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RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2020, del Director General de Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se modifica la Resolución de 21 de octubre de 2020, del Director General de Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se aprueba el protocolo para prevenir contagios por COVID-19 durante la realización de los ejercicios de oposición convocados por esta Dirección General.

Publicado el 12/01/2021 (Nº 6)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

En el "Boletín Oficial de Aragón", número 221, de 6 de noviembre de 2020, se publicó la Resolución de 21 de octubre de 2020, del Director General de Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se aprueba el protocolo para prevenir contagios por COVID-19 durante la realización de los ejercicios de oposición convocados por esta Dirección General.

Advertida con posterioridad una discrepancia en relación al tipo de mascarillas que se facilitarán en los apartados 1.2 y 1.4 del Protocolo para prevenir contagios por COVID-19 durante la realización de los ejercicios de oposición convocados por la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, recogido en el anexo I de la citada Resolución, procede modificar el apartado 1.4 para garantizar la adecuada protección de las personas interesadas en todo momento.

En base a lo señalado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1.e) del Decreto 311/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, resuelvo:

Modificar el primer punto del apartado 1.4 del anexo I de la Resolución de 21 de octubre de 2020, del Director General de Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se aprueba el protocolo para prevenir contagios por COVID-19 durante la realización de los ejercicios de oposición convocados por esta Dirección General, que queda redactado de la siguiente forma:

Cuando una persona que se esté examinando inicie síntomas o estos sean detectados por personal del centro, se le llevará a un espacio separado. Se facilitará una mascarilla autofiltrante FFP2 y otra para la persona que cuide de él/ella. Se le llevará a una sala para uso individual, elegida previamente, que cuente con ventilación adecuada y con una papelera abierta o de pedal con bolsa, donde tirar la mascarilla y pañuelos desechables. Se le avisará que debe contactar con su centro de salud o con el teléfono de referencia de la comunidad autónoma, para que se evalúe su caso.

Segundo.- Aquellos aspirantes que, no cumpliendo este requisito, hayan presentado solicitud de participación en el mencionado proceso selectivo con anterioridad a la publicación de esta Resolución, tendrán derecho a la devolución de la tasa abonada por derechos de examen, previa solicitud.

Tercero.- Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la presente Resolución, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 28 de diciembre de 2020.

El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, ESTEBAN DEL RUSTE AGUILAR