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RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2019, de la Directora General de Sostenibilidad, por la que se actualizan las tarifas de distintos servicios públicos de gestión de residuos en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 31/01/2019 (Nº 21)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El artículo 36 de la Ley 26/2003, de 30 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas, modificado por la Ley 2/2013, de 4 de abril, declaró servicio público de titularidad autonómica, según la redacción dada por esta última Ley, la eliminación de escombros que no procedan de obras menores de construcción y reparación domiciliaria, la eliminación de residuos no peligrosos y no susceptibles de valorización que no se incluyan en el ámbito competencial de la Administración local, o en el de otras actividades de gestión de residuos declarados servicios públicos de titularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que no sean residuos vegetales de origen agrario o subproductos animales no destinados al consumo humano, la valorización y eliminación de neumáticos fuera de uso y la eliminación de residuos peligrosos. Este artículo, en su apartado tercero, también determinaba que el Gobierno de Aragón, a través del Departamento competente en materia de medio ambiente, establecería los mecanismos y plazos para la efectiva prestación del servicio público, de acuerdo con la planificación sectorial.

Como desarrollo de la declaración de servicios públicos de titularidad autonómica de 2003, el Gobierno de Aragón aprobó los correspondientes Reglamentos sobre el régimen jurídico de los mismos, a través del Decreto 236/2005, de 22 de noviembre, para el caso de los residuos peligrosos, del Decreto 2/2006, de 10 de enero, para los residuos industriales no peligrosos, del Decreto 40/2006, de 7 de febrero, para los neumáticos fuera de uso y mediante el Decreto 262/2006, de 27 de diciembre, para los escombros, modificado este último por el Decreto 117/2009, de 23 de junio.

En estos Reglamentos se regula el régimen tarifario, estableciendo que los usuarios del servicio público asumirán los costes derivados de la gestión del residuo atendiendo a la naturaleza y cantidad del residuo. Asimismo, las tarifas del servicio deberán garantizar, como mínimo, la restitución de los costes de gestión, de establecimiento y de explotación del servicio, de los gastos derivados de la prestación de garantías que sean exigibles, y de los que se prevean derivados de la ulterior clausura, mantenimiento y vigilancia posterior de las instalaciones, así como de cualquier otro que derive necesariamente del desarrollo de la actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. Percibir de los usuarios las tarifas establecidas es derecho de los gestores que están prestando los distintos servicios públicos.

En la fecha, los servicios públicos que se están prestando corresponden al servicio público de eliminación de residuos peligrosos a través de la sociedad de economía mixta ARAGERSA en el vertedero ubicado en Zaragoza; el servicio público de residuos industriales no peligrosos no susceptibles de valorización en la zona III mediante la concesionaria Residuos Industriales de Teruel (RINTE) en la modalidad de puerta a puerta y transporte hasta el vertedero y en la zona IV mediante la concesionaria Residuos Industriales de Zaragoza (RINZA) en el vertedero ubicado en esta localidad; y la eliminación y valorización de escombros a través del concesionario de la zona VI (Zaragoza) Construcciones Mariano López Navarro S.A.U., en los vertederos situados en Bárboles y en Alfajarín.

Mediante Orden DRS/886/2017, de 31 de mayo, de los Consejeros de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, y de Hacienda y Administración Pública ("Boletín Oficial de Aragón", número 125, de 3 de julio de 2017), se actualizaron las tarifas correspondientes a los servicios públicos de valorización y eliminación de escombros que no procedan de obras menores de construcción y reparación domiciliaria y de eliminación de residuos no peligrosos y no susceptibles de valorización.

Asimismo, mediante Orden DRS/1378/2017, de 28 de agosto, de los Consejeros de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, y de Hacienda y Administración Pública ("Boletín Oficial de Aragón", número 182, de 21 de septiembre de 2017), se actualizaron las tarifas correspondientes al servicio público de eliminación de residuos peligrosos.

En la disposición final primera de la citada Orden DRS/886/2017, de 31 de mayo, y en la disposición final segunda de la citada Orden DRS/1378/2017, de 28 de agosto, se habilita al titular de la Dirección General competente en materia de residuos para actualizar, mediante Resolución y a partir del 1 de enero de cada año, las tarifas establecidas en dichas Órdenes en base a la variación del índice de precios al consumo del año inmediatamente anterior, publicada por el Instituto Nacional de Estadística, Resolución que será notificada a los concesionarios. Todo ello sin perjuicio de las variaciones o actualizaciones que, en su caso, se aprueben por Orden conjunta de los Consejeros con competencias en materia de hacienda y de medio ambiente.

Respecto al régimen competencial, cabe señalar que en el artículo 27 del Decreto 317/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, modificado por el Decreto 87/2018, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, se establece que corresponden a la Dirección General de Sostenibilidad, entre otras, las competencias de dirección, planificación, coordinación y supervisión de los planes y programas en materia de residuos, así como la gestión de las operaciones de valorización o eliminación de residuos declaradas servicio público de titularidad autonómica.

Teniendo en cuenta lo anterior, mediante la Resolución de 26 de febrero de 2018 de la Dirección General de Sostenibilidad ("Boletín Oficial de Aragón", número 53, de 15 de marzo de 2018) se actualizaron las tarifas de los servicios públicos de valorización y eliminación de escombros que no procedan de obras menores de construcción y reparación domiciliaria, de eliminación de residuos no peligrosos y no susceptibles de valorización y de eliminación de residuos peligrosos. La citada Resolución modificó únicamente la cuantía de las tarifas mencionadas en base a la variación del IPC, permaneciendo vigentes el resto de los artículos y disposiciones de las Órdenes DRS/886/2017, de 31 de mayo, y DRS/1378/2017, de 28 de agosto.

En la página web del Instituto Nacional de Estadística (www.ine.es) se ha publicado con fecha 15 de enero de 2019 la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo (IPC) correspondiente al mes de diciembre de 2018, que asciende al 1,2%.

De acuerdo a los antecedentes expuestos, mediante la presente Resolución se procede a actualizar las tarifas correspondientes a los servicios públicos de valorización y eliminación de escombros que no procedan de obras menores de construcción y reparación domiciliaria (anexo I), de eliminación de residuos no peligrosos y no susceptibles de valorización (anexo II) y de eliminación de residuos peligrosos (anexo III) en la Comunidad Autónoma de Aragón.

La presente Resolución modifica únicamente la cuantía de las tarifas mencionadas, detalladas en los anexos, permaneciendo vigentes el resto de los artículos y las disposiciones de las citadas Órdenes DRS/886/2017, de 31 de mayo, y DRS/1378/2017, de 28 de agosto.

Así mismo, teniendo en cuenta lo indicado más arriba, esta Resolución se notificará a Residuos Industriales de Zaragoza, SA (RINZA), concesionaria del servicio público de eliminación de residuos industriales no peligrosos no susceptibles de valorización (Zona IV de gestión), a Residuos Industriales de Teruel, S.A. (RINTE), concesionaria del servicio público de eliminación de residuos industriales no peligrosos no susceptibles de valorización (Zona III de gestión), a Construcciones Mariano López Navarro, SAU, adjudicatario del servicio público de valorización y eliminación de escombros que no procedan de obras menores de construcción y reparación domiciliaria (Zona VI de gestión) y a Aragonesa de Gestión de Residuos S.A. (ARAGERSA), prestadora del servicio público de eliminación de residuos peligrosos.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Por otra parte, la presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 15 de enero de 2019.

La Directora General de Sostenibilidad,

M.ª PILAR GÓMEZ LÓPEZ