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ANUNCIO del Servicio Provincial de Economía y Empleo de Zaragoza, del depósito del acta de constitución y estatutos de la Asociación para el Desarrollo de Empresas de Limpieza y Servicios (ARADELS).

Publicado el 21/09/2015 (Nº 183)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, que regula el depósito de los estatutos de las asociaciones profesionales a que se refiere el artículo 1 de la Ley 19/1977, de 1 de abril, por la que se regula el derecho de asociación sindical, y a los efectos previstos en la misma, se hace público que a las nueve horas del día 31 de julio de 2015 tuvo entrada en la Subdirección Provincial de Trabajo de Zaragoza, acta de constitución y estatutos, de fecha 30 de septiembre de 2014, de la denominada la Asociación para el Desarrollo de Empresas de Limpieza y Servicios (ARADELS), cuyo ámbito territorial abarcará la provincia de Zaragoza y con ámbito funcional de empresarios de limpieza y servicios.

El acta la suscriben:

- D. Félix Subías Marcuello, en representación de la empresa Efiser General de Servicios, S.L.

- D. Mariano Cecilio Villar, en representación de la empresa Elym Mantenimientos y Servicios, S.L.

- D.ª Victoria Gil Bordonada, en representación de la empresa Abangil, S.L.

- D. Jesús Sánchez Cámara, en representación de la empresa Jas 10 Multiservicios, S.L.

- D.ª María Pilar Ramón Ripol.

Conforme a los artículos 4 y 5 del ya citado Real Decreto 873/1977, los interesados podrán alegar por escrito lo que estimen procedente dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación del presente anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", que será expuesto en el tablón de anuncios de la Subdirección Provincial de Trabajo, pudiendo examinar los estatutos depositados, e interesar certificación de los extremos que consten en el expediente, en la oficina sita en Fernando El Católico, 63-65 de Zaragoza. Asimismo, quien acredite interés directo, personal y legítimo podrá formular demanda sobre impugnación de los estatutos ante la Jurisdicción Social, según lo establecido en el apartado l) del artículo 2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, por medio del proceso regulado en los artículos 173 y siguientes de la misma, de acuerdo con lo establecido en su artículo 176, interesando la declaración judicial de disconformidad a Derecho de los estatutos depositados.

Zaragoza, 18 de agosto de 2015.- La Directora del Servicio Provincial, María Pilar Salas Gracia.