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RESOLUCIÓN de 5 de octubre de 2020, del Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de Huesca, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de profesional habilitado en la especialidad de instalaciones de suministro de agua.

Publicado el 16/10/2020 (Nº 207)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial, aprobado mediante Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón, se convocan pruebas para la obtención del certificado de profesional habilitado en la especialidad de Instalaciones de suministro de agua con sujeción a las siguientes bases:

1. Solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse en los quince días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Para dicha solicitud se deberá utilizar el modelo E0107 (versión 1) según lo dispuesto en la Orden de 22 de marzo de 2013, por la que se modifican los anexos del Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial, aprobado mediante Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón. Dichos impresos en la versión actualizada estarán a disposición de los interesados en las dependencias de los Servicios Provinciales de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial y en la página web del Gobierno de Aragón (http://www.aragón.es) Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial y en el Servicio de Información y Documentación Administrativa sito en el Paseo María Agustín, número 36, Edificio Pignatelli, puerta 3.

Las solicitudes irán dirigidas al Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de Huesca, presentándose en el Registro de Entrada del citado Servicio Provincial en Plaza Cervantes, 1, planta baja, o en cualquiera de los registros o dependencias administrativas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A la solicitud de admisión a las pruebas para la obtención de certificados de profesionales habilitados se acompañará:

Fotocopia del DNI o documento identificativo oficial.

Certificado, en modelo normalizado según aplicación GEF (Gestión de Entidades de Formación), de haber superado un curso impartido por una entidad de formación habilitada en Aragón que figura en el punto 3 de la convocatoria.

Ejemplar para la Administración del modelo de autoliquidación que acredite el pago de los derechos de examen que figura en el punto 2.º de la convocatoria.

2. Derechos de examen.

Los derechos de examen se fijan en 30,65 euros, de acuerdo con la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018, "Boletín Oficial de Aragón", número 48, de 8 de marzo de 2018, que deberá realizarse mediante autoliquidación según Modelo 514, Tasa 14 Apartado 5, Orden de 7 de enero de 2015, del Departamento de Industria e Innovación, por el que se aprueba el Modelo 514, de autoliquidación de determinadas Tarifas de la Tasa 14, por servicios en materia de ordenación de actividades industriales, energéticas, metrológicas, mineras y comerciales, "Boletín Oficial de Aragón", número 12, de 20 de enero de 2015. Los interesados podrán obtener el correspondiente modelo en los Servicios Provinciales de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial o directamente a través del Portal de Aragón en la dirección www.aragón.es.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, únicamente procederá la devolución del importe de la tasa en los siguientes supuestos:

Cuando no se hubieran prestado, o se hubieran prestado de forma notoriamente deficiente, por causa imputable a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, los servicios y actuaciones administrativas relativos a la admisión o exclusión de los aspirantes en los correspondientes procesos selectivos.

Cuando se hubiera presentado la solicitud de admisión fuera del plazo previsto en esta convocatoria.

Cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución administrativa o sentencia judicial firmes.

3. Requisitos admisión al examen reglamentario.

Encontrarse en edad laboral antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Haber recibido y superado un curso impartido por una entidad de formación habilitada en Aragón, en la especialidad de instalaciones de suministro de agua, cuya duración y contenido se ajustarán a lo establecido en el apartado 2 anexo II del Decreto 116/2003, de 3 de junio, modificado por la Orden del Departamento de Industria e Innovación, de 22 de marzo de 2013 ("Boletín Oficial de Aragón", número 73, de 16 de abril de 2013).

4. Admisión y exclusión de candidatos al examen reglamentario.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes se comprobará por la Comisión provincial de evaluación el cumplimiento de los requisitos generales de los solicitantes al objeto de determinar su admisión o no al examen reglamentario.

Se expondrá la lista provisional de admitidos y excluidos al examen reglamentario en el tablón de anuncios del Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de Huesca, sito en Plaza Cervantes, 1, planta baja, y en la página web del Gobierno de Aragón, concediéndose un plazo de diez días hábiles para la subsanación de los defectos que hayan motivado la exclusión.

Analizadas las alegaciones presentadas a la lista provisional de admitidos y excluidos, se publicará, por el mismo procedimiento, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos señalando el lugar, fecha y hora para la realización del examen.

5. Contenido y desarrollo de los ejercicios.

En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los candidatos para que acrediten su identidad.

Los candidatos serán convocados en llamamiento único, y serán excluidos de las pruebas quienes no comparezcan, salvo casos discrecionalmente apreciados por la Comisión provincial de evaluación.

Las pruebas consistirán en la realización de dos ejercicios relacionados con la reglamentación correspondiente al certificado de profesional habilitado en la especialidad de Instalaciones de suministro de agua:

Teórico. Preguntas tipo "test".

Práctico. Incluye cálculos y operaciones correspondientes. Pudiendo ser preguntas tipo "test".

Para la realización del ejercicio práctico se podrán utilizar libros, textos documentos y medios técnicos para la realización de las citadas operaciones, aportados por los propios candidatos.

Ambos ejercicios estarán relacionados con temas referidos a la reglamentación vigente y relacionada con el certificado de profesional habilitado de la especialidad de Instalaciones de suministro de agua. Las pruebas podrán incluir preguntas teóricas y prácticas relacionadas con las normas UNE, EN, etc. citadas en la reglamentación de seguridad industrial. A continuación, se relaciona la citada reglamentación:

Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón.

Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología.

Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre de Metrología.

Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial.

Documento base en la Sección HS4 - Suministro de Agua, del documento básico DB-HS sobre Salubridad, del Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.

UNE 149201-2008 Abastecimiento de agua. Dimensionado de instalaciones de agua para consumo humano dentro de edificios.

Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establece los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.

Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

Orden de 27 de junio de 2008, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el procedimiento administrativo para la puesta en servicio de las instalaciones de suministro de agua.

6. Comisión provincial de evaluación.

Presidente:

Titular: D.ª Marta P. Rodríguez Vicente.

Suplente: D. Elena Climente Brun.

Vocales:

Titular: D. Roberto Borruel Nacenta.

Suplente: D. José Luis Ara Porté.

Titular: D. Miguel Sanclemente Cabrero.

Suplente: D.ª Marta Ciprian Garcés.

Titular: D.ª Inmaculada Fabana Romeo.

Suplente: D.ª Yolanda Latorre Lacoma.

Secretario (con voz, pero sin voto):

Titular: D. M.ª Angeles López Pascual.

Suplente: D.ª José Carlos Ciprian Bergua.

Los miembros de la Comisión provincial de evaluación deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a las pruebas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los candidatos podrán recusar a los miembros de la Comisión provincial de evaluación cuando entiendan que se dan dichas circunstancias, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la citada Ley.

El Presidente de la Comisión provincial de evaluación coordinará la realización de las pruebas y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad. El Secretario del Tribunal tendrá voz sin voto.

La Comisión provincial de evaluación resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo de las pruebas selectivas.

El procedimiento de actuación de la Comisión provincial de evaluación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 25 y siguientes del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

7. Resultados y notificaciones.

La valoración de los exámenes reglamentarios dará lugar a la calificación de "apto" o "no apto".

La Comisión provincial de evaluación hará público el resultado del examen en el tablón de anuncios del Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, así como en la página web del Gobierno de Aragón, lo que sustituirá a la notificación personal.

Las solicitudes de revisión de examen se realizarán en el plazo de tres días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la relación definitiva de aspirantes aptos y no aptos en el tablón de anuncios del Servicio Provincial.

Efectuadas las revisiones solicitadas y en el caso de que se produzcan variaciones en los aspirantes declarados aptos o no aptos, se publicarán dichas variaciones por el mismo procedimiento.

8. Emisión del certificado de profesional habilitado.

Quienes superen la prueba señalada en el punto 7 anterior, para la expedición del certificado de profesional habilitado deberán aportar:

Ejemplar para la Administración del modelo de autoliquidación que acredite el pago de la tasa por expedición de certificado de profesional habilitado modelo de autoliquidación 514, apartado 5, tarifa 48.1 que podrá obtenerse por los medios indicados en el punto 2.º de esta convocatoria.

Dicha documentación se acompañará del modelo E0101 (versión 7) disponible según lo indicado en el apartado 1 de la presente convocatoria.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, en el plazo de un mes contado desde su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, en relación con el artículo 4.1 a) del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos.

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria y de la actuación de la Comisión provincial de evaluación podrán ser impugnados, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante la interposición de recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la respectiva publicación o notificación.

Huesca, 5 de octubre de 2020.- La Directora del Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, Marta P. Rodríguez Vicente.