaca que "el crecimiento inteligente significa la consolidación del conocimiento y la innovación como impulsores de nuestro crecimiento futuro y para tener éxito, debe combinarse con un espíritu emprendedor, financiación y una atención prioritaria a las necesidades de los usuarios y a las oportunidades del mercado".

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su título preliminar, que el sistema educativo español se orientará, entre otros, a la consecución del desarrollo de la capacidad del alumnado para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor. Establece que la Formación Profesional en el sistema educativo contribuirá a que el alumnado consiga los resultados de aprendizaje que le permita afianzar el espíritu emprendedor para el desempeño de actividades e iniciativas empresariales.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece como uno de los fines del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, incorporar a la oferta formativa aquellas acciones de formación que capaciten para el desempeño de actividades empresariales por cuenta propia, así como para el fomento de las iniciativas empresariales y del espíritu emprendedor, que contemplará todas las formas de constitución y organización de las empresas, ya sean éstas individuales o colectivas y en especial las de economía social.

La Orden ECD/489/2016, de 26 de mayo, por la que se aprueba el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria establece en el Capítulo I, artículo 4.h), la necesidad de contextualizar el currículo a la realidad educativa de Aragón, desarrollando la creatividad, la innovación y el emprendimiento como actitud para el cambio y mejora de Aragón.

Por su parte, la Orden ECD/494/2016, de 26 de mayo, por la que se aprueba el currículo de Bachillerato, en el artículo 6.k) señala la necesidad de afianzar el espíritu emprendedor, con actitudes de creatividad, flexibilidad, iniciativa, confianza en uno mismo y trabajo en equipo. En el artículo 7 se define el sentido de iniciativa y espíritu emprendedor como una de las competencias clave del Bachillerato.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional en el sistema educativo, insiste en el artículo 3 en que las enseñanzas de Formación Profesional tienen por objeto potenciar la creatividad, la innovación y la iniciativa emprendedora. En el mismo sentido se manifiesta el artículo 2 de la Orden de 29 de mayo de 2008, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece la estructura básica de los currículos de los ciclos formativos de Formación Profesional y su aplicación en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, con el deseo de impulsar la iniciativa emprendedora en el alumnado aragonés y su acercamiento al mundo de las empresas, firmó en junio de 2016 un convenio de Colaboración con el Instituto Aragonés de Fomento, Agencia de Desarrollo Regional del Gobierno de Aragón, con el fin de seguir desarrollando el Programa "Emprender en la Escuela" en los centros educativos aragoneses. Se pretende fomentar una metodología más activa, centrada sobre todo en las iniciativas y decisiones de los propios estudiantes, el reciclaje del profesorado y la mejora de la transferencia de conocimiento entre los ámbitos educativos, institucionales y empresariales de Aragón. Además, cabe destacar que en la presente anualidad 2019/2020 el programa cumple 20 ediciones, convirtiéndose así una de las iniciativas de innovación pedagógica más longevas a nivel nacional.

El Decreto 93/2019, de 8 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En su virtud, como Director de Innovación y Formación Profesional del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Objeto.

La convocatoria tiene por objeto la formación de personas emprendedoras entre el alumnado que cursa estudios de Formación Profesional, Bachillerato, tercero y cuarto de Educación Secundaria Obligatoria en el sistema educativo, estimulando la creatividad y la iniciativa emprendedora.

Se pretende fomentar la cultura emprendedora entre el alumnado así como proporcionar los conocimientos que les capaciten para el desarrollo cualificado de una profesión y el aprendizaje de habilidades emprendedoras que mejoren su empleabilidad en el mercado de trabajo y potencien sus oportunidades para diseñar y poner en funcionamiento sus propias iniciativas de empresa en nuestra Comunidad.

Se planificará una oferta formativa amplia y de calidad dirigida al profesorado de las distintas etapas educativas, que permita configurar un itinerario formativo específico en educación emprendedora para docentes, dado que los centros educativos ejercen un papel dinamizador del alumnado para llevar a cabo sus iniciativas viables de autoempleo.

Segundo.- Participantes.

Podrán solicitar la participación en esta convocatoria todos los centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Aragón, que impartan Formación Profesional, Bachillerato o Educación Secundaria Obligatoria y que cumplan los requisitos señalados en la presente Resolución, así como el profesorado con interés en formarse en técnicas y herramientas para generar proyectos emprendedores.

Tercero.- Acciones.

Las acciones que forman parte de esta convocatoria son las siguientes:

Talleres "Emprender en la Escuela", cuyo objetivo es servir de apoyo educativo al fomento de actitudes, habilidades y capacidades del alumnado en relación al desarrollo de iniciativas empresariales y a la elaboración de proyectos de empresa.

Premios "Emprender en la Escuela", cuyo objetivo es reconocer el esfuerzo en la elaboración de los proyectos de empresa realizados por el alumnado a lo largo de todo el curso académico y la voluntad de su puesta en marcha real, manifestado durante la defensa pública de los mismos.

Formación del profesorado, cuyo objetivo es la programación de actividades formativas en modalidad de cursos, talleres, jornadas, seminarios y eventos, que permitan configurar un itinerario formativo específico en educación emprendedora para docentes.

Promoción y apoyo de viveros emprendedores en centros educativos de Formación Profesional y en el Centro de Innovación para la Formación profesional de Aragón (CIFPA).

Cuarto.- Talleres "Emprender en la Escuela".

Los talleres emprendedores versarán sobre materias y capacidades de desarrollo de iniciativas empresariales, ayudarán a elaborar un proyecto de empresa viable desde la perspectiva comercial y económico-financiera y potenciarán las habilidades sociales, de comunicación, la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor.

El Instituto Aragonés de Fomento publicará en su página web: www.emprenderenaragon.es, la oferta de Talleres correspondientes al curso académico 2019-2020, para que los centros docentes soliciten desde el día siguiente de su publicación en la web, hasta el plazo que se indique en la misma, el desarrollo de dos talleres por cada modalidad educativa, dirigidos para grupos de estudiantes, de mínimo 10 personas de Formación Profesional, Bachillerato o tercero y cuarto de Educación Secundaria. Con carácter adicional, dentro de esta oferta se incluirán sesiones especializadas en aspectos financieros que serán impartidas por la Consejería de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, a través de sus instrumentos de apoyo a emprendedores.

Los talleres tendrán una duración aproximada dos horas, desarrollándose en la fecha y horario que se acuerde con cada centro, de conformidad a las preferencias de la solicitud telemática presentada.

La adjudicación de la realización de los Talleres en cada centro docente se producirá en Orden a su fecha de solicitud en la web emprenderenaragon.es, priorizándose aquellos talleres que indiquen como fecha de realización el periodo comprendido entre el inicio del curso escolar y el día 5 de diciembre de 2019. De cualquier modo, la adjudicación de talleres se realizará durante todo el curso escolar con cargo al presupuesto de gasto correspondiente

En el supuesto de que el Taller elegido por el centro no estuviera disponible y no se pudiese desarrollar, se les informará de la oferta disponible para que seleccionen otro distinto.

Una vez comprometido el 70% del presupuesto dedicado a la impartición de talleres, tendrán prioridad los centros que en las dos últimas ediciones del Premio Emprender en la Escuela hayan presentado proyecto.

El profesor solicitante deberá acompañar, en todo momento, al formador que imparte el taller durante la duración del mismo.

Quinto.- Premios "Emprender en la Escuela".

1. Requisitos de la convocatoria.

De entre todos los proyectos empresariales realizados por el alumnado de un centro, el equipo docente podrá presentar candidatura a los premios en un único proyecto por cada una de las categorías. Cada proyecto se presentará por un equipo promotor formado por un máximo de tres estudiantes.

El Director del centro docente, previa aprobación del Consejo Escolar o Social del mismo, presentará la solicitud de participación en los Premios Emprender en la Escuela, según modelo establecido en el anexo I, acompañada de los proyectos de empresa que se presenten.

El alumnado participante deberá estar cursando Formación Profesional, Bachillerato, tercero o cuarto de Educación Secundaria Obligatoria durante el curso académico 2019/2020.

El docente responsable de cada proyecto presentado, acompañará a los estudiantes participantes en la defensa del proyecto ante la Comisión de Valoración en las fechas y horario que se determine por la organización, así como en la ceremonia de entrega de los Premios Emprender en la Escuela.

2. Solicitud y plazo de presentación de los proyectos empresariales.

Los centros docentes públicos y privados concertados interesados en participar en estos Premios deberán solicitarlo a la Dirección General de Innovación y Formación Profesional cumplimentando el anexo II.

Las solicitudes se presentarán en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza (Avda. Juan Pablo II, 20), en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Huesca (Plaza Cervantes, 1), en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Teruel (c/ San Vicente de Paúl, 3), en las restantes dependencias de Registro del Gobierno de Aragón. Así mismo se podrá presentar la solicitud conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.

La presentación de los proyectos de empresa participantes se remitirá en formato digital a la dirección de correo electrónico serviciofp@aragon.es. Cada uno de los proyectos en formato digital también llevarán adjuntos las solicitudes indicadas en el punto b.

El plazo de presentación de la documentación original del proyecto de empresa, acompañado del anexo II, según la modalidad educativa, finalizará el 7 de mayo de 2020.

La presentación de la solicitud de participación lleva consigo la aceptación, por parte de quienes las formulen, de los términos de la presente convocatoria.

3. Categorías.

Se establecen cinco categorías:

Categoría A, a la mejor iniciativa emprendedora en tercero y cuarto de la Educación Secundaria Obligatoria.

Categoría B, a la mejor iniciativa emprendedora en Bachillerato.

Categoría C, a la mejor iniciativa emprendedora en Formación Profesional de Grado Medio.

Categoría D, a la mejor iniciativa emprendedora en Formación Profesional de Grado Superior.

Categoría E, a la mejor elaboración de proyecto de empresa en Formación Profesional de Grado Superior.

En cada una de las cinco categorías se otorgará solo un premio ganador.

Se entregará diploma acreditativo de participación a los estudiantes que intervengan en la defensa del proyecto ante la Comisión de Valoración.

4. Valoración de proyectos.

Los proyectos presentados serán estudiados por una Comisión de Valoración constituida por representantes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte y del Instituto Aragonés de Fomento, quien determinará aquellos que pasarán a la fase final, que serán convocados para realizar la defensa de los mismos. La exposición de cada proyecto tendrá una duración máxima de 10 minutos.

La Comisión de Valoración tendrá en cuenta los siguientes aspectos:

Originalidad y creatividad en la concepción y desarrollo del proyecto (hasta 10 puntos).

Detección de nuevas oportunidades de negocio, carácter dinamizador de sectores estratégicos, impulso al desarrollo social y económico de territorios de Aragón y mejora de la calidad de vida de la comunidad (hasta 10 puntos).

Innovación tecnológica en productos, servicios y procesos (hasta 10 puntos).

Calidad técnica de los proyectos, con una planificación completa de la creación de la microempresa y cuidada presentación material (hasta 10 puntos).

Se valorará especialmente la viabilidad técnica, comercial y económico-financiera (hasta 30 puntos).

La composición multidisciplinar del equipo promotor (hasta 10 puntos).

Preparación innovadora de la defensa ante la Comisión de Valoración (hasta 10 puntos).

Habilidades y competencias emprendedoras del equipo promotor y voluntad manifiesta de la puesta en marcha real a corto-medio plazo (hasta 10 puntos).

Introducción de valores de responsabilidad social. medioambiental y/o de igualdad de género en el proyecto (hasta 10 puntos).

5. Resolución del proceso.

El Director General de Innovación y Formación Profesional, resolverá la concesión de los premios, que contendrá la relación de proyectos empresariales ganadores y centros a los que pertenecen.

La Resolución del premio se comunicará a los interesados en un acto público convocado al efecto durante los meses de mayo y junio del 2020.

6. Proyectos empresariales ganadores.

Los proyectos ganadores, que se deseen poner en funcionamiento, podrán beneficiarse del conjunto de actuaciones y servicios del Programa "Emprender en Aragón" del Instituto Aragonés de Fomento.

El Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, a través de sus instrumentos de apoyo a las personas emprendedoras, prestará, sin cargo para los interesados y durante un año, asesoramiento relativo al planteamiento y gestión de la financiación necesaria para la puesta en marcha del proyecto.

7. Reconocimiento del profesorado.

La Dirección General de Innovación y Formación Profesional emitirá certificación con el reconocimiento de 20 horas de formación al profesorado responsable de los proyectos empresariales presentados, a efectos de lo dispuesto en la legislación vigente. Este reconocimiento será por la labor de coordinación realizada a lo largo de todo el curso escolar para desarrollar y presentar el proyecto empresarial a los citados premios. Para ello los Directores de los centros educativos presentarán el modelo de anexo IV, en el que conste el listado del profesorado participante y lo dirigirá al titular del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte correspondiente, antes del 30 de junio de 2020.

Sexto.- Formación del profesorado.

1. El Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, junto con el Instituto Aragonés de Fomento diseñarán una oferta formativa específica dirigida al profesorado de la Comunidad Autónoma. Se programarán distintas actividades formativas que permitan al profesorado configurar un itinerario formativo específico en educación emprendedora, se ofertará especialmente, formación sobre aspectos financieros, de las que se informará oportunamente en la plataforma de formación del profesorado.

2. Los objetivos de dichas acciones formativas serán:

Facilitar la formación del profesorado en técnicas y herramientas sobre innovación, creatividad y emprendimiento para aplicarlas en el aula, así como formación en aspectos financieros, de márketing y comercialización, para generar proyectos emprendedores viables con los alumnos de las distintas etapas educativas.

Contribuir a la formación del profesorado que imparte áreas, materias y módulos profesionales relacionados con el emprendimiento en las distintas etapas educativas, en metodologías activas basadas en proyectos para contribuir a su actualización y renovación pedagógica.

Divulgar la práctica y desarrollo de proyectos emprendedores, sociales, culturales y empresariales en la comunidad educativa.

3. Destinatarios:

Profesorado que imparte áreas, materias y/o módulos de emprendimiento, en las distintas etapas educativas (ESO, Bachillerato y Formación Profesional), así como profesorado con interés en formarse en emprendimiento y creatividad.

Séptimo.- Viveros emprendedores en centros docentes públicos de Formación Profesional y en el CIFPA.

En cooperación con el Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, a través del Instituto Aragonés de Fomento y otros organismos competentes, se realizarán acciones formativas y de asesoramiento especializado para la puesta en marcha de microempresas que posibilite su alojamiento en los viveros emprendedores, así como un seguimiento continuado de las ya instaladas en la actualidad.

Octavo.- Términos genéricos.

Las menciones genéricas en masculino que aparecen en el articulado de la presente Resolución se entenderán referidas también a su correspondiente femenino.

Noveno.- Régimen de recursos.

1. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

2. De acuerdo con la normativa citada, los centros docentes públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse a la Orden que resuelva mediante escrito motivado, indicado las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 9 de septiembre de 2019.

El Director General de Innovación y Formación Profesional,

ANTONIO MARTÍNEZ RAMOS