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RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2020, del Director General de Calidad y Seguridad Alimentaria, por la que se determinan los procedimientos para la solicitud, sorteo, concesión y modificación de la oferta pública de determinados permisos de caza en las reservas y cotos sociales de caza de Aragón para 2021.

Publicado el 11/11/2020 (Nº 224)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón, anualmente se redactan los planes anuales de aprovechamientos cinegéticos de las reservas de caza y cotos sociales de caza de Aragón para cada temporada cinegética.

La "Orden AGMA/538/2020, de 25 de junio, por la que se aprueba el Plan General de Caza de Aragón para la temporada 2020-2021" en su artículo 36. 2. señala que los planes anuales de aprovechamiento cinegético de las reservas de caza y de los cotos sociales se aprobarán por Resolución del director general con competencias en materia de caza. En estas resoluciones se establecen los cupos a abatir de las distintas especies que pueden ser objeto de caza en cada uno de los terrenos cinegéticos, así como, caso de ser necesario, el procedimiento para los sorteos para el reparto de los permisos disponibles. Para la caza de determinadas especies las solicitudes son mucho más numerosas que el cupo establecido por lo que es necesario proceder a establecer la metodología del sorteo que permita conceder tales permisos de forma aleatoria.

A lo largo de 2020 se han publicado las resoluciones por las que se aprobaban los planes anuales a de aprovechamientos cinegéticos de las reservas y cotos sociales de caza, entre otras, las siguientes:

Resolución de 10 de julio de 2020, del Director General de Calidad y Seguridad Alimentaria, por la que se aprueban los Planes Anuales de Aprovechamientos Cinegéticos de las Reservas de Caza de la Garcipollera (Huesca) y de los Montes Universales (Teruel) para la temporada de caza de 2020-2021

Resolución de 10 de julio de 2020, del Director General de Calidad y Seguridad Alimentaria, por la que se aprueban los Planes Anuales de Aprovechamientos Cinegéticos de los Cotos Sociales de Caza de Ainielle, Artaso y Sieso, Isín y Asún, Guarguera, Nueveciercos y Pardina de Fanlo (provincia de Huesca), Castelfrío y Mas de Tarín (provincia de Teruel), Alcañicejos-Las Hoyas (Tosos) y Rueita y los Landes (provincia de Zaragoza) para el otoño-invierno de la temporada de 2020-2021.

Resolución de 10 de julio de 2020, del Director General de Calidad y Seguridad Alimentaria, por la que se aprueba el Plan Anual de Aprovechamientos Cinegéticos de la Reserva de Caza de Masías de Ejulve-Maestrazgo (Teruel) para la temporada de caza de 2020-2021.

En las resoluciones anteriores se expresaba que la metodología de solicitud y sorteo de algunas de las modalidades de caza ofertadas en las mismas se aprobaría por Resolución posterior de la persona a cargo de la dirección general competente en materia de caza.

Artículo 1. Objeto.

El objeto de esta Resolución es establecer los procedimientos de solicitud, sorteo, concesión y cambio de los permisos correspondientes a la oferta pública de caza en las reservas de caza y cotos sociales de caza de Aragón para 2021 que aparecen en el anexo II.

Artículo 2. Tipos de permisos.

1. Se entiende por "Tipo de permiso" al permiso concreto que permite abatir una especie determinada mediante una modalidad concreta en una reserva o coto social específico.

2. Los "Tipos de permiso" que se sortearán son los siguientes:

"Ciervo macho trofeo a rececho".

"Ciervo macho selectivo a rececho".

"Ciervo hembra y gabato".

"Corzo macho trofeo a rececho".

"Corzo macho selectivo a rececho".

"Esperas al Jabalí y zorro".

Artículo 3. Oferta pública de permisos de caza.

1. Se entiende por "oferta pública de permisos de caza" al conjunto de permisos que se adjudicarán por sorteo en las reservas y cotos sociales gestionados por el Gobierno de Aragón. Esta oferta pública aragonesa de caza se plasma en una serie de "tipos de permisos" que están planificados en cada una de las reservas o cotos sociales de caza reservando en cada permiso un cupo determinado para cada categoría de cazadores: Locales, autonómicos y comunitarios.

2. En los dos sorteos amparados por esta Resolución, uno destinado a cazadores autonómicos y el otro a cazadores comunitarios, se sortearán los permisos de caza para 2021 que aparecen en el anexo II.

Artículo 4. Solicitudes.

1. Las solicitudes para participar en un sorteo de caza se presentarán de alguna de las dos formas siguientes:

Los sujetos previstos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas, (entidades, personas jurídicas...) deberán efectuar su solicitud desde la Sede Electrónica del Gobierno de Aragón

https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/participacion-sorteos-permisos-caza con su certificado electrónico o clave permanente. Si al presentar su solicitud por vía telemática les surge alguna dificultad técnica dirigirse a soportesae@aragon.es o llamando al teléfono 976 289414 (de 8:00 a 18:00 de lunes a jueves y de 8:00 a 16:00 los viernes) o a través del Formulario de consultas (http://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action).

Si el solicitante es una persona física, existen dos opciones de presentación:

1.º Telemática: podrán efectuar su solicitud desde la Sede Electrónica del Gobierno de Aragón https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/participacion-sorteos-permisos-caza con su certificado electrónico o clave permanente. Si al presentar su solicitud por vía telemática les surge alguna dificultad técnica dirigirse a soportesae@aragon.es o llamando al teléfono 976 289414 (de 8:00 a 18:00 de lunes a jueves y de 8:00 a 16:00 los viernes) o a través del Formulario de consultas (http://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action).

2.º Presencial: Procedimiento válido sólo para personas físicas. Hay dos posibilidades:

Cumplimentar la solicitud en la Sede electrónica indicada en la letra b) anterior, para ello no es necesario el uso de certificado electrónico, y una vez completada la solicitud, se imprimirá y presentará en papel en cualquier registro oficial de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Utilizar el anexo I de esta Resolución en formato papel y tras cumplimentarlo deberá presentarse en cualquier registro oficial de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

2. Cada solicitante podrá presentar una única solicitud por temporada cinegética para todo el conjunto de reservas y cotos sociales de caza. En el caso de recibirse más de una solicitud, se considerará como válida sólo la primera y el resto se anulará.

3. En la solicitud se indicarán, ordenados de mayor a menor preferencia, un máximo de diez de los permisos de caza que aparecen en el anexo II. Si así se desea, no será necesario rellenar la totalidad de las diez preferencias. En el anexo II se lista la oferta pública de permisos correspondientes a esta Resolución y se indica el cupo de permisos para cada categoría de cazador que se sortearán. El solicitante presentará sus preferencias ordenadas de la primera a la décima.

En el caso de que la solicitud sea presencial, es decir utilizando el modelo del anexo I, se deberá indicar junto a cada una de las preferencias el código correspondiente al tipo de permiso que se desea cazar. Los códigos de cada tipo de permiso aparecen en el anexo II.

En el caso de que la solicitud sea telemática no será necesario especificar los códigos de cada tipo de permiso ya que estos aparecerán automáticamente al ir solicitando cada uno de los diez permisos.

4. Las solicitudes se presentarán desde el día 16 de noviembre al 16 de diciembre de 2020, ambos días incluidos. Todas las solicitudes en papel se dirigirán al Servicio Provincial del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel tal y como aparece en el pie de página del anexo I.

5. Cada solicitante podrá resultar agraciado como máximo con un permiso de caza por temporada.

6. Si un agraciado renuncia a un permiso se efectuará rescate telefónico del siguiente no agraciado en la lista de solicitantes que hayan presentado y registrado su solicitud de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Aragón https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/participacion-sorteos-permisos-caza y que tuviera ese tipo de permiso incluido entre sus preferencias.

7. La persona agraciada con un permiso en el sorteo, da su conformidad a que se publique el número de su DNI o Pasaporte, con algunos de sus números ocultos, en la página web http://www.aragon.es/medioambiente/caza junto al permiso para el que ha resultado agraciada a los efectos de facilitar su propia consulta a través de Internet.

8. En el caso de las solicitudes que habiendo resultado agraciadas con un permiso en el sorteo estén incompletas o tengan algún dato erróneo se concederá al interesado un periodo de diez días naturales para la subsanación de las deficiencias. Si dichas deficiencias no fuesen subsanadas en el periodo indicado, el agraciado perderá todo derecho sobre el permiso de caza y se efectuará rescate telefónico del siguiente no agraciado en la lista de solicitantes que hayan presentado y registrado su solicitud de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Aragón https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/participacion-sorteos-permisos-caza y que tuviera ese tipo de permiso incluido entre sus preferencias.

Artículo 5. Sorteo de los permisos.

1. Se realizarán dos listados, uno de solicitantes autonómicos y otro de solicitantes comunitarios juntando en cada uno de ellos las solicitudes registradas telemáticamente y las registradas en formato papel. Las solicitudes de cada uno de los dos listados anteriores recibirán un número correlativo a partir del uno, comenzando por las solicitudes recibidas en papel y siguiendo por las solicitudes recibidas por medios telemáticos a través del sistema de tramitación telemática online reseñado en el artículo 4 1. a) y primer epígrafe del 4 1. b).

2. Los sorteos se realizarán en el Servicio Provincial del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel - c/ San Francisco, 27, 44001 Teruel, el 22 de enero de 2021 comenzando a las 11:00 horas.

3. A los sorteos, que serán públicos, se podrá asistir previa solicitud por correo electrónico cazaypescateruel@aragon.es. La asistencia será presencial o mediante videoconferencia. En caso de establecerse aforo máximo por cuestiones sanitarias se realizará un sorteo entre los que han solicitado asistir.

4. Metodología del sorteo:

Se efectuarán dos sorteos, el primero será el "Sorteo para Cazadores Autonómicos" (personas empadronadas en algún municipio Aragonés) y el segundo el "Sorteo para Cazadores Comunitarios" (personas que disponen de la nacionalidad de algún país de la Unión Europea y que no están empadronadas en un municipio aragonés).

Para cada sorteo se utilizará la función "Aleatorio" del programa Excel eligiendo un único número entre el "uno" y el número más alto asignado a las solicitudes correspondientes a cada uno de los dos sorteos.

Las solicitudes que vayan siendo elegidas y agraciadas con un permiso se retirarán de la lista y por tanto no participarán en nuevas asignaciones de permisos ni en los conteos posteriores.

Artículo 6. Adjudicación de los permisos a las solicitudes elegidas.

1. Orden a seguir, preferencias y disponibilidad de cupo:

El número resultante de cada sorteo (autonómico y comunitario) corresponderá al de la primera solicitud elegida a la que se concederá el permiso indicado como primera preferencia.

La segunda solicitud elegida será la que se encuentre diez posiciones más adelante de la primera y este proceso se irá repitiendo, de tal forma que, si la primera solicitud elegida fue el número 9.258, la segunda será el número 9.268, la tercera el número 9.278 y así sucesivamente.

Caso de llegar al final del listado sin que se hayan adjudicado la totalidad de los permisos de caza disponibles se continuará contando desde el inicio manteniendo el "salto" de diez puestos. Si el número total de solicitudes de la lista fuesen 10.000 y último número elegido en el primer conteo fuese el 9997 volveríamos a contar 10 posiciones y al llegar a 10.000 empezaríamos por el inicio de la lista de tal forma que el siguiente número elegido sería el número 7 de esa misma lista. Esta lista habrá variado con respecto al primer conteo debido a que de la misma se habrán retirado los números correspondientes a las solicitudes a las que se les haya concedido un permiso.

Los cazadores con solicitudes elegidas podrán ser adjudicatarios de un permiso de caza. El permiso asignado será aquel de entre los que cuenten con cupo disponible (todavía no agotado) con mayor preferencia indicada por el cazador en su solicitud. De este modo, si todavía no se ha agotado el cupo del permiso indicado en primera preferencia se asignará ese permiso. Si no hubiera cupo de permiso para la primera preferencia, se asignará, si hay cupo, el permiso indicado como segunda preferencia, y así sucesivamente.

Artículo 7. Procedimiento administrativo de adjudicación de los permisos.

1. Los permisos para la caza en las reservas y cotos sociales de caza se concederán mediante Resolución de la dirección del servicio provincial competente tanto en materia de caza como por cuestión del territorio. En la Resolución quedarán recogidas todas aquellas condiciones particulares de obligado cumplimiento. Los permisos son personales e intransferibles, y autorizan a la realización de las actividades de caza para las que específicamente han sido extendidos.

2. La persona que ostente la dirección del servicio provincial competente tanto en materia de caza como por cuestión de territorio comunicará, por los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la notificación en la que se indique que se ha resultado agraciado con un permiso de caza. La comunicación será o bien telemática, dirigida al correo electrónico de contacto proporcionado al realizar la solicitud a través del sistema de tramitación telemática online, o bien, en el caso de solicitudes en formato papel, mediante correo postal certificado dirigido a la dirección postal indicada en la solicitud en el apartado "Datos de contacto a efectos de notificaciones y comunicaciones". En la notificación del servicio provincial se indicará, entre otros aspectos, la fecha para la celebración de la cacería, el precio de la cuota de entrada, la cuenta bancaria en la que debe realizarse el ingreso y el plazo del que dispone el solicitante para efectuar el pago de la cuota de entrada. La notificación irá acompañada de un documento de aceptación del permiso por parte del solicitante que deberá ser firmado por éste.

3. Una vez que el solicitante efectúe el pago de la cuota de entrada, deberá registrar ante la administración, a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la copia del ingreso bancario y el documento de aceptación del permiso de caza. La documentación anterior deberá ser remitida al servicio provincial con competencias en materia de caza del que dependa la reserva o el coto social para el que sea válido el permiso de caza, si en el plazo de diez naturales dicha documentación no es remitida el solicitante perderá todos los derechos sobre el permiso notificado. Con el único fin de agilizar la tramitación del permiso, y sin excluir el registro y remisión citados anteriormente, la documentación podrá enviarse al correo electrónico de la provincia territorialmente competente: Huesca: cazaypescahu@aragon.es o Teruel: cazaypescateruel@aragon.es.

4. Recibida la documentación anterior, la persona que ostente la dirección del servicio provincial con competencias tanto en materia de caza como por cuestión de territorio expedirá la correspondiente Resolución por la que se concede el permiso de caza al solicitante agraciado, permiso que será remitido por los mismos medios expresados en el apartado 2 anterior. La Resolución podrá, además, adelantarse por correo electrónico al solicitante o a su representante.

Artículo 8. Modificación de los permisos de caza

1. En el caso de permisos en los que por causa de fuerza mayor justificada mediante acreditación documental no sea posible practicar la cacería en las fechas asignadas podrán solicitar, al servicio provincial territorialmente competente mediante correo electrónico (Huesca: cazaypescahu@aragon.es o Teruel: cazaypescateruel@aragon.es), el cambio de fechas de los permisos que se les hayan asignado. En todos los casos se exigirá documentación acreditativa de la causa alegada.

2. En el caso de permisos correspondientes a la propiedad, cuando los interesados que no puedan practicar la cacería en las fechas asignadas la propiedad podrá solicitar al servicio provincial correspondiente mediante los correos electrónicos indicados en el apartado anterior el cambio de fechas del permiso asignado.

3. En caso de respuesta positiva a las solicitudes de cambio de fecha contempladas en los dos apartados anteriores, la persona que ostente la dirección del servicio provincial con competencias en materia de caza y territorialmente competente emitirá una nueva Resolución anulando la anterior y concediendo una nueva fecha para el permiso de caza. La nueva Resolución con el cambio de fecha será enviada por los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, al interesado y, en el caso de que se envíe por correo postal, podrá, además, adelantarse por correo electrónico. Si hubiese problemas de disponibilidad de los guías de caza (agentes para la protección de la naturaleza o de los guardas, vigilantes o celadores de caza) para estar presentes durante la cacería en una fecha distinta de la inicial, la persona que ostente la dirección del servicio provincial podrá decidir no conceder una nueva fecha para la ejecución del permiso de caza aun cuando considerase que la anulación estuviera suficientemente justificada. En el caso de que no le sea concedida una nueva fecha para la ejecución del permiso de caza el solicitante no podrá reclamar la devolución del importe de la cuota de entrada.

Artículo 9. Permisos de caza para cazadores locales

Los cazadores locales que deseen obtener un permiso del cupo reservado a cazadores locales para caza mayor o becada en las reservas y cotos sociales de Aragón deberán dirigirse a los ayuntamientos para los que detenten la condición de "Cazador local" donde les informarán sobre el proceso de obtención de los mismos. En caso de que los ayuntamientos de una reserva o coto social no estén interesados en realizar el sorteo entre los cazadores locales este procedimiento de sorteo se realizará por convocatoria del Servicio provincial competente que será publicada en los tablones de anuncios de los ayuntamientos incluidos en el terreno cinegético.

Artículo 10. Obtención de permisos de caza de la propiedad

1. Los cazadores que deseen obtener un permiso de caza correspondiente a la propiedad deberán ponerse en contacto con la entidad que detente el permiso (ayuntamiento, quiñón, propietario particular etc.) quien le informará del proceso de concurrencia para la obtención de los mismos, en su caso.

2. En el caso de permisos de la propiedad, el cazador abonará al propietario el precio acordado con éste. Por su parte, la propiedad deberá abonar al Gobierno de Aragón el precio correspondiente a las cuotas de entradas que aparecen en el anexo III.

Artículo 11. Precios de los permisos de caza

Las cuotas de entrada y complementarias de los permisos de caza en las reservas y cotos sociales de Aragón ofertados mediante la presente Resolución se exponen en el anexo III.

Zaragoza, 30 de octubre de 2020. El Director General de Calidad y Seguridad Alimentaria, ENRIQUE NOVALES ALLUÉ