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RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2018, de la Directora del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Huesca, por la que se autoriza y aprueba el proyecto de red de distribución de gas natural para suministros industriales en camino de la Torreta en Binéfar (Huesca). Expediente C-15/18.

Publicado el 29/01/2019 (Nº 19)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Antecedentes de hecho

Primero.- El 20 de marzo de 2018, Redexis Gas, S.A. y en su nombre y representación, D. Fernando Salvador Belenguer, presenta ante este Servicio Provincial solicitud de autorización administrativa y de aprobación de proyecto denominado "Proyecto de red de distribución de gas natural para suministros industriales en camino de la Torreta en Binéfar (Huesca)", para el suministro de Gas Natural a las industrias situadas en las inmediaciones de camino la Torreta de Binéfar, incluida una industria de procesamiento de carne. El proyecto presentado está suscrito por don David Gavín Asso, colegiado 2207, visado número VD0835-18A en fecha 16 de marzo de 2018 por el Colegio de Ingenieros Industriales de Aragón y La Rioja.

Segundo.- El proyecto se sometió a información pública de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de los hidrocarburos y del artículo 78 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural. Se publican anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca el 17 de mayo de 2018, en el "Boletín Oficial de Aragón", número 102, de 29 de mayo de 2018, en el Diario del Alto Aragón 8 de agosto de 2018 y en el Heraldo de Aragón el 8 de agosto de 2018. No se reciben alegaciones de particulares en este trámite.

El proyecto se trasladó a otras administraciones públicas, organismos o empresas de servicio público, o de servicios de interés general según lo establecido en los artículos 80 y 84 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural. En lo referente a este trámite entre otros se recibe informe de la Confederación Hidrográfica del Ebro en el que no autoriza ni los cruces ni la instalación por el camino de servicio del colector de Faleva.

Tercero.- El 6 de septiembre de 2018, Redexis Gas, S.A., motivado por la denegación por parte de la Confederación Hidrográfica del Ebro de la autorización para realizar los cruces y afecciones al colector de Faleva, presenta ante este Servicio Provincial un reformado junto con la solicitud de autorización de proyecto denominado "Reformado al Proyecto de red de distribución de gas natural para suministros industriales en camino de la Torreta en Binéfar (Huesca)", suscrito por Don David Gavín Asso, colegiado 2207, visado número VD02756-18A con fecha 27 de agosto de 2018 por el Colegio de Ingenieros Industriales de Aragón y La Rioja.

Cuarto.- El reformado al proyecto, según lo establecido en el artículo 84 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, se remite a los organismos afectados emitiendo informe favorable el Ayuntamiento de Binéfar, Endesa Distribución Eléctrica, la comunidad de regantes de San Esteban de Litera, la Subdirección Provincia de Carreteras, y el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (vías Pecuarias). La Confederación Hidrográfica del Ebro autorizó el cruce al colector de Faleva planteado en el reformado al proyecto con fecha 3 de diciembre de 2018. Emitieron informe condicionado que fue aceptado por Redexis Gas el Grupo de Electrificación Rural de Binéfar, la comunidad de regantes de La Cova y la comunidad de regantes de Binéfar.

Fundamentos jurídicos

Primero.- El Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca es competente para resolver la presente autorización, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, los Reales Decretos 2596/1982, de 24 de julio, 539/1984, de 8 de febrero y 570/1995, de 7 de abril, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía Industria y Empleo y el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos.

Segundo.- La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos regula, en su Título IV capítulo V, la distribución de combustibles gaseosos por canalización; en concreto, el artículo 73 establece el requisito de autorización administrativa previa para la construcción, modificación, explotación y cierre de las instalaciones de distribución de gas natural, con independencia de su destino o uso.

Tercero.- El Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, establece el régimen jurídico aplicable a las actividades de gas natural para suministro por canalización, así como el régimen de autorización correspondiente a todas las instalaciones vinculadas a las actividades de gas. El artículo 70 prescribe que la construcción, ampliación, modificación y explotación de todas las instalaciones gasistas a las que se refiere el artículo 67.1 requiere Resolución administrativa para la aprobación del proyecto de detalle o proyecto de ejecución de las instalaciones. Dicha Resolución administrativa permite a su titular realizar la construcción o establecimiento de las mismas. El artículo 75 determina que las autorizaciones a las que se refiere el Título IV serán otorgadas sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Cuarto.- El Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos establece, en el apartado 2 de la ITC-ICG01 (Instalaciones de distribución de combustibles gaseosos por canalización) que las instalaciones de distribución de combustibles gaseosos por canalización requieren autorización administrativa previa.

Considerando que se han cumplido los trámites establecidos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorizaciones de gas natural y en el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos, este Servicio Provincial ha resuelto lo siguiente:

Otorgar a Redexis Gas, S.A, autorización administrativa y aprobación del proyecto denominado "Reformado al Proyecto de red de distribución de gas natural para suministros industriales en camino de la Torreta en Binéfar (Huesca), suscrito por Don David Gavín Asso, colegiado 2207, visado número VD02756-18A con fecha 27 de agosto de 2018 por el Colegio de Ingenieros Industriales de Aragón y La Rioja. Expediente: C-15/18.

El proyecto consiste básicamente en:

- Instalación en caseta prefabricada de una ERM 16/10 bar en Camino Los Olmos (Binéfar). Dispondrá de un contador G400 y constituida por dos líneas de 7.040 Nm³/h cada una, una de ellas de reserva.

- Red de distribución MOP 16 enterrada, de longitud 40m y tubería de acero de 4", que unirá la canalización existente MOP 16 propiedad de Redexis Gas, S.A. con la ERM 16/10 a instalar descrita anteriormente.

- Red de distribución MOP 10 enterrada, de longitud aproximada 5.314 m, de los cuales, 5.294m se instalarán en tubería PE100 SDR11 DN160 y 20m en tubería PE100 SDR11 DN110 para realizar dos derivaciones. Origen en la ERM 16/10 bar y final en válvula acometida DN 4" en el Camino La Torreta para dar suministro a una industria de procesamiento de carne.

En cumplimiento del artículo 67.3 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos y del artículo 82 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, se establece como garantía de cumplimiento de obligaciones la cantidad de 7.580,39 euros, correspondientes al 2 por ciento del presupuesto del proyecto, que Redexis Gas, S.A. deberá constituir, en el plazo de un mes a partir del otorgamiento de la presente autorización, por medio de un depósito en la Caja General de Depósitos de la Diputación General de Aragón, a favor de este Servicio Provincial, donde se remitirá, además, un ejemplar del documento justificativo de ingreso en el plazo de un mes a partir del otorgamiento de la presente autorización.

La presente autorización se entenderá otorgada con las siguientes condiciones:

1. En todo momento se deberá cumplir cuanto se establece en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio por el que se aprueba el reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11, y en las normas o reglamentos técnicos de seguridad que le afecten.

2. Redexis Gas, S.A. deberá cumplir el condicionado impuesto por las administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas con bienes y derechos a su cargo, de acuerdo al artículo 84 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

3. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

4. La instalación no podrá ser utilizada para otros usos distintos de los que constan en el objeto del proyecto, salvo solicitud previa y autorización expresa.

5. Una vez terminada la instalación, se realizará su puesta en servicio según lo establecido en el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, y se efectuará la comunicación a este Servicio Provincial aportando la preceptiva documentación. Para ello, se presentarán copias de las actas de los ensayos y pruebas realizados, así como los correspondientes certificados finales de dirección de obra, firmados por técnico competente y visados por el Colegio Oficial correspondiente, en los que conste que la construcción y montaje de las instalaciones se han efectuado de acuerdo con las normas del proyecto y demás normas técnicas vigentes que sean de aplicación.

6. El plazo para la puesta en marcha de la instalación será de 2 años, contados a partir del día siguiente de notificación a Redexis Gas, S.A, pudiendo prorrogarse dicho plazo previa justificación.

7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos la Administración, previa apertura del oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

8. Durante la ejecución de la obra se adoptarán las medidas oportunas, al objeto de minorar las afecciones causadas por el trazado y atender, en la medida que sea técnicamente posible, las alegaciones realizadas por los titulares de los derechos y bienes afectados.

9. Redexis Gas, S.A, previo al inicio de trabajos, dispondrá las autorizaciones de cruce o paso ante los organismos o empresas titulares de líneas eléctricas, carreteras y cursos de agua, así como de los derechos de paso y servidumbres necesarias, entendiéndose que la presente autorización lo es sin perjuicio de tercero, y no excluye la necesidad de obtener las demás autorizaciones, permisos o concesiones que por razón de la materia le sean de aplicación.

10. La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otras, necesarias para la realización de las instalaciones.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes contado desde su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 4.1. b) del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos de la misma.

Huesca, 4 de diciembre de 2018.- La Directora del Servicio Provincial, Marta P. Rodríguez Vicente.