Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ACUERDOS de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza, adoptados en sesión de 21 de septiembre de 1995.

Publicado el 18/12/1995 (Nº 148)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ORDENACION TERRITORIAL, OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES

Texto completo:

ACUERDOS de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza, adoptados en sesión de 21 de septiembre de 1995.

La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza, en sesión de 21 de septiembre de 1995, reunida bajo la presidencia de don Félix de los Ríos Barbany, Director General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Diputación General de Aragón, adoptó entre otros los siguientes acuerdos: 1.--Se dio cuenta a los asistentes del acta de la sesión anterior de fecha 21 de junio de 1995. 2.--Se dio cuenta de las decisiones adoptadas por la Presidencia, por delegación, de esta Comisión sobre suspensión temporal del trámite, devolución de proyecto en materia de actividades clasificadas y exposición al público en expedientes tramitados desde la celebración de la última sesión el pasado día 21 de junio de 1995. 3.--La Muela: Cumplimiento de prescripciones de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento para la creación de un sector de Suelo Apto para Urbanizar de uso Industrial en la "Dehesa Boyal" y del subsiguiente Plan Parcial:

--"Dar por subsanadas el resto de las deficiencias señaladas por esta Comisión Provincial en su acuerdo de fecha 21 de junio de 1995, que trae causa del anterior acuerdo de fecha 17 de febrero de 1994, por el que se aprobó definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento municipal de La Muela, para la creación de Suelo Apto para Urbanizar de uso Industrial en la denominada "Dehesa Boyal".

--Dar por cumplimentadas en parte las prescripciones que se señalaban en el acuerdo de aprobación definitiva del Plan Parcial del Suelo Apto para Urbanizar de uso Industrial, Primera Fase, en la "Dehesa Boyal" (Ref. COT-95/263) de fecha 21 de junio de 1995, a excepción de la señalada con la letra g) en el citado acuerdo y que es del siguiente tenor literal: "g) La reutilización de aguas residuales derivadas del Polígono Industrial del que trae causa el presente Plan Parcial, deberá contar con la concesión administrativa de las aguas que se utilicen, de competencia de la Confederación Hidrográfica del Ebro." Esta prescripción se deberá cumplimentar en el proyecto de urbanización. --Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de La Muela e interesados".

4.--Ambel: Cumplimiento de prescripciones de la modificación del proyecto de Delimitación de Suelo Urbano: --"Dar por cumplimentadas las prescripciones señaladas por esta Comisión Provincial en su acuerdo de fecha 26 de abril de 1995, de aprobación definitiva de la Modificación del Proyecto de Delimitación del Suelo Urbano de Ambel, para nueva clasificación de suelo urbano.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Ambel e interesados".

5.--Lécera: Subsanación de deficiencias del acuerdo de aprobación definitiva de la revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento: --"Dar por cumplimentada la subsanación de deficiencias señaladas por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio en su acuerdo de 19 de septiembre de 1994 de aprobación definitiva de la Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Lécera.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Lécera e interesados". 6.--Boquiñeni: Modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento, Regulación de la Edificación en Suelo No Urbanizable: --"Aprobar definitivamente la Modificación del apartado "Regulación de la edificación", relativa a la introducción de un nuevo párrafo 2º, y del apartado "Almacenes agrícolas", del Capítulo III, Sección Segunda, Parte Segunda de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Boquiñeni.

--Suspender la aprobación definitiva de la Modificación de los apartados "Regulación de la edificación", párrafo 3º, y "Explotaciones ganaderas", del Capítulo III, Sección Segunda, Parte Segunda de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Boquiñeni hasta que se adapte su contenido al vigente Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, de 26 de junio de 1992, y a las Normas Subsidiarias y Complementarias de Planeamiento Municipal de la provincia de Zaragoza.

--Una vez subsanadas las deficiencias señaladas en el apartado anterior el Ayuntamiento de Boquiñeni deberá elevar ante esta Comisión el documento justificativo de la referida subsanación para su aprobación definitiva, si procede. --Recomendar al Ayuntamiento de Boquiñeni la adaptación de sus Normas Subsidiarias al vigente Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, de 26 de junio de 1992 y a las Normas Subsidiarias y Complementarias de Planeamiento Municipal de la provincia de Zaragoza, mediante la tramitación del correspondiente expediente de revisión.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Boquiñeni".

7.--Alagón: Modificación de distintos artículos de ordenanzas, alineaciones y creación de la U.E. Avenida de la Jarea.

Cumplimiento de prescripciones: --"Aprobar definitivamente la Modificación de Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Alagón relativa a los siguientes extremos: a) Artículo 101.e) de las Normas Urbanísticas.

b) La Unidad de Actuación denominada "Avenida de la Jarea".

--Mantener la suspensión de la modificación número 6, artículo 100 Condiciones de volumen Zona R (Residencial); en tanto no se acredite su grado de incidencia sobre la densidad de población, habida cuenta que, en el supuesto de que dicha modificación tendiese a incrementarla, se requeriría para aprobarla la previsión de los mayores espacios libres que demande dicho aumento poblacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 128.2 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Alagón e interesados".

8.--Alpartir: Modificación del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano para nueva clasificación de Suelo Urbano. Cumplimiento de prescripciones: --"Dar por cumplimentadas las prescripciones impuestas por esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio en su acuerdo de 26 de abril de 1995 de aprobación definitiva de la Modificación del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano del municipio de Alpartir, con las excepciones que a Continuación se dirán: a) Deberá completarse el estudio de alineaciones, evitando cerrar caminos públicos.

b) Tendrá que reflejarse en las ordenanzas que los proyectos de edificación para la zona ampliada (A-1 y A-2) deberán de mantener las características arquitectónicas y tipología edificatoria de la zona B.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Alpartir e interesados".

9.--Malón: Modificación del Proyecto de Delimitación del Suelo Urbano: --"Aprobar definitivamente la Modificación del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano del Municipio de Malón con las siguientes prescripciones: a) La edificabilidad del çrea homogénea "C" deberá limitarse a 2 m2/m2 , de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 11.4 de las Normas Subsidiarias y Complementarias de Planeamiento Municipal de la provincia de Zaragoza.

b) El artículo 90 de las ordenanzas deberá establecer como distancia mínima para el retranqueo 3 metros.

c) La parcela incluida en la presente Modificación en el perímetro del suelo urbano, en la zona situada en la carretera de Vierlas a Barilla, deberá mantener el fondo de edificación existente en las parcelas del entorno, con el límite de 30 metros paralelo a la línea de edificación.

--Deberá presentarse, por triplicado, ante esta Comisión Provincial un Texto Refundido del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano del municipio de Malón, debidamente diligenciado y visado, que integre la presente modificación y el documento inicialmente aprobado del mismo.

--Recomendar al Ayuntamiento de Malón la redacción de unas Normas Subsidiarias que posibiliten la asignación de usos pormenorizados a distintas zonas para el adecuado desarrollo socio económico del municipio. --Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Malón".

10.--Cariñena: Modificación Puntual de Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal. Unidad de Actuación número 15.

--"Retirar del orden del día el presente asunto, hasta tanto no se complete el expediente con el oportuno informe jurídico que aclare si la tramitación judicial que se está llevando a cabo respecto a la anterior Modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cariñena, afectaría o no a la resolución que se adopte.

--En todo caso el presente asunto deberá ser tratado en la sesión inmediata que celebre esta Comisión, a fin de no impedir la adopción del acuerdo que proceda en los plazos pertinentes.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Cariñena e interesados".

11.--Daroca: Modificación del Plan General de Ordenación Urbana.

Plan Especial de Ordenación y Protección del Casco Histórico: --"Suspender la aprobación definitiva del proyecto de Plan Especial de Ordenación y Protección del Casco Histórico y Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Daroca, en tanto no se haya obtenido informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Zaragoza, conforme a lo dispuesto en el articulo 20 de la Ley de Patrimonio Histórico Español, debiendo además subsanarse las siguientes deficiencias: a) Deberá definirse si las Unidades de Ejecución número 11, 12, 13, 16 y 17 incluyen o no edificación consolidada y, en caso afirmativo, deberá justificarse la viabilidad técnica y económica de ejecución de tales ámbitos.

b) La Unidad de Ejecución número 14 deberá delimitarse abarcando el vacío urbano recayente a C/. Hiladores Bajos y, previa a su ejecución, será preceptivo aprobar un Estudio de Detalle que establezca el diseño definitivo de la misma, a nivel de ordenación de volúmenes, alineaciones y rasantes. Estudio de Detalle que deberá contar con informe favorable de la Comisión de Patrimonio Cultural de Zaragoza, previo a su aprobación definitiva.

c) La Unidad de Ejecución número 15 se considera eliminada, en armonía con el propio acuerdo de aprobación provisional del proyecto. d) Las Unidades de Ejecución números 18 y 19, requerirán para poder ser ejecutadas, la aprobación de un Estudio de Detalle para ordenación de volúmenes. Dichos Estudios de Detalle deberán ser informados por la Comisión de Patrimonio Cultural de Zaragoza, como requisito previo a su aprobación definitiva. e) Las Unidades de Ejecución números 21 y 22 requerirán, para poder ser ejecutadas, la aprobación de un Estudio de Detalle para definir alineaciones y rasantes. Dichos Estudios de Detalle deberán ser informados por la Comisión de Patrimonio Cultural de Zaragoza, como requisito previo a su aprobación definitiva.

f) Deberá reflejarse en la ficha correspondiente a la Unidad de Ejecución número 23 la situación de ordenación definitiva en que queda dicho ámbito tras el acuerdo de aprobación provisional del proyecto, habida cuenta la indefición de límites que se aprecia actualmente; incluyendo en la referida ficha las prescripciones contenidas en el informe de la Demarcación de Carreteras del Estado respecto a las distancias a la carretera Nacional 330, en aquellas áreas donde sea preciso.

g) Deberá corregirse la normativa que a continuación se relaciona, artículos 1.9.5, 1.9.6, 1.9.7 y 3.1.4.1., adaptando sus prescripciones a lo establecido en el vigente ordenamiento en materia de Patrimonio Histórico.

h) En general, deberán revisarse los sistemas de actuación propuestos (compensación o cooperación), evitando confusiones terminológicas que puedan inducir a errores legales. --Una vez se cuente con el informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural y hayan sido subsanadas las deficiencias apuntadas, deberá elevarse de nuevo el expediente a esta Comisión Provincial para su aprobación definitiva, si procede.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Daroca e interesados".

12.--Zaragoza: Modificación del Plan Parcial para la Unidad de Ejecución D-1, Polígono 43: --"Informar favorablemente la Modificación puntual del Plan Parcial del Polígono 43, çreas C y D en el ámbito de la Unidad de Ejecución D-1 del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza, según proyecto técnico redactado por los Arquitectos don Esteban Torne Blas y don Antonio Tirado Sebastián, recordando al Ayuntamiento de Zaragoza que el acto de aprobación definitiva del presente expediente deberá recoger las prescripciones impuestas en los acuerdos de aprobación inicial y provisional, a saber: a) El compromiso de construcción del equipamiento deportivo (campo de fútbol) debe quedar ratificado por el Consejo Rector de la Junta, en cuanto que su constitución está integrada por los propietarios de los terrenos afectados por la carga.

b) La documentación constitutiva del proyecto debe ser suscrita por técnico competente y visada por el Colegio Oficial correspondiente.

c) Simultáneamente al acuerdo de aprobación definitiva que pueda adoptarse o, en su caso, en un plazo no superior a tres meses, a contar desde aquél, debe procederse a la formulación de la modificación correspondiente del Proyecto de Compensación, a fin de adecuar sus previsiones a las que resultan de la presente modificación del planeamiento.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Zaragoza".

13.--Zaragoza: Estudio de Detalle en calle Montañés, números 24-28: --"Quedar enterada de la aprobación definitiva del Estudio de Detalle del solar número 11 de la calle Montañés, números 24-28, en el municipio de Zaragoza".

14.--Zaragoza: Estudio de Detalle en calle Monasterio de Poblet con calle Hermano Adolfo: --"Quedar enterada de la aprobación definitiva del Estudio de Detalle en calle Monasterio de Poblet con calle Hermano Adolfo, en el municipio de Zaragoza".

15.--Zaragoza: Estudio de Detalle calle Tenor Fleta, números 124-128 (antiguo Colegio Calixto Ariño): --"Quedar enterada de la aprobación definitiva del Estudio de Detalle en calle Tenor Fleta números 124-128 (antiguo Colegio Calixto Ariño), en el municipio de Zaragoza".

16.--Zaragoza: Estudio de Detalle correspondiente a parcelas 4.1 y 4.2 del Sector 60 (Soto del Canal): --"Quedar enterada de la aprobación definitiva del Estudio de Detalle correspondiente a parcelas 4.1 y 4.2 del Sector 60 (Soto del Canal), en el municipio de Zaragoza".

17.--Zaragoza: Estudio de Detalle en calle Prado, números 12-14: --"Quedar enterada de la aprobación definitiva del Estudio de Detalle en calle Prado, números 12-14, en el municipio de Zaragoza".

18.--Zaragoza: Estudio de Detalle en calle Pelayo, número 11 (barrio Casablanca): --"Quedar enterada de la aprobación definitiva del Estudio de Detalle del solar número 11 de la calle Pelayo del Barrio de Casablanca, en el municipio de Zaragoza".

19.--Zaragoza: Estudio de Detalle de las Parcelas D y E, Manzana 6, Area 10 del Actur: --"Quedar enterada de la aprobación definitiva del Estudio de Detalle de las parcelas D y E de la Manzana seis del çrea 10 del Actur-Arrabal-Zalfonada, en el municipio de Zaragoza".

20.--Zaragoza: Estudio de Detalle en Parcela 22, Area 9 del Actur: --"Quedar enterada de la aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la parcela 22 del Area 9 del Actur Puente de Santiago, en el municipio de Zaragoza".

21.--Utebo: Proyecto de Urbanización avenida Navarra: --"Quedar enterada de la aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización del Area de Intervención en avenida Navarra, en el municipio de Utebo".

22.--La Almunia de Doña Godina: Proyecto de Urbanización de calle José María Contín, Carretera Cariñena y Ronda Justicia de Aragón: --"Quedar enterada de la aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización de las calles José María Contín, Carretera Cariñena y Ronda Justicia de Aragón, del Municipio de La Almunia de Doña Godina".

23.--Zaragoza: Proyecto de Urbanización del Area de Intervención U1/2-1 (plaza de San Antón): --"Quedar enterada de la aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización del Area de Intervención U1/2-1 (Plaza de San Antón), en el municipio de Zaragoza".

24.--Alagón: Proyecto de Urbanización de la Unidad de Actuación número 12: --"Quedar enterada de la aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización de la unidad de actuación número 12, del Municipio de Alagón".

25.--Utebo: Proyecto de Urbanización del Sector 6 (antiguos terrenos de Butano): --"Quedar enterada de la aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización del Sector 6 (antiguos terrenos de Butano), en el municipio de Utebo".

26.--Utebo: Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución número 13: --"Quedar enterada de la aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución número 13, en el municipio de Utebo".

27.--Utebo: Proyecto de Urbanización calles Pablo Serrano, Buenos Aires, Venezuela: --"Quedar enterada de la aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización de la Unidad de las calles Pablo Serrano, Buenos Aires y Venezuela, en el municipio de Utebo".

28.--Tarazona: Autorización en Suelo No Urbanizable para construcción de depósito regulador de agua en Monte Valcardera, instado por el Ayuntamiento de Vierlas: --"Conceder autorización, previa a la licencia municipal de obras, para la construcción en suelo no urbanizable de un depósito de agua en Monte Valcardera (Tarazona), instada por el Ayuntamiento de Vierlas, condicionada al informe favorable del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente, por cuanto el emplazamiento propuesto es un Monte de Utilidad Pública.

--En su caso, la licencia urbanística que al efecto se otorgue deberá supeditar su efectividad al cumplimiento del condicionado que pudiese deducirse de la resolución final del expediente de ocupación del Monte de Utilidad Pública.

--Notificar el presente acuerdo a los Ayuntamientos de Tarazona y Vierlas".

29.--Sástago: Autorización en Suelo No Urbanizable para instalación de tendido eléctrico (135 kv) línea SET Escatrón-SET Monegros, construcción de SET Monegros y ampliación de SET Escatrón, instado por ERZA, S. A.: --"Conceder autorización previa a la licencia municipal de obras, para el emplazamiento en suelo no urbanizable de tendido eléctrico (135 Kv) línea Set- Escatrón - Set Monegros, construcción de Set Monegros y ampliación de Set - Escatrón, instado por ERZA, S. A., supeditada al cumplimiento de las siguientes condiciones: 1) Se proyectará un nuevo trazado que deberá considerar un pasillo que comprenda la Val de Gelsa y el entorno del punto geodésico de Purburel. En concreto, el nuevo trazado se desviará a la altura del kilómetro 8 de la carretera que une Sástago con Bujaraloz, en ese tramo tomará dirección Oeste hacia la Val de Gelsa, subirá en dirección Norte y nuevamente dirección Este, de forma que acceda a la subestación por el Sur del punto geodésico de Purburel. Para delimitar el nuevo trazado se utilizarán las pistas y caminos agrícolas existentes.

Deberá concretarse el trazado de forma que se evite la ocupación de la plataforma endorréica, las Planas de la Retuerta y la zona forestal de la Retuerta.

2) Habida cuenta la importancia ornitológica de la zona y en cumplimiento de la Directiva 79/409/CEE, la línea deberá contar, en todo su recorrido, con las siguientes características para mitigar los efectos sobre las aves: --No se instalarán aisladores rígidos, se construirán con cadenas de aisladores en suspensión o en amarre.

--No se instalarán puntos con corriente por encima de la cabecera de apoyos.

--Los seccionadores con corte al aire se instalarán en posición vertical.

--Se utilizarán cables de tierra con alguna de las siguientes características: a) Del mismo grosor que los conductores.

b) Enfundado en aislante de color llamativo.

c) De fibra óptica coloreada.

d) Señalización que lo haga más visible.

--Se instalarán aisladores suspendidos o de amarre, según la tipología de la línea y del apoyo, de manera que existan unas distancias mínimas de 0,40 metros entre conductores con aisladores suspendidos y el apoyo; de 0,75 metros entre conductores con aisladores en amarre y apoyo; de 1,50 metros entre conductores y de 1 metro entre apoyo y punto más próximo con corriente en los postes especiales (anclaje, ángulo, fin de línea, etcétera).

--Se utilizarán preferentemente postes de tipo bóveda, bien dimensionados, o tresbolillo, cuando sean factibles.

--En el diseño del nuevo trazado se seleccionarán preferentemente zonas de bajo impacto (tanto desde el punto de vista del vuelo de las aves como de la visual), es decir, fondos de valles y medias laderas.

--Para minimizar los riesgos de colisión, en la línea se instalarán elementos salvapájaros en los cables.

3) La licencia urbanística deberá contar con el informe favorable de la Confederación Hidrográfica del Ebro y, en su caso, supeditar su efectividad al cumplimiento de las condiciones impuestas por el Organismo de cuenca.

4) Se deberá realizar con carácter previo una prospección arqueológica intensiva en la banda afectada por el trazado y en las obras secundarias que se realizasen, dando cuenta al Departamento de Educación y Cultura.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Sástago e interesados".

30.--Farlete: Autorización en Suelo No Urbanizable para construcción de granja porcina en parcela 17, polígono 11, instado por don Gregorio Fustero Puértolas: --"Conceder la autorización, previa a la licencia municipal de obras, para la construcción de dos naves de 110 m. por 7 m. de ganado porcino, en suelo no urbanizable, parcela 17, polígono 11, del término municipal de Farlete, instado por don Gregorio Fustero Puértolas con las siguientes prescripciones: a) Deberá aportarse certificación del Secretario del informe del Pleno del Ayuntamiento.

b) Deberá aportarse autorización del Ayuntamiento para conectar con la red municipal de agua.

c) Deberá aportarse compromiso de inscripción en el Registro de la Propiedad de la edificación como adscrita a la parcela existente, que impida la divisibilidad posterior de la parcela.

d) La licencia de obras deberá contemplar las determinaciones contenidas en el informe de la Confederación Hidrográfica del Ebro de impermeabilizar la balsa de purines o aportar estudio hidrogeológico que muestre que el terreno es impermeable.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Farlete e interesados".

31.--Villafranca de Ebro: Autorización en Suelo No Urbanizable de vivienda unifamiliar, instada por don Jesús Miranda Postigo, en camino La Landa, sin número: --"Conceder autorización, previa a la licencia municipal de obras, para la construcción en suelo no urbanizable de una vivienda unifamiliar solicitada por don Jesús Miranda Postigo, en el término municipal de Villafranca de Ebro, Camino La Landa sin número, con la siguiente prescripción: a) Deberá aportarse justificación de propiedad de la parcela mínima, establecida por las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Villafranca de Ebro en 4.000 metros cuadrados.

--Recordar al Ayuntamiento de Villafranca de Ebro que no podrá otorgarse la licencia municipal de obras en tanto no se cuente con el preceptivo informe favorable del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente, conforme a lo dispuesto en el apartado 5 del artículo único del Decreto 149/1995 (BOA número 71, de 14 de junio de 1995), por el que se inicia el procedimiento de aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de los Sotos y Galachos del río Ebro (tramo Zaragoza-Escatrón).

--Recomendar al Ayuntamiento de Villafranca de Ebro que modifique sus Normas Subsidiarias de Planeamiento, a fin de establecer en una Hectárea la parcela mínima para el uso de vivienda aislada en Suelo No Urbanizable en superficie en consonancia con las NN. SS.

y CC. de Planeamiento de la Provincia de Zaragoza.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento e interesados".

32.--Caspe: Autorización en Suelo No Urbanizable para construcción de vivienda unifamiliar en partida "Rigüela", instado por Javier Herrero Poblador: --"Conceder autorización, previa a la licencia municipal de obras, para la construcción en suelo no urbanizable de una vivienda unifamiliar solicitada por don Javier Herrero Poblador, en el término municipal de Caspe, partida "Rigüela", con la siguiente prescripción: a) Deberá aportarse informe favorable de la Confederación Hidrográfica del Ebro y atenerse, en su caso, a las determinaciones que en el se establezcan. --Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento e interesados".

33.--Malón: Autorización en Suelo No Urbanizable para construcción de nave industrial destinada a la fabricación y reparación de palets de madera, instado por Sucesores de José María Mesa Diago, S. L.: --Conceder autorización, previa a la licencia municipal de obras, para la construcción en suelo no urbanizable de una nave industrial destinada a la fabricación y reparación de palets de madera, solicitada por los "Sucesores de J. María Mesa Diago, S.

L.", en el término municipal de Malón, con la siguiente prescripción: a) Deberá aportarse informe favorable de la Confederación Hidrográfica del Ebro al vertido de aguas residuales al subsuelo y atenerse, en su caso, a las determinaciones que en el se establezcan.

--Recordar al Ayuntamiento de Malón que, en el caso de que la construcción objeto del presente expediente se encontrara ejecutada, deberá ejercitar las competencias que le atribuyen los arts. 248 y ss. del Texto Refundido de la Ley del Suelo y los artículos 261 y ss. del mismo cuerpo legal.

Recordar, asimismo, al Ayuntamiento de Malón que deberá tramitar ante esta Comisión la calificación de la actividad, previa a la licencia de obras, por ser una instalación clasificada dentro del vigente RAMINP de 30 de diciembre de 1961.

--Dar traslado del presente expediente al servicio de Disciplina Urbanística de la Diputación General de Aragón a los efectos oportunos.

--Recomendar al Ayuntamiento de Malón que formule y tramite la aprobación de Normas Subsidiarias de Planeamiento municipal, a fin de delimitar áreas aptas para la urbanización que puedan albergar los distintos usos que sean susceptibles de ser desarrollados en el municipio.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Malón e interesados".

34.--Morata de Jalón: Autorización previa en Suelo No Urbanizable de construcción de granja avícola para engorde de pollos sita en parcela rústica 74a del polígono 2, instada por Ernesto Herández Marco: --"Declarar que subsiste la situación que motivó el acto administrativo de trámite de fecha 21 de diciembre de 1994, notificado al interesado y al Ayuntamiento de Morata de Jalón el día 23 de diciembre del mismo año y el posterior de fecha 26 de abril de 1995, notificado a los interesados en el mes de junio último, por el que se les requería para que completasen el expediente con la documentación que en el mismo se indicaba, por cuanto no consta se haya incorporado el preceptivo informe del Ayuntamiento de Morata de Jalón, conforme a lo dispuesto en el artículo 16.3.2ª.b) de la Ley del Suelo 1/1992. Así como la concesión de aguas o, en su caso, informe de innecesariedad de la Confederación Hidrográfica del Ebro, respecto a la actividad avícola que se pretende implantar y, en consecuencia, subsiste la suspensión del trámite de dicho expediente con interrupción de los plazos para resolver, conforme a lo dispuesto en el artículo 92.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AA. PP. y del Procedimiento Administrativo Común, en tanto no se complete el expediente con la documentación requerida. --Conceder a don Ernesto Hernández Marco, un nuevo plazo extraordinario de dos meses para que aporte la documentación precitada. Todo ello con suspensión del trámite para dictar la resolución que proceda y con advertencia expresa de que, transcurrido dicho plazo sin que se hubiese remitido la citada documentación, se procederá sin más dilación a tramitar expediente de declaración de caducidad y posterior archivo del mismo.

Todo ello sin perjuicio de que el promotor acredite la calificación de dicha actividad como explotación familiar agraria, en cuyo caso podría ser considerada la actividad de estricta competencia municipal, al amparo de lo establecido en el artículo 75º. de las NN. SS. y CC. de ámbito provincial de Zaragoza.

--Se reitera al Ayuntamiento de Morata de Jalón que en cumplimiento de sus propias competencias en materia de inspección y vigilancia urbanística, deberá incoar el oportuno expediente disciplinario y, en su caso, el de medidas de restablecimiento del orden urbanístico vulnerado y de la realidad física alterada, puesto que se trata de una actividad que ya está en funcionamiento, sin la preceptiva licencia municipal, todo ello sin perjuicio de que el promotor acredite la calificación de dicha actividad como explotación familiar agraria, en cuyo caso podría ser considerada la actividad de estricta competencia municipal, al amparo de lo establecido en el artículo 75.1 de las NN. SS. y CC. de ámbito provincial de Zaragoza.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento y al interesado".

35.--Ejea de los Caballeros: Autorización en Suelo No Urbanizable para instalación de vertedero controlado de residuos sólidos instado por la Mancomunidad de las Bajas Cinco Villas.

Cumplimiento de prescripciones: --"Dar por cumplimentadas las prescripciones impuestas en el acuerdo de esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de 15 de diciembre de 1994, referidas a la autorización a la Mancomunidad de las Bajas Cinco Villas para la construcción de un vertedero controlado de residuos sólidos en suelo no urbanizable, en Monte Valdemanzana del municipio de Ejea de los Caballeros.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros e interesados".

36.--Paracuellos de Jiloca: Autorización previa en Suelo No Urbanizable para instalación de un depósito comercial de explosivos, accesorios y cartuchería, instado por "Trámites del Explosivo, S. L.": --"Conceder la autorización previa a la licencia municipal, para la instalación de un Depósito Comercial de Explosivos, Accesorios y Cartuchería, a emplazar en el Paraje denominado "Valdehurón", del término municipal de Paracuellos de Jiloca, con sujeción estricta a la resolución dictada por el Delegado del Gobierno en Aragón en fecha 3 de febrero de 1995.

--Desestimar la alegación presentada por Unión Española de Explosivos, S. A., durante la fase de información pública, por cuanto no es cierto que se de el supuesto de hecho de la proximidad de la instalación propuesta y la existente en el paraje Acampo Argal, Ctra. de Castellón, P.K. 11,800 y propiedad de la Mercantil alegante, dado que ésta distará de aquélla unos 100 Km., no siendo de aplicación los emplazamientos y distancias contempladas en el anexo I y III del Reglamento de Explosivos. Y por lo que a la justificación de su emplazamiento se refiere, a los efectos prevenidos en el artículo 152.1 del Reglamento de Explosivos, ésta se ampara en la Resolución autorizatoria del Delegado del Gobierno en Aragón.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Paracuellos de Jiloca e interesados".

37.--Zaragoza: Autorización en Suelo No Urbanizable de caseta en Torre del Hospital, barrio Movera, instado por Radio Zaragoza: --"Conceder la autorización previa a la licencia municipal, para la construcción de un edificio destinado a centro emisor de ondas electromagnéticas, un local de centro de transformación de alta tensión y otro para albergar un grupo electrógeno de reserva y una antena, cuyo mástil radiante tendrá una altura de 80 mts. de celosía, de sección triangular equilátera y convenientemente arriostrada, a emplazar en el barrio de Movera, Camino de Torre del Hospital a Torre de San Lázaro, instada por don Jesús Muro Navarro, en nombre y representación de Compañía Aragonesa de Radiodifusión, S. A., con sujeción estricta a la documentación técnica presentada y supeditada al cumplimiento de las siguientes condiciones: a) No podrá otorgarse la licencia urbanística en tanto no se cuente con el preceptivo informe favorable del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente, conforme a lo dispuesto en el Decreto 149/95 (BOA número 71 de 14 de junio de 1995), por el que se inician los trabajos de aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de los Sotos y Galachos del río Ebro, en aplicación del Apartado 5 de su artículo único.

b) En su caso, la licencia municipal, deberá contener el condicionado que, en su día, pudiera establecer la Confederación Hidrográfica del Ebro, respecto a la legalización de vertidos de aguas residuales y a la de aprovechamiento de aguas derivadas del pozo, cuyos expedientes se hayan en tramitación.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Zaragoza e interesados".

38.--Zaragoza: Autorización en Suelo No Urbanizable de aprisco de ganado ovino en camino de Enmedio, barrio de la Cartuja Baja, instado por Antonio Casorrán Marcuello: --"Denegar la solicitud formulada por don Antonio Casorrán Marcuello, de autorización previa en suelo no urbanizable de protección de regadíos para la construcción en suelo no urbanizable, parcela 401-A, polígono 86 del plano catastral del Término del Barrio de Miraflores, Partida "Tabernilla", de un aprisco para ovejas, instado por don Antonio Casorrán Marcuello, como instalación de utilidad pública o de interés social, en base a las razones expuestas, de situarse en suelo no urbanizable de protección regadío en el que se encuentran prohibidas las explotaciones ganaderas no ligadas a la tierra que superen los límites de las explotaciones familiares agrarias por las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación urbana de Zaragoza.

Ello sin perjuicio de la posibilidad de concesión de licencia de obra directa, de exclusiva competencia municipal, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 6.1.7 de las Normas del P.G.O.U. de Zaragoza, siempre que se den las condiciones contempladas en el artículo 6.1.8. de las mismas.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento e interesados".

39.--Ambel: Autorización en Suelo No Urbanizable de aprisco para ganado ovino, instada por don Roberto Julio Sanjuán Jaime: --"Conceder autorización, previa a la licencia municipal de obras, para la construcción de aprisco de ganado ovino, en suelo no urbanizable, polígono 6, paraje "Santa Ana" del término municipal de Ambel, instada por don Roberto Julio Sanjuán Jaime de conformidad con la documentación técnica presentada.

--Recordar al Ayuntamiento de Ambel que deberá tramitar ante esta Comisión la calificación de la actividad, previa a la licencia de obras, por ser una instalación clasificada dentro del vigente RAMINP de 30 de diciembre de 1961.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Ambel e interesados".

40.--Longares: Petición de revocación de oficio de una prescripción concerniente a la U. E. 22 (anterior U. E. número 23 en el documento de revisión adaptación) de la Modificación puntual de la Revisión Adaptación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento: --"Denegar la petición de la Alcaldesa de Longares, doña Carmen Yus, quien actúa en nombre y representación de la Corporación local, de iniciar alguno de los procedimientos previstos en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, respecto al acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación puntual de la Revisión Adaptación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Longares, recaído en Sesión de esta Comisión Provincial de fecha 26 de abril de 1995, en la parte correspondiente a la prescripción segunda del apartado segundo de la parte dispositiva de dicho acuerdo, que se refiere a la mayor previsión de espacios libres y zonas verdes de dominio y uso público en proporción aproximada a 18 m2 por vivienda o por cada 100 m2 de edificación residencial. Por cuanto dicha prescripción es declarativa de derechos en favor de la comunidad y su revocación sería contraria al ordenamiento jurídico, siendo ambas causas impeditivas de la revocación de actos, conforme a lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No apreciándose tampoco se dé ninguno de los supuestos rectificativos contemplados en el apartado 2 del citado precepto.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Longares".

41.--San Mateo de Gállego: Informe previo a la Resolución definitiva del expediente sancionador por infracción urbanística grave en el paraje "El Saso", del municipio de San Mateo de Gállego; seguido contra don Rafael Usar Gutiérrez y doña Margarita Sancho Cambra: --"Informar favorablemente la propuesta de resolución que se contienen en el expediente sancionador DU-94/35, COT-93/213 de imposición de una multa de seiscientas setenta mil setecientas sesenta y cinco pesetas (670.765,00 pesetas) a don Rafael Usar Gutiérrez y su esposa doña Margarita Sancho Cambra, por la comisión de una infracción urbanística grave consistente en la construcción de una edificación ilegal en terrenos clasificados como aptos para urbanizar sin desarrollar por el correspondiente Plan Parcial en Paraje "El Saso" del municipio de San Mateo de Gállego (Zaragoza), de conformidad con lo preceptuado, entre otros, en el artículo 262.2 del Texto Refundido de la vigente Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana y en el artículo 76.1 del Reglamento de Disciplina Urbanística".

42.--San Mateo de Gállego: Informe previo a la Resolución definitiva del expediente sancionador por infracción urbanística grave en el paraje "El Saso", del municipio de san Mateo de Gállego; seguido contra don Juan José Ortega Azorín: -- "Informar favorablemente la propuesta de resolución que se contienen en el expediente sancionador DU-94/89, COT-93/213 de imposición de una multa de setecientas veinticuatro mil ochocientas setenta y dos pesetas (724.872,00 pesetas) a don Juan José Ortega Azorín, por la comisión de una infracción urbanística grave consistente en la construcción de una edificación ilegal en terrenos clasificados como aptos para urbanizar sin desarrollar por el correspondiente Plan Parcial en Paraje "El Saso" del municipio de San Mateo de Gállego (Zaragoza), de conformidad con lo preceptuado, entre otros, en el artículo 262.2 del Texto Refundido de la vigente Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana y en el artículo 76.1 del Reglamento de Disciplina Urbanística".

43.--Dar cuenta de la Resolución de diversos recursos en vía administrativa relativos a Acuerdos adoptados por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio: --Resolución de 30 de agosto de 1995, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto por don Javier Midón Martínez, actuando en representación de don Juan José García Pelegrín, contra el acuerdo adoptado por la Comisión Provincial el día 24 de mayo de 1995 relativo a la aprobación definitiva del Plan Parcial "Gran Torrubia" del municipio de Muel con prescripciones.

--Resolución de 2 de agosto de 1995, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto por doña María Pilar y doña María Rosa López Murillo contra el acuerdo adoptado por la Comisión Provincial en sesión celebrada el día 2 de febrero de 1995, sobre aprobación definitiva del Anexo al Texto Refundido de las Normas Subsidiarias de Planeamiento municipal de Borja.

--Resolución de 21 de junio de 1995, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto por don José María García Gil contra el acuerdo adoptado por la Comisión Provincial el día 15 de diciembre de 1994, por el que se aprobó definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Calatayud relativo a la clasificación como suelo urbano, uso almacenes, de una parcela de 13.500 m2 situada en el paraje de la cera en el punto kilométrico 238,800 de la C.I.II.

--Resolución de 30 de junio de 1995, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto por doña María Visitación Pérez Pérez, don Alberto Pérez González y don Octavio Pérez Pérez contra acuerdo de la Comisión Provincial de fecha 15 de diciembre de 1994, sobre el Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Zuera. --Resolución de 2 de agosto de 1995, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto por doña Consuelo Guzmán Cordellat y cuatro personas más contra el acuerdo adoptado por la Comisión Provincial, de fecha 15 de diciembre de 1994, relativo al Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Zuera.

--Resolución de 23 de junio de 1995, declarando la inadmisibilidad por fuera de plazo del recurso ordinario interpuesto por don Enrique González Aznar, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Ainzón, contra el acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de 2 de febrero de 1995, por el que fue declarado el interés social y se concedió la autorización previa a la licencia municipal para las obras de ampliación y reforma de la "Torre Lon" en suelo no urbanizable del municipio de Borja.

--Resolución de 15 de junio de 1995, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto por don Carlos Llop Villalba contra el acuerdo de la Comisión Provincial de fecha 29 de septiembre de 1994, sobre aprobación definitiva del Plan Especial de Reforma Interior del Sector 3 de las NN. SS. de Planeamiento de Cadrete.

--Resolución de 15 de junio de 1995, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto por don José María Pardo Usieto y don Fernando Paricio Royo contra el acuerdo de la Comisión Provincial de fecha 29 de septiembre de 1994, sobre aprobación definitiva del Plan Especial de Reforma Interior del Sector 3 de las NN. SS.

de Planeamiento de Cadrete.

44.--Asumir el criterio de la Ponencia Técnica de Medio Ambiente y emitir informe para la calificación de la actividad de conformidad con el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas relativo a cincuenta y nueve expedientes, imponiéndose diversas medidas correctoras. Lo que se publica en este Boletín en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 216/1993 de 7 de diciembre.

Zaragoza a diecisiete de noviembre de mil novecientos noventa y cinco.--El Presidente de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio, Félix de los Ríos Barbany.