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ORDEN PRE/1042/2016, de 22 de agosto, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Consorcio "Observatorio de Derecho Público IDP Barcelona", para participar en la gestión de los actos derivados la celebración del Foro de las Autonomías del año 2016 y en la elaboración del informe de Comunidades Autónomas.

Publicado el 09/09/2016 (Nº 175)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2016/4/0032 el convenio suscrito, con fecha 13 de julio de 2016, por el Consejero de Presidencia del Gobierno de Aragón y el Director del Consorcio "Observatorio de Derecho Público IDP Barcelona", y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 22 de agosto de 2016.

El Consejero de Presidencia, P.S. (Decreto de 5 de julio de 2016, del Presidente del Gobierno de Aragón), el Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda,

JOSÉ LUIS SORO DOMINGO

ORACIÓN ENTRE GOBIERNO DE ARAGÓN Y EL CONSORCIO "OBSERVATORIO DE DERECHO PÚBLICO IDP BARCELONA", PARA PARTICIPAR EN LA GESTIÓN DE LOS ACTOS DERIVADOS LA CELEBRACIÓN DEL FORO DE LAS AUTONOMÍAS DEL AÑO 2016 Y EN LA ELABORACIÓN DEL INFORME DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS

En Zaragoza, a 13 de julio de 2016.

De una parte, D. Vicente Guillén Izquierdo, Consejero del Departamento de Presidencia del Gobierno de Aragón, en virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, conforme al Acuerdo de este órgano de fecha 12 de julio de 2016.

Y de otra, D. Eliseo Aja Fernández, actuando como Director del Consorcio "Observatorio de Derecho Público IDP Barcelona", con CIF: G66176231, según nombramiento de la Junta Rectora del Consorcio, de 22 de junio de 2016, y de acuerdo con el artículo 13.2 de los estatutos reguladores del Consorcio.

Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica y de obrar para obligarse mediante el presente convenio de colaboración, y a tal efecto

I. El Departamento de Presidencia, y en particular la Dirección General de Relaciones Institucionales y Desarrollo Estatutario, tiene atribuidas mediante el Decreto 307/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del departamento, entre otras, las competencias de impulso, análisis y coordinación de la política de desarrollo estatutario, así como la coordinación y seguimiento de los proyectos normativos y acuerdos que deban aprobarse para la efectividad de las previsiones del Estatuto de Autonomía de Aragón y su divulgación mediante la edición de publicaciones, la organización de jornadas, seminarios y otras formas de difusión.

II. El "Observatorio de Derecho Público IDP Barcelona", consorcio de derecho público, en el marco de su actividad de investigación académica del derecho público, se constituye como centro universitario de análisis e investigación especializado en diferentes ámbitos del derecho público. Actualmente, se encuentra reconocido como centro especial de investigación de la Universidad de Barcelona, y cuenta con un grupo de profesores universitarios especializados en distintas ramas del derecho público, en particular el Derecho Constitucional, dentro del que ocupa un papel destacado los estudios relacionados con el ámbito de la organización territorial del estado español. Así, dentro de sus líneas de actuación cabe destacar el seguimiento y análisis de las novedades normativas y jurisprudenciales relativas al Estado autonómico español a través de la organización del Foro de las Autonomías, destinado a promover el diálogo académico y político entorno al desarrollo del Estado autonómico español, así como de la elaboración posterior del informe de Comunidades Autónomas, que recoge la valoración y conclusiones del año autonómico inmediatamente anterior, informes normativos y jurisprudenciales, así como estudios monográficos sobre cuestiones de interés.

III. Los objetivos de la jornada y de la publicación convergen entre ambas partes en lo referente al análisis, investigación y promoción del modelo territorial autonómico, por lo que se estima de utilidad para fines institucionales continuar participando en la financiación y organización de dichos proyectos, tal y como se viene haciendo desde el año 2007, y que justifica la necesidad de suscribir el presente convenio entre el Gobierno de Aragón y el Consorcio "Observatorio de Derecho Público IDP de Barcelona".

Por todo ello, las partes

Suscribir el presente convenio de colaboración, de acuerdo a lo establecido en los artículos 6 y 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en base a las siguientes

Primera.- Objeto y contenido.

El presente convenio de colaboración tiene por objeto participar en la gestión de los actos derivados de la celebración del Foro de las Autonomías y participar en la elaboración del informe de Comunidades Autónomas. Ambos proyectos tienen por objetivo promover el debate y la discusión de alto nivel entre el mundo académico y el político-institucional en relación al desarrollo actual del Estado Autonómico en España.

Para ello se prevé:

a) La organización del Foro de las Autonomías.

Organización de unas jornadas de un día, divididas en tres mesas de debate sucesivas, a partir de una conferencia-marco inicial. Se prevé la participación en las mismas de destacados académicos y responsables políticos de los gobiernos, estatal y autonómicos, y con responsabilidades de dirección en los partidos políticos y grupos parlamentarios.

El objetivo último del foro es fortalecer el debate académico-político en torno al Estado autonómico, en un doble sentido: desde el ámbito académico, ofreciendo análisis y propuestas, y desde el ámbito político, planteando los problemas y retos más urgentes, de manera que se pueda orientar la investigación y el análisis hacia estos temas. Se prestará especial atención, en cuanto al contenido se refiere, a los temas tratados en los estudios monográficos.

b) La elaboración del informe de Comunidades Autónomas.

El contenido del informe versará sobre los siguientes bloques de materias:

- Valoración general del sistema autonómico, destacando, las novedades más significativas de la actividad institucional, política, normativa y jurisprudencial, así como las relaciones de colaboración, presupuestos, incidencia europea y actividad del Senado del año correspondiente (inmediatamente anterior al actual).

- Elaboración de dos estudios monográficos acordados por la dirección del informe de Comunidades Autónomas y los representantes de las Comunidades Autónomas que colaboran en su elaboración, donde se profundice en temas que afectan al desarrollo del Estado de las Autonomías.

- Elaboración de informes (7-10 páginas), relativos a la actividad normativa y jurisprudencial de las diferentes Comunidades Autónomas.

Segunda.- Compromisos de las partes.

1. Compromisos del Consorcio "Observatorio de Derecho Público IDP Barcelona".

El Consorcio "Observatorio de Derecho Público IDP Barcelona" se encargará de la realización de los actos preparatorios, de la gestión y de la ejecución de las actividades derivadas de la celebración del Foro de las Autonomías, de la edición del informe de Comunidades Autónomas correspondiente y de la entrega de 25 ejemplares de dicha publicación.

2. Compromisos del Gobierno de Aragón.

El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Presidencia, asume el compromiso de participar en la celebración del Foro de las Autonomías, así como en la Comisión de seguimiento del informe de Comunidades Autónomas. A tal fin, el Departamento de Presidencia del Gobierno de Aragón designará un representante en la Comisión de seguimiento del convenio. Dicha comisión, formada por la dirección del informe de Comunidades Autónomas y representantes autonómicos, tiene el objeto de debatir y proponer temas de debate y estudio que tienen que conformar el informe y el Foro de las Autonomías.

Tercera.- Calendario del proyecto.

En la presente edición, el Foro de las Autonomías se ha celebrado, con fecha de 20 de abril de 2016, en el Palacio del Senado. Dicha jornada, ha sido organizada conjuntamente por el Instituto de Derecho Público de la Universidad de Barcelona, en colaboración con el Instituto de Derecho Parlamentario de la Universidad Complutense, y ha contado con la participación de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Islas Baleares y País Vasco.

Posteriormente, el informe de Comunidades Autónomas se editará durante el primer semestre del año en curso.

Cuarta.- Régimen jurídico del convenio.

Será de aplicación al presente convenio, lo establecido en los artículos 6 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, quedando excluido del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Quinta.- Pago.

El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Presidencia, aportará la cantidad de 4.235 €, IVA incluido, una vez se haya celebrado el Foro de las Autonomías y se haya hecho entrega de 25 ejemplares del informe de Comunidades Autónomas, correspondiente a 2015, a la Comunidad Autónoma de Aragón.

Dicha aportación económica, se efectuará con cargo presupuestario 10040G/1267/220003/91002, del Presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón correspondiente al ejercicio 2016.

Sexta.- Duración.

El presente convenio comenzará a producir efectos a partir de su firma hasta el 31 de diciembre de 2016 y podrá ser prorrogado anualmente con la firma de la adenda correspondiente, salvo denuncia de cualquiera de las dos partes. En todo caso, las prórrogas quedarán condicionadas a la existencia de crédito suficiente en el ejercicio económico correspondiente.

Asimismo, el presente convenio podrá resolverse por cualquiera de las causas previstas en el ordenamiento jurídico.

En prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por triplicado ejemplar, en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.