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ORDEN PRE/45/2017, de 18 de enero, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Fundación bancaria Ibercaja, para la implantación del "Programa Ibercaja de transformación e impulso para empresas del sector turístico de Aragón-TiT".

Publicado el 30/01/2017 (Nº 19)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2017/7/0004 el convenio suscrito, con fecha 20 de diciembre de 2016, por el Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón y el Jefe de la Obra Social de la Fundación bancaria Ibercaja, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 18 de enero de 2017.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA FUNDACIÓN BANCARIA IBERCAJA, PARA LA IMPLANTACIÓN DEL "PROGRAMA IBERCAJA DE TRANSFORMACIÓN E IMPULSO PARA EMPRESAS DEL SECTOR TURÍSTICO DE ARAGÓN-TIT"

En Zaragoza, a 20 de diciembre de 2016.

De una parte, D. José Luis Soro Domingo, Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón, nombrado por Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, conforme al Acuerdo de este órgano de fecha 8 de noviembre de 2016.

Y de otra, D. Juan Carlos Sánchez Bielsa, Jefe de la Obra Social de la Fundación bancaria Ibercaja, que tiene su domicilio social en Zaragoza, c/ Costa, 13, y CIF: G50000652, en representación de esta institución.

Los firmantes, en la representación con que actúan, se reconocen la capacidad legal para otorgar el presente convenio, en el que

Que el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, en el marco de sus competencias y alineado con su Plan Aragonés de Estrategia Turística 2016-2020 (PAET), y la Fundación bancaria Ibercaja, dentro de las actividades que realiza a través de su obra social, manifiestan su interés en promover el espíritu innovador de las empresas del sector turístico, por lo que manifiestan su compromiso en la puesta en marcha del "Programa Ibercaja de transformación e impulso para empresas del sector turístico de Aragón-TiT".

Que la Fundación bancaria Ibercaja, de acuerdo con sus estatutos, tiene dentro de sus fines la creación, realización y fomento de obras sociales y culturales que impulsen el desarrollo de su ámbito de actuación, especialmente actividades asistenciales, culturales, docentes, benéficas, de investigación o cualesquiera otras de finalidad social conforme a su naturaleza fundacional, siendo de interés de ambas partes complementar sus esfuerzos para conseguir los fines expuestos anteriormente, y en base a lo dispuesto en la Comisión de Ayudas de la Obra Social de la Fundación bancaria Ibercaja, deciden formalizar un convenio de colaboración con arreglo a las siguientes

Primera.- Objetivo.

El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre el Gobierno de Aragón, a través de su Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, y la Fundación bancaria Ibercaja, para promover el espíritu colaborador entre las empresas del sector en la creación de ofertas integradas de "paquetes innovadores" y su promoción/posicionamiento en el mercado turístico nacional e internacional. Se trata de impulsar el conocimiento como factor de crecimiento económico, contribuyendo a incrementar el turismo de calidad, excelencia y experiencial en Aragón a través de dicho programa.

El objetivo de esta primera edición del programa es llegar al menos a diez empresas del sector turístico en cada una de las tres provincias de la Comunidad Autónoma de Aragón. Cada empresa podrá participar con un número de una a cinco personas, según interés de la propia empresa.

El programa trabajará en torno a una idea tractora, en cada una de las tres provincias de la Comunidad Autónoma de Aragón, con el objetivo de diseñar un paquete de servicios coordinado entre las diversas empresas participantes y donde cada una de ellas desarrolle un servicio específicamente diseñado para el paquete:

- Huesca: "Románico y naturaleza".

- Teruel: "Guerra Civil Española y otros espacios culturales".

- Zaragoza: "Goya".

El proceso de selección de las mismas se hará por orden de inscripción (a través de la página web de Ibercide-Centro Ibercaja de Desarrollo Empresarial, centro de la Obra Social de Ibercaja, donde se realizará dicho programa) y siempre teniendo en cuenta que deben estar alineadas con la idea tractora que, en todo momento, vertebrará el programa.

El proceso de selección se llevará a cabo en una comisión técnica específica constituida por miembros, tanto de la Fundación bancaria Ibercaja, como del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón, y un representante de la empresa coordinadora del programa.

Segunda.- Obligaciones.

Fundación bancaria Ibercaja aportará las infraestructuras necesarias para el desarrollo del programa en las instalaciones del Centro Ibercaja de Desarrollo Empresarial-Ibercide en Zaragoza, el Centro Ibercaja Huesca Palacio Villahermosa y el Centro Ibercaja Teruel.

El Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón, a través de la Dirección General de Turismo, se compromete a:

- Apoyar la difusión del programa para la captación y selección de las, al menos, diez empresas en Huesca, Teruel y Zaragoza, respectivamente, a través de sus canales habituales.

- Apoyar institucionalmente a Ibercide-Centro Ibercaja de Desarrollo Empresarial (Obra Social de Ibercaja), en los actos de comunicación y de promoción del programa.

- Una vez puesto en marcha el programa, apoyar en la difusión de los productos resultantes del mismo en sus canales y formatos habituales. Dicho apoyo, queda condicionado a la salvaguarda que la Dirección General de Turismo nunca podrá favorecer la venta directa de los productos resultantes, sino que, dentro de la promoción genérica que la Dirección General de Turismo realiza de cada una de estas temáticas, apoyará la difusión de los productos resultantes relacionados con los conceptos "Goya", en Zaragoza; "Románico y naturaleza", en Huesca y la "Guerra Civil Española y otros espacios culturales", en Teruel.

Tercera.- Difusión de la colaboración.

Este convenio conlleva la autorización a Fundación bancaria Ibercaja por parte del Gobierno de Aragón para difundir su nombre y todos los aspectos relativos a esta colaboración en cuantos medios considere oportuno utilizar, respetando lo establecido en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Asimismo, el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, asume el compromiso de divulgar este convenio en su memoria anual de actividades, en su página web y en cuantas actuaciones realicen sobre el mismo, dejando patente la participación de Fundación bancaria Ibercaja, a través de su obra social, mediante los logotipos que ésta proporcione.

La difusión de la participación de la Fundación bancaria Ibercaja, en el marco de un convenio de colaboración empresarial, no constituye una prestación de servicios, según contempla el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, y el Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, que la desarrolla.

Cuarta.- Seguimiento de la colaboración.

Se constituirá una comisión técnica específica de este convenio, formada, como mínimo, por un técnico de cada una de las partes firmantes y de la empresa coordinadora del programa. Esta comisión tendrá como objetivo la evaluación y el seguimiento de los proyectos desarrollados al amparo del presente convenio, la concreción del plan de difusión para la promoción del programa y de los canales de promoción de los productos resultantes de dicho programa.

Esta comisión se reunirá como mínimo dos veces a lo largo del programa.

Quinta.- Protección de datos y confidencialidad.

Las partes se obligan al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y demás normativa aplicable en materia de protección de datos que obligan al cumplimiento de la ley.

Ambas partes se someten a las más rigurosas normas de confidencialidad y acuerdan que ese deber de confidencialidad sobre los datos o informaciones se mantendrá aun extinguido o resuelto el presente convenio.

Sexta.- Duración.

Este convenio tendrá una duración de un año desde su firma, extinguiéndose automáticamente en esa fecha y no prorrogándose, por tanto, salvo pacto expreso entre las partes.

El presente convenio de colaboración se podrá extinguir por los siguientes motivos:

1. Mutuo acuerdo expreso entre las partes.

2. Imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin propuesto.

3. El incumplimiento grave acreditado de alguna de las partes.

En los supuestos de extinción, se comunicará ésta por escrito a la otra parte con una antelación mínima de un mes.

Séptima.- Naturaleza y jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido de la aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud de lo dispuesto en su artículo 4.1.c) y d).

Las controversias sobre su aplicación y ejecución serán resueltas de mutuo acuerdo entre las partes en la Comisión de seguimiento. Si no se pudiera alcanzar dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas en la forma prevista en la jurisdicción contencioso-administrativa, planteándose la resolución de cualquier conflicto ante los juzgados y tribunales de la ciudad de Zaragoza.

En prueba de su conformidad, se firma por las partes este documento, por duplicado en todas las hojas y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento de este convenio.