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RESOLUCIÓN de 26 de octubre de 2020, del Director del Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de Teruel, por la que se convoca examen para la obtención del certificado de profesional habilitado en la especialidad de Instalaciones Térmicas en Edificios.

Publicado el 11/11/2020 (Nº 224)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial, aprobado mediante Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón, se convoca examen para la obtención del certificado de profesional habilitado en la especialidad de Instalaciones Térmicas en Edificios, con sujeción a las siguientes bases:

1. Solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de quince días hábiles desde la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Para dicha solicitud se deberá utilizar el modelo E0107 (versión 1) según lo dispuesto en la Orden de 22 de marzo de 2013, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se aprueba el texto refundido de los anexos I, II, III, IV y V del Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial, aprobado mediante Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón.

Dichos impresos estarán a disposición de los interesados en las dependencias de los Servicios Provinciales de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial y en la página web del Gobierno de Aragón, https://www.aragon.es/-/seguridad-industrial-profesionales-habilitados

Las solicitudes irán dirigidas al Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de Teruel, pudiéndose presentar en el Registro de dicho Servicio Provincial, en Calle San Francisco, número 1, de Teruel, planta baja, o en cualquiera de los previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A la solicitud de admisión al examen para la obtención de certificado de profesional habilitado se acompañará:

Fotocopia del DNI o documento identificativo oficial.

Ejemplar para la Administración del modelo de autoliquidación que acredite el pago de los derechos de examen según lo establecido en el punto 2.º de la convocatoria.

Documentación acreditativa de disponer de conocimientos teóricos y prácticos en la materia específica de la actividad profesional de profesional habilitado en la especialidad de Instalaciones Térmicas en Edificios de acuerdo a lo establecido en el anexo II del Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón. Dicha documentación se utilizará para la evaluación del cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 3.º de la presente convocatoria.

2. Derechos de examen.

Los derechos de examen se fijan en 30,65 euros, de acuerdo con lo establecido en la Ley 14/2014, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, modificada por la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018, que deberá realizarse mediante autoliquidación según Modelo 514, Tasa 14, apartado 5, Orden de 7 de enero de 2015, del Departamento de Industria e Innovación, por el que se aprueba el Modelo 514, de autoliquidación de determinadas Tarifas de la Tasa 14, por servicios en materia de ordenación de actividades industriales, energéticas, metrológicas, mineras y comerciales. Los interesados podrán obtener el correspondiente modelo en los Servicios Provinciales o directamente a través del Portal Web del Gobierno de Aragón en la misma página web indicada en el punto uno (tarifa 49).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, únicamente procederá la devolución del importe de la tasa en los siguientes supuestos:

Cuando no se hubieran prestado, o se hubieran prestado de forma notoriamente deficiente, por causa imputable a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, los servicios y actuaciones administrativas relativos a la admisión o exclusión de los aspirantes en los correspondientes procesos selectivos.

Cuando se hubiera presentado la solicitud de admisión fuera del plazo previsto en esta convocatoria.

Cuando los ingresos se declaren indebidos por Resolución administrativa o sentencia judicial firmes.

3. Requisitos admisión al examen reglamentario:

Ser mayor de edad antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Haber recibido y superado un curso teórico y práctico de conocimientos básicos y sobre conocimientos específicos, impartidos por una Entidad de Formación habilitada en Aragón, en la especialidad de Instalaciones Térmicas en Edificios, con la duración y el contenido indicados en el apéndice 3, del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), aprobado por el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio ("Boletín Oficial del Estado", número 207, de 29 de agosto de 2007).

Acreditar una experiencia laboral como técnico de, al menos, tres años en una empresa instaladora o mantenedora de esta especialidad, por medio de un certificado de empresa, o por medio de un contrato de trabajo y nóminas, donde se indique la actividad que se ha realizado.

4. Admisión y exclusión de candidatos al examen reglamentario.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión provincial de evaluación comprobará el cumplimiento de los requisitos generales de los solicitantes al objeto de determinar su admisión o no al examen reglamentario.

Se expondrá la lista provisional de admitidos y excluidos al examen reglamentario en el tablón de anuncios del Servicio Provincial de Teruel, sito c/ San Francisco, número 1, planta baja, y en la página web del Gobierno de Aragón, concediéndose un plazo de diez días hábiles para la subsanación de los defectos que hayan motivado la exclusión.

Analizadas las alegaciones presentadas a la lista provisional de admitidos y excluidos, se publicará, por el mismo procedimiento, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos señalando el lugar, fecha y hora para la realización del examen.

5. Contenido y desarrollo del examen.

En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los candidatos para que acrediten su identidad.

Los candidatos serán convocados en llamamiento único, y serán excluidos de la prueba quienes no comparezcan, salvo casos discrecionalmente apreciados por la Comisión Provincial de evaluación.

La prueba consistirá en la realización de un ejercicio tipo test, teórico y práctico, sobre los contenidos indicados en el apéndice 3, "Conocimientos de instalaciones térmicas en edificios", del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), según su redacción vigente a fecha de la convocatoria.

No podrá disponerse de ningún tipo de documento para la realización del ejercicio, todos los datos e información necesarios se facilitarán junto con el enunciado del examen. Sí podrá disponerse de una calculadora básica (que no permita almacenar información) para la realización de los cálculos.

6. Comisión Provincial de evaluación.

Presidente:

Titular: D. Ángel Lagunas Marqués.

Suplente: Dña. María Cruz Giménez Montejo.

Vocales:

Titular: D. Juan Francisco Mendoza Lobarte.

Suplente: D. Sergio Nuez Fleta.

Titular: D. David Peleato Gistau.

Suplente: D. Abel Zapater Palomo.

Titular: D. Blas Pérez Daudén.

Suplente: D. Mario Arto Merino.

Secretaria:

Titular: Dña. María Pilar Añón Gil

Suplente: D. Francisco Navarro Muñiz.

Los miembros de la Comisión Provincial de evaluación deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes para los exámenes en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Así mismo los candidatos podrán recusar a los miembros de la Comisión Provincial de evaluación, si consideran que se dan las circunstancias para ello, según lo establecido en el artículo 24 de la citada ley.

El Presidente de la Comisión Provincial de evaluación coordinará la realización de los exámenes y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad. El Secretario del Tribunal tendrá voz sin voto.

La Comisión Provincial de evaluación resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo del proceso selectivo.

El procedimiento de actuación de la Comisión Provincial de evaluación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en los artículos 25 y siguientes del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

7. Resultados.

La valoración de los ejercicios dará lugar a la calificación de "apto" o "no apto".

La Comisión Provincial de evaluación hará público el resultado de la prueba en el tablón de anuncios del Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de Teruel, sito en c/ San Francisco, número 1, planta baja, así como en la página web del Gobierno de Aragón, lo que sustituirá a la notificación personal.

Las solicitudes de revisión de examen se realizarán en el plazo de tres días hábiles desde el siguiente a la publicación de la relación de aspirantes aptos y no aptos en el tablón de anuncios del Servicio Provincial.

Efectuadas las revisiones solicitadas y en el caso de que se produzcan variaciones en los aspirantes declarados aptos o no aptos, se publicarán dichas variaciones por el mismo procedimiento.

8. Emisión del certificado de profesional habilitado.

Quienes superen el examen señalado en el punto 7 anterior, podrán solicitar la expedición del certificado de profesional habilitado en la categoría correspondiente debiendo aportar:

Modelo E0101 (versión 7) debidamente cumplimentado, dicho modelo puede obtenerse por las vías indicadas en el punto uno.

Ejemplar para la Administración del modelo de autoliquidación que acredite el pago de la tasa por expedición de certificado de profesional habilitado modelo de autoliquidación 514, apartado 5 tarifa 48.1, que puede obtenerse por las vías indicadas en el punto uno.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Industria, competitividad y Desarrollo Empresarial, en el plazo de un mes desde su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria y de la actuación de la Comisión provincial de evaluación podrán ser impugnados si se hallan entre los supuestos tipificados en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante la interposición de recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la respectiva publicación o notificación.

Teruel, 26 de octubre de 2020.

El Director del Servicio Provincial

Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial,

ÁNGEL LAGUNAS MARQUÉS