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RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2019, de la Directora General de Planificación y Equidad, por la que se modifica la autorización por cambio de titularidad del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Santa Magdalena Sofía" de Zaragoza.

Publicado el 08/01/2020 (Nº 4)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo iniciado a instancia de la representante de la entidad titular del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Santa Magdalena Sofía", código 50007777, con domicilio en la calle Sagitario, número 5, de Zaragoza, solicitando modificación de la autorización por cambio de titularidad del centro.

Vista la documentación presentada, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, resuelvo:

Primero.- Modificar la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Santa Magdalena Sofía", código 50007777, con domicilio en la calle Sagitario, número 5, de Zaragoza, por cambio de titularidad del centro, ostentada por las Religiosas del Sagrado Corazón de Jesús, a favor de la Fundación Educativa Sofía Barat.

Segundo.- La nueva titularidad se subrogará en la totalidad de las obligaciones y cargas que tuviera contraídas, en su caso, la anterior titularidad del centro, especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que pudiera tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que le correspondan en el orden docente y las que se deriven de la vigente legislación laboral.

Tercero.- La modificación de la autorización por cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Cuarto.- La presente Resolución surtirá efectos a partir del 1 de enero de 2020, y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quinto.- Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 18 de diciembre de 2019.

La Directora General de Planificación y Equidad, ANA MONTAGUD PÉREZ