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RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2014, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por turno independiente para discapacitados físicos o sensoriales, en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Superior de Administración, Administradores Superiores.

Publicado el 28/04/2014 (Nº 81)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Los Decretos 22/2014 y 23/2014, de 18 de febrero, del Gobierno de Aragón, por los que se aprueban, respectivamente, las Ofertas complementarias de la Oferta de Empleo Público de 2007 y de la Oferta de Empleo Público de 2011, en el ámbito de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 38, de 24 de febrero de 2014), establecen, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional sexta de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, la reserva de un número de plazas propias de funcionarios para ser cubiertas, mediante convocatoria independiente, entre quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad.

Además, los mencionados Decretos prevén en su artículo octavo la posibilidad de acumular los procesos selectivos derivados de ambas ofertas.

La acumulación supondrá la realización de un único proceso selectivo para cubrir el número total de plazas incluidas en las dos Ofertas citadas.

A la vista de lo expuesto, y en cumplimiento de lo dispuesto en los Decretos 22/2014 y 23/2014, de 18 de febrero, del Gobierno de Aragón, así como de la normativa que regula el acceso de personas con discapacidad al empleo público, y con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración, se convoca el presente proceso selectivo con arreglo a las siguientes bases:

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, mediante turno independiente para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad en un grado igual o superior al treinta y tres por ciento, 3 plazas del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Superior de Administración, Administradores Superiores, reservando las mismas para discapacitados físicos o sensoriales.

1.2. El Tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de un número de aprobados superior al de las plazas convocadas, y ello sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. El hecho de aprobar todos los ejercicios en que se estructura la oposición no otorgará derecho alguno al aspirante respecto a las plazas convocadas.

Las plazas que no resulten cubiertas se acumularán a las de turno libre de la Oferta de Empleo Público complementaria de 2011.

1.3. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición, seguido de un período de prácticas y un curso de formación selectivo con evaluación final.

La oposición consistirá en la realización de cuatro ejercicios de carácter eliminatorio. La realización de los cuatro ejercicios es obligatoria para superar la oposición. Los aspirantes que no posean nacionalidad española deberán realizar con carácter previo a la determinación de los aspirantes que han superado la oposición, una prueba de conocimiento y comprensión del idioma castellano, que se calificará de "apto" o "no apto". Queda exento de esta prueba el personal laboral fijo o funcionario de carrera al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, o quien ya la hubiese superado en convocatorias anteriores de acceso a esta Administración.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

1.5. El primer ejercicio de la oposición tendrá lugar a partir de los tres meses siguientes a la publicación de esta convocatoria.

1.6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del procedimiento selectivo, la exposición en los tablones de anuncios de las Oficinas del Servicio de Información y Documentación Administrativa del Gobierno de Aragón: en Huesca (Plaza de Cervantes, 1), en Teruel (Calle San Francisco,1), en Zaragoza (Edificio Pignatelli - Paseo María Agustín, 36 -), así como en las Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón en Alcañiz (Avda. Bartolomé Esteban, 58), Calatayud (Plaza de España, 1), Ejea de los Caballeros (Calle Mediavilla, 27), Jaca (Avda. Levante, 10), Tarazona (Avda. La Paz, 29), Calamocha (Calle Melchor de Luzón, 6), Fraga (Calle San Quintín, 1) y Barbastro (Calle Conde, s/n). Además, se publicarán en el "Boletín Oficial de Aragón", las resoluciones para las que así lo establecen expresamente las bases de esta convocatoria.

Asimismo toda la información del proceso estará disponible en la página web www.aragon.es/Temas/Empleo.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea; o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes; o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

d) Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título Universitario Oficial de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.

e) Tener un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento de tipo físico o sensorial, con carácter exclusivo o prevalente, y poseer la capacidad funcional para el desarrollo de las tareas propias de la Escala a la que se aspira. Ambas circunstancias deberán acreditarse mediante certificado expedido por los órganos competentes, salvo que tales datos obren ya en esta Administración (Instituto Aragonés de Servicios Sociales).

f) Haber abonado la correspondiente Tasa a que hace mención la base 3.5.

2.2. Todos los requisitos enumerados en esta Base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de toma de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud, según modelo aprobado por Orden de 19 de agosto de 2003 ("Boletín Oficial de Aragón", número 109, de 8 de septiembre de 2003) que será facilitada a través de Internet, cumplimentando el modelo 524 que aparece en la página web oficial del Gobierno de Aragón en la dirección www.aragon.es/Temas/Empleo.

3.2. Los aspirantes, en atención a su discapacidad, podrán hacerlo constar en el espacio correspondiente de la solicitud, indicando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible.

3.3. La presentación de solicitudes se hará en los Registros Generales del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no siendo posible su presentación por medios telemáticos, y se dirigirán al Instituto Aragonés de Administración Pública, una vez debidamente cumplimentadas y diligenciadas con la recaudación de la Tasa.

En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que aquélla sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.

3.4. El plazo para presentar las solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria. Si el plazo finaliza en sábado, se entenderá prorrogado hasta el siguiente día hábil.

3.5. La Tasa por derechos de examen será de 39,43 euros, cuyo pago podrá realizarse por alguno de los medios siguientes:

-En efectivo, en la Caja de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Aragón en Zaragoza o en la Caja de las Subdirecciones Provinciales de Hacienda y Administración Pública de Huesca, Teruel y Zaragoza.

-Ingreso en las cuentas de las Entidades de Crédito colaboradoras en la gestión recaudatoria del Gobierno de Aragón, autorizadas para el cobro de las tasas.

En ningún caso la presentación y pago en la Entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud en el Registro del Gobierno de Aragón.

3.6. Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, conforme a la normativa vigente que les sea de aplicación.

b) Los demandantes de empleo que figuren inscritos como desempleados durante el plazo, al menos, de los seis meses anteriores a la fecha de convocatoria de las pruebas selectivas.

Ambas circunstancias deberán ser debidamente acreditadas con la presentación de la instancia para tomar parte en las pruebas selectivas. En el supuesto previsto en el apartado b), deberá aportarse informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo expedido por el Instituto Aragonés de Empleo (puede obtenerse on line a través de la Oficina Electrónica de su página web www.aragon.es/inaem) o documento acreditativo equivalente expedido por el Servicio Público de Empleo competente.

3.7. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, únicamente procederá la devolución del importe de la tasa en los siguientes supuestos:

a) Cuando no se hubieran prestado, o se hubieran prestado de forma notoriamente deficiente, por causa imputable a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, los servicios y actuaciones administrativas relativos a la admisión o exclusión de los aspirantes en los correspondientes procesos selectivos.

b) Cuando se hubiera presentado la solicitud de admisión fuera del plazo previsto en esta convocatoria.

c) Cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución administrativa o sentencia judicial firmes.

3.8. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios dictará resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", por la que se aprueba la relación provisional de candidatos admitidos y, en su caso, excluidos, indicando las causas de exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

4.3. La resolución conteniendo las listas definitivas de admitidos y excluidos se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón". En dicha resolución se señalará lugar y fecha de comienzo del primer ejercicio.

La admisión definitiva lo es sin perjuicio de la obligación de los aspirantes que superen el proceso selectivo de acreditar el cumplimiento de los requisitos de admisión exigidos en la convocatoria.

5. Tribunal calificador.

5.1. La composición del Tribunal será la que se especifica en el anexo I.

Cualquier modificación posterior de la composición del Tribunal calificador se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Aragonés de Administración Pública (Paseo M.ª Agustín, 26 B - 50004 Zaragoza).

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los candidatos podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando entiendan que se dan dichas circunstancias, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la citada ley.

5.3. El Presidente del Tribunal coordinará la realización de las pruebas y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad. El Secretario del Tribunal tendrá voz y voto.

5.4. El Tribunal resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 25 y siguientes del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma, aprobado por Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

5.6. El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría primera de las señaladas en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

6. Estructura de las pruebas selectivas.

6.1. El primer ejercicio consistirá en desarrollar por escrito dos temas de carácter general que propondrá el Tribunal, relacionados, sin ser coincidentes, con las materias del programa.

El Tribunal señalará en el momento de proponer este ejercicio el tiempo concedido para su realización, sin que su duración pueda exceder de tres horas.

El ejercicio será leído literalmente por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la formación general, la capacidad de análisis, el orden y la claridad de las ideas desarrolladas así como la corrección en la expresión escrita.

6.2. El segundo ejercicio constará de dos pruebas de idiomas, la primera de carácter obligatorio y eliminatorio y la segunda de carácter voluntario y no eliminatorio.

Primera prueba: realización por escrito de la traducción directa al castellano, sin diccionario, de un documento redactado en inglés o francés, según la elección del aspirante. Para su realización los aspirantes dispondrán de una hora.

Los aspirantes con nacionalidad distinta a la española optarán a los idiomas francés o inglés siempre y cuando ninguno de ellos sea oficial en su Estado de origen, en cuyo caso éste será sustituido, a efectos de la opción, por otro idioma oficial en otro Estado de la Unión Europea.

Segunda prueba: Elaboración de un resumen en inglés o francés, según la elección del aspirante, de un texto que les será leído a los opositores en la lengua elegida. Para su realización los aspirantes dispondrán de media hora.

El ejercicio correspondiente a cada una de estas pruebas deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal. Finalizada la lectura de la segunda prueba, en el supuesto de haberse realizado, el Tribunal dispondrá de diez minutos para dialogar con el aspirante en la lengua elegida.

Se valorará el conocimiento de la lengua elegida, la capacidad de comprensión y síntesis y la calidad de la versión en castellano.

6.3. El tercer ejercicio consistirá en exponer oralmente en sesión pública cuatro temas, sacados al azar, dos extraídos del Grupo Primero de materias, uno del Grupo Segundo y otro del Grupo Tercero. La exposición, que tendrá una duración de entre 45 y 50 minutos, seguirá el orden con el que aparecen los temas en el programa.

Los candidatos dispondrán de un período de veinte minutos para la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes, si bien podrán utilizar durante la exposición el esquema o guión que hayan realizado.

Finalizada la actuación del candidato, el Tribunal podrá dialogar con él durante un período máximo de veinte minutos sobre las cuestiones expuestas o relacionadas con los temas que haya desarrollado.

6.4. El cuarto ejercicio consistirá en el desarrollo y resolución de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal, que estará relacionado con el ejercicio de las funciones propias de las plazas convocadas.

El Tribunal señalará en el momento de proponer el ejercicio el tiempo máximo concedido para su resolución, pudiéndose utilizar cuantos libros, textos o documentos, en soporte papel, se considere necesarios, aportados por los propios candidatos o disponibles en el local escogido por el Tribunal para realizar el ejercicio.

El ejercicio será leído literalmente en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el candidato durante diez minutos sobre las cuestiones relacionadas con el planteamiento y resolución del supuesto.

6.5. El Tribunal elaborará un listado con los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, por orden descendente de puntuación total. Aquéllos que obtengan mayor puntuación serán nombrados funcionarios en prácticas, sin que el número de los mismos pueda superar al de plazas convocadas, sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

El período de prácticas incluirá un curso de formación cuya duración y contenido será fijado por el Instituto Aragonés de Administración Pública.

7. Desarrollo de los ejercicios.

7.1. La fecha exacta de comienzo del primer ejercicio se determinará en la resolución a que alude la base 4.3. La fecha de los sucesivos ejercicios se hará pública por los medios señalados en la base 1.6.

7.2. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los candidatos para que acrediten su identidad.

7.3. Los candidatos serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, y serán excluidos de las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal. Se entenderá que existe fuerza mayor cuando la situación creada impida el acceso a las aulas o la realización física del ejercicio, y se trate de situaciones de las que se presuma que afectan a todos o a gran parte de los candidatos y al llamamiento y lugar correspondiente.

No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de la hospitalización, con motivo de embarazo y/o parto de las aspirantes, con el día de la celebración de alguna prueba en la que tengan que participar. Para ello las aspirantes deberán presentar, dentro del plazo de los cinco días naturales anteriores o posteriores a la realización de la prueba (en este último caso por el ingreso por urgencia), un escrito dirigido al Presidente del Tribunal comunicando el hecho de la hospitalización, y adjuntando informe médico que lo demuestre, junto con la solicitud expresa del deseo de la realización de la prueba.

El escrito será presentado en el registro general del Gobierno de Aragón y remitido al IAAP por fax al número 976714368 o al correo electrónico iaap@aragon.es y en él se deberá indicar obligatoriamente uno o dos teléfonos, preferentemente móviles, de contacto con la interesada.

7.4. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, deberá proponer su exclusión al Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, quien resolverá, previa audiencia del interesado.

8. Calificación.

8.1. El primer ejercicio de la oposición se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos en cada uno de los dos temas para superarlo.

8.2. El segundo ejercicio de la oposición se calificará de la siguiente forma:

Primera prueba: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.

Segunda prueba: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para su valoración.

8.3. El tercer ejercicio de la oposición se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener como mínimo 10 puntos y no haber sido calificado con 0 puntos en ninguno de los temas.

8.4. El cuarto ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario un mínimo de 10 puntos para superarlo.

8.5. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios obligatorios. A esta puntuación se añadirá la obtenida en el ejercicio voluntario sólo a efectos del orden en la lista de aprobados.

El Tribunal elaborará una lista con los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, por orden descendente de puntuación total. No se incluirán en esta lista los aspirantes que hayan sido calificados "no apto" en la prueba señalada en la base 1.3.

8.6. Concluidos los ejercicios de la oposición, y a propuesta del Tribunal calificador, el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios hará públicas las listas de aspirantes propuestos para ser nombrados funcionarios en prácticas, por orden de puntuación, sin que el número total de seleccionados pueda rebasar el de plazas convocadas.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida sucesivamente en los ejercicios tercero, primero, cuarto y segundo. Como criterio residual de desempate, una vez aplicados, en su caso, los criterios anteriores, regirá lo dispuesto en la Resolución de 4 de marzo de 2014, del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo previsto en el artículo 17 del Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón.

8.7. El período de prácticas y el curso de formación darán lugar a una calificación de "apto" o "no apto", siendo necesaria la obtención de "apto" para superarlo.

8.8. Queda derogada la Resolución de 4 de julio de 2006, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se da publicidad al programa que regirá las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Superior de Administración, Administradores Superiores.

9. Listas de espera para nombramiento de interinos.

9.1. En las solicitudes, los aspirantes podrán manifestar su voluntad de acceder, en el caso de no superar el proceso selectivo, a las listas de espera de nombramiento de interinos.

9.2. Tras la finalización de los ejercicios de la oposición, el Tribunal de selección actuante confeccionará la correspondiente lista que contendrá la relación de aspirantes que sin haber superado el proceso selectivo, han aprobado alguno de sus ejercicios. La ordenación de los candidatos en dicha lista de espera se hará atendiendo al número de ejercicios superados, a igual número de los mismos se atenderá a la puntuación total obtenida en los mismos, no teniéndose en cuenta las puntuaciones obtenidas en los ejercicios suspendidos.

Los posibles empates entre candidatos a los efectos de ordenación de los aspirantes en este proceso selectivo, se resolverán atendiendo al resultado del sorteo efectuado por el Instituto Aragonés de Administración Pública en fecha 4 de marzo de 2014 ("Boletín Oficial de Aragón", número 58, de 24 de marzo de 2014).

9.3. La referida lista, ordenada conforme los criterios anteriores, será remitida por el Tribunal a la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios para su aprobación y publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", haciendo constar el nombre y apellidos de los candidatos, las provincias o localidades solicitadas, y documento nacional de identidad.

10. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios en prácticas.

10.1. Dentro del plazo de 20 días naturales desde que se hagan públicas las listas de aspirantes propuestos para ser nombrados funcionarios en prácticas, los candidatos que figuren en ella deberán aportar los documentos acreditativos de los requisitos de admisibilidad exigidos en esta convocatoria.

10.2. Los documentos a que se refiere el punto anterior deberán ser presentados en cualquiera de las unidades de registro del Gobierno de Aragón, y dirigidos al Director del Instituto Aragonés de Administración Pública. Estos documentos son:

a) Los de nacionalidad española, fotocopia del documento nacional de Identidad.

Los nacionales de otros estados de la Unión Europea, o las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, fotocopia compulsada del pasaporte o de documento válido acreditativo de su nacionalidad.

Los familiares de los anteriores, referidos en la base 2.1.a), además, fotocopia compulsada del documento acreditativo del vínculo de parentesco y declaración jurada del ciudadano de país europeo al que afecta dicho vínculo haciendo constar que no está separado de derecho de su cónyuge o, en su caso, que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

b) Fotocopia compulsada del Título a que se refiere la base 2.1.d), o certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos correspondientes, así como abonados los derechos para la expedición de aquel título.

Los títulos procedentes de otros Estados deberán estar debidamente homologados por la Administración educativa española y deberá adjuntarse a ellos la credencial que acredite dicha homologación. En el caso de titulaciones que acrediten la formación en alguno de los otros Estados asociados al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, esta credencial podrá suplirse por la credencial de reconocimiento para el ejercicio de una profesión regulada en aplicación de las directivas de reconocimiento de titulaciones.

c) Fotocopia compulsada del Certificado por el que se reconoce la discapacidad o resolución por la que se reconoce la incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán presentar, además, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

10.3. Dentro del mismo plazo de veinte días naturales, los aprobados en la oposición recibirán en el domicilio que hagan constar en su solicitud una citación para someterse al reconocimiento médico previo al ingreso, dando así cumplimiento a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. El reconocimiento médico será obligatorio, y deberá emitir, además, un juicio de aptitud respecto a la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Escala o Clase de Especialidad. En el caso de informe negativo, o si un aspirante no se somete al reconocimiento, no podrá ser nombrado funcionario en prácticas, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a él se refiere. El informe médico será confidencial, respetando en todo el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su protección, sin que pueda ser utilizado para otra finalidad distinta.

10.4. Quienes dentro del plazo señalado no presenten la documentación exigida, salvo los casos de fuerza mayor, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a ellos se refieren.

10.5. El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas.

10.6. A los funcionarios en prácticas se les aplicará, durante el tiempo que mantengan tal condición, el régimen retributivo establecido en el artículo 8.6 de la Ley 4/1998, de 8 de abril, ("Boletín Oficial de Aragón", número 43, de 13 de abril de 1998) modificado por el artículo 31 de la Ley 26/2003, de 30 de diciembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 156, de 31 de diciembre de 2003).

11. Nombramiento de funcionarios de carrera.

11.1. Los candidatos que superen el período de prácticas y el curso de formación serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Funcionarios Superiores, Escala Superior de la Administración, Administradores Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, por el Consejero de Hacienda y Administración Pública. La orden de nombramiento se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

11.2. Los funcionarios de nuevo ingreso ocuparán los puestos de trabajo que se les ofrezcan, de acuerdo con las necesidades del servicio, y según las preferencias manifestadas, por riguroso orden de puntuación final.

11.3. En el caso de que para el desempeño de alguno de los puestos de trabajo ofrecidos como primer destino se exija en la Relación de Puestos de Trabajo el requisito de nacionalidad española, queda excluido de la posibilidad de ser elegido por los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta de la española.

12. Disposiciones finales.

12.1. El orden de actuación comenzará con el primer aspirante cuyo primer apellido se inicie con la letra "B", de acuerdo con el resultado del sorteo celebrado el día 4 de marzo de 2014 ("Boletín Oficial de Aragón", número 58, de 24 de marzo).

12.2. Para lo no previsto en esta convocatoria, será de aplicación lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto-Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón; en el Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública, y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón; en el Decreto 80/1997, de 10 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y, promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; y en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

12.3. Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes desde su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante la interposición de los siguientes recursos, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la respectiva publicación o notificación:

- Contra las Resoluciones del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública.

- Contra los actos y decisiones del Tribunal que imposibiliten la continuación del procedimiento para el interesado o produzcan indefensión, recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública.

Zaragoza, 11 de abril de 2014.

El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios,

IGNACIO MURILLO GARCÍA-ATANCE

ANEXO I

TRIBUNAL

La composición del Tribunal se determinará en el momento de publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos.

ANEXO II

PROGRAMA DE LAS OPOSICIONES AL CUERPO DE FUNCIONARIOS SUPERIORES DE LA ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN, ESCALA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN, ADMINISTRADORES SUPERIORES

Grupo Primero

Derecho político y constitucional

1. Teoría del Estado. Elementos constitutivos del Estado: el territorio y la población. Nacionalidad y ciudadanía. La soberanía.

2. La estructura del Estado. Estados unitarios y Estados compuestos. Nacionalismo y Estado. Sistemas federales.

3. La teoría de la división de poderes: formulación clásica y realidad política actual. Democracia y teoría de la representación.

4. Concepto y clases de Constitución. Nociones de poder constituyente y constituido. Valor normativo de la Constitución. La reforma de la Constitución.

5. La Constitución española de 1978. Principios constitucionales. Derechos fundamentales y libertades públicas. Deberes de los Ciudadanos. Garantía y suspensión de los derechos y libertades.

6. Concepto de Estado social y democrático de Derecho. La monarquía parlamentaria. La Corona en la Constitución Española.

7. El sistema de fuentes del derecho y las relaciones entre ordenamientos jurídicos. La Constitución como norma suprema y la primacía del derecho comunitario.

8. Participación política. Formas de participación directa de los ciudadanos. Régimen jurídico de los partidos políticos.

9. El régimen electoral general. Sistema, administración y procedimiento electoral. Regulación de las elecciones a Cortes de Aragón.

10. Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados y Senado: composición, funciones y régimen de funcionamiento. El procedimiento legislativo.

11. El Gobierno en el sistema constitucional español. Formación, composición y funciones. Control parlamentario del Gobierno.

12. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal.

13. El Tribunal Constitucional. Organización y atribuciones. Procedimientos de control de constitucionalidad de las leyes. Conflictos constitucionales. Efectos de las sentencias.

14. Órganos constitucionales de control del Gobierno: Defensor del Pueblo y Tribunal de Cuentas. La función consultiva: el Consejo de Estado y el Consejo Económico y Social.

15. Las Comunidades Autónomas en la Constitución. Su consideración como instituciones del Estado. Principios constitucionales de unidad y autonomía. Principio de cooperación.

16. Los Estatutos de Autonomía. Naturaleza y contenido. Posición normativa en el ordenamiento jurídico. La reforma de los Estatutos.

17. Distribución de competencias entre Estado y Comunidades Autónomas. Normas de delimitación de competencias. Proceso de traspasos de funciones y servicios. Relaciones entre la Administración del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas.

18. Relaciones entre ordenamiento jurídico estatal y ordenamientos autonómicos. Ejecución autonómica de la legislación estatal. Cláusulas de prevalencia y supletoriedad del Derecho estatal.

19. La financiación de las Comunidades Autónomas. Principios generales. Recursos de las Comunidades Autónomas. El Fondo de Compensación Interterritorial. Fondos Europeos y Comunidades Autónomas.

20. El Estatuto de Autonomía de Aragón. Proceso de elaboración, estructura y características generales. El procedimiento de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón. Régimen de competencias de la Comunidad Autónoma.

21. Las Cortes de Aragón. Composición y régimen de funcionamiento. Funciones legislativa, presupuestaria y de control. Estatuto de los parlamentarios.

22. El Presidente. El Gobierno de Aragón o Diputación General. El estatuto personal de sus miembros. Responsabilidad política del Presidente y de los Consejeros. Funciones y reglas de funcionamiento.

23. El Justicia de Aragón. La Cámara de Cuentas. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

24. Régimen Local español: principios básicos. La Provincia y el Municipio. Relaciones de la Administración Local con la Administración estatal y autonómica.

Derecho Administrativo

25. El concepto positivo de derecho administrativo. Consecuencias de este concepto. La especificidad del derecho administrativo y sus características: el equilibrio entre prerrogativas y garantías. Límite de aplicación del derecho administrativo.

26. El ordenamiento jurídico-administrativo. Las fuentes. Principios que ordenan el sistema de fuentes: el principio de jerarquía y el principio de competencia. Los principios generales del derecho y la costumbre en el derecho administrativo. La jurisprudencia.

27. La Constitución como norma jurídica. La Ley. Leyes orgánicas. Leyes ordinarias. El Decreto-Ley y el Decreto-Legislativo. Las leyes del artículo 150 de la Constitución.

28. El reglamento. Concepto y justificación. Requisitos de validez. La inderogabilidad singular de los reglamentos. Clases de reglamentos. Reglamentos ilegales.

29. Principios que presiden las relaciones entre ley y reglamentos: la primacía de la ley y la reserva de ley. La delegación legislativa.

30. La Administración Pública y su personalidad jurídica. Clases de Administraciones Públicas y tipología de los entes públicos. Capacidad jurídica de los entes públicos.

31. La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. Principios generales. Organización administrativa. Ejercicio de las competencias atribuidas.

32. La Administración institucional en la Comunidad Autónoma de Aragón. Organismos públicos: clasificación, adscripción, creación, régimen jurídico y extinción. Organismos autónomos. Entidades de derecho público. Empresas de la Comunidad Autónoma.

33. Otras fórmulas de personificación: las fundaciones públicas, los consorcios. Administración corporativa: Colegios profesionales y Cámaras Agrarias. Administración consultiva: el Consejo Consultivo del Gobierno de Aragón, el Consejo Económico y Social de Aragón.

34. La Administración General del Estado. Órganos centrales. Órganos periféricos. Administración institucional. Administración consultiva.

35. La Ley de Administración Local de Aragón. Municipio y demás entidades locales. Regulación común a las entidades locales. La comarcalización de Aragón: regulación general de las comarcas y régimen jurídico de sus competencias.

36. El principio de legalidad de la Administración. Las potestades administrativas: potestades regladas y discrecionales. El control de la discrecionalidad. Las relaciones entre Administración y Justicia y el principio de autotutela.

37. Posición jurídica del particular en sus relaciones con la Administración. Capacidad jurídica y de obrar. Las situaciones jurídicas del ciudadano ante la Administración. Derechos públicos subjetivos, intereses legítimos y libertades públicas. Las situaciones pasivas. Las prestaciones del administrado.

38. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. La eficacia de los actos. Notificación y publicación de los actos administrativos. El silencio administrativo. Ejecución de los actos administrativos.

39. La teoría de la nulidad en el Derecho Administrativo. La nulidad absoluta. La anulabilidad. Las irregularidades no invalidantes. Convalidación, conservación y conversión de los actos administrativos. La revisión y revocación de los actos.

40. El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y fines. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: ámbito de aplicación y principios informadores. Fases del procedimiento. Cómputo de plazos.

41. Los recursos administrativos: concepto y caracterización. Clases de recursos y regulación positiva. Recurso de alzada. Recurso de reposición. Recurso extraordinario de revisión. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales. Las reclamaciones económico-administrativas.

42. La actividad de las Administraciones Públicas (I). Actividad limitativa y protección del orden público. Actividad de fomento.

43. La actividad de las Administraciones Públicas (II). Servicio público. La doctrina clásica y su evolución. Los distintos modos de gestión de los servicios públicos. La llamada actividad industrial de la Administración. La asunción por la Administración de actividades privadas: sus instrumentos.

44. Contratación pública (I). Directivas comunitarias en materia de contratación pública. Legislación estatal en materia de contratos del Sector Público. Objeto y ámbito de aplicación subjetivo y objetivo. Normativa aragonesa en materia de contratación pública.

45. Contratación pública (II) Los contratos del sector público. Clases de contratos. Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos.

46. Contratación pública (III) Contratos de las Administraciones Públicas: Preparación de los contratos. Selección del contratista y adjudicación de los contratos. Prerrogativas de la Administración. Ejecución y modificación de los contratos; legislación sobre lucha contra la morosidad de las Administraciones Públicas. Extinción. La cesión de los contratos y la subcontratación.

47. Contratación pública (IV). Contratación de las entidades del sector público que no tienen el carácter de Administración Pública. Técnicas para la racionalización de la contratación. Contratación electrónica.

48. Los convenios de colaboración. Naturaleza jurídica: deslinde de los contratos y las subvenciones. Régimen jurídico de los Convenios. Normativa específica aragonesa en materia de Convenios.

49. La potestad sancionadora. Concepto. Principios de la potestad sancionadora y del procedimiento sancionador. Clases de sanciones. El procedimiento ordinario.

50. La potestad expropiatoria: naturaleza y justificación. Los sujetos, el objeto y la causa. El procedimiento expropiatorio en general. La indemnización expropiatoria o justiprecio. Procedimientos especiales: la expropiación por razones de urgencia. Garantías jurisdiccionales.

51. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Antecedentes y régimen vigente. Presupuestos. Efectividad de la reparación. Procedimiento. Responsabilidad del personal y de las autoridades al servicio de la Administración Pública. Responsabilidad de la Administración por actos de los contratistas. La responsabilidad del Estado legislador. Responsabilidad del Estado por incumplimiento de Derecho comunitario.

52. El control jurisdiccional de la Administración (I).El recurso contencioso-administrativo. Las partes. El objeto. El procedimiento. La sentencia. Recursos contra las sentencias.

53. El control jurisdiccional de la Administración (II). La Administración y la Justicia ordinaria. La posición especial de la Administración en el proceso ordinario. Las reclamaciones administrativas previas a la vía judicial.

54. El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón (I). El dominio público: concepto, naturaleza jurídica y elementos. Régimen jurídico.

55. El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón (II). El dominio privado: concepto y régimen jurídico. El sector empresarial del patrimonio de Aragón.

56. La Función Pública en Aragón (I). Bases constitucionales y estatutarias, regulación legal. Clases de Empleados Públicos. Acceso a la función pública. Carrera administrativa. Situaciones administrativas y extinción de la relación funcionarial.

57. La Función Pública en Aragón (II). Derechos y deberes. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Órganos de representación y participación. Régimen del personal laboral. Seguridad social de los empleados públicos.

58. La Función Pública en Aragón (III). Personal docente e investigador. Personal de las instituciones sanitarias. Personal al servicio de la Administración de Justicia.

59. Sanidad Pública en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. El Sistema Nacional de Salud. El Servicio Aragonés de Salud: organización territorial y ordenación funcional. Derechos y autonomía del paciente.

60. La Educación en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. Estructura del sistema educativo. La autonomía universitaria. Investigación, desarrollo y transferencia de conocimientos.

61. Servicios Sociales en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias y régimen jurídico. Situaciones de dependencia. Marginación o exclusión social. Políticas de apoyo a colectivos desfavorecidos: inmigración, mayores, menores. Políticas de igualdad entre hombres y mujeres. Voluntariado social.

62. Cultura y Deporte en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. Acción cultural. Patrimonio cultural. Propiedad intelectual. Deporte: la ordenación jurídica del deporte.

63. Ordenación del Territorio en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. Instrumentos de ordenación territorial en Aragón. Ordenación del territorio y regulaciones sectoriales. El modelo territorial europeo. La ordenación del territorio y el desarrollo sostenible.

64. Medio Ambiente en Aragón (I). Bases constitucionales y estatutarias. Información y participación ambiental. Espacios naturales protegidos de Aragón. Protección de la flora y fauna silvestres.

65. Medio Ambiente en Aragón (II). Montes: concepto, clasificación y régimen jurídico. El catálogo de montes. Incendios forestales. Gestión sostenible de los montes. Caza y pesca fluvial. Vías pecuarias.

66. Medio Ambiente en Aragón (III). Residuos. Contaminación atmosférica. Ruido. Técnicas de control ambiental: actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas; evaluación de impacto ambiental; prevención y control integrado de la contaminación.

67. Aguas en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. Dominio público hidráulico. Gestión pública del agua: planes hidrológicos y organismos de cuenca. La utilización del dominio público hidráulico. Protección y calidad de las aguas.

68. Agricultura y ganadería en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. Medidas de reforma y desarrollo agrario. Protección y sanidad Animal. Calidad y seguridad alimentaria.

69. Urbanismo en Aragón (I). Evolución de la normativa urbanística en España. Bases constitucionales y estatutarias. Normativa urbanística de aplicación en la Comunidad Autónoma de Aragón. Clasificación y régimen del suelo; el papel de la jurisprudencia constitucional en su definición.

70. Urbanismo en Aragón (II). Planeamiento urbanístico: clases de planes, formación, aprobación y efectos; vigencia, revisión y modificación. La suspensión de licencias en el proceso de aprobación de un instrumento de planeamiento. La ordenación urbanística en ausencia de planeamiento. Instrumentos especiales.

71. Urbanismo en Aragón (III): La ejecución del planeamiento. Presupuestos. La gestión urbanística. Actuaciones aisladas y actuaciones integradas o ejecución sistemática. Gestión directa y gestión indirecta. La obtención de terrenos dotacionales.

72. Urbanismo en Aragón (IV): Edificación y uso del suelo. Normas de directa aplicación y edificación forzosa. La licencia urbanística. El deber de conservación y la ruina. Disciplina urbanística. Régimen urbanístico de pequeños municipios. Vivienda: control y fomento de la construcción de viviendas.

73. Carreteras y transportes en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. Carreteras: régimen jurídico. Transportes: ordenación jurídica.

74. Industria, energía y minas en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. Industria: intervención pública. Energía: régimen jurídico del sector eléctrico, gas e hidrocarburos. Minas: propiedad, clasificación de los recursos mineros, investigación y explotación.

75. Comercio interior y turismo en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. Comercio interior: ordenación de la actividad comercial. Consumo y defensa de los consumidores. Turismo: ordenación de la actividad turística.

Grupo Segundo

Unión Europea y acción exterior

1. De la Comunidad Económica Europea a la Unión Europea. El Tratado de la Unión Europea. Evolución y ampliación de la Unión. El Tratado de Lisboa.: el Tratado de la Union Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

2. Política exterior y de seguridad común de la Unión Europea. Cooperación en los ámbitos de justicia e interior. El acuerdo de Schengen.

3. El Derecho comunitario (I). Las fuentes: derecho originario y derecho derivado. Las relaciones entre el Derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. La participación de los Estados miembros en la formación del derecho comunitario.

4. El Derecho comunitario (II). La aplicación del Derecho comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho comunitario.

5. Las Instituciones de la Unión Europea (I). El Consejo Europeo, el Consejo de Ministros y la Comisión.

6. Las Instituciones de la Unión Europea (II). El Parlamento, el Tribunal de Justicia y el Tribunal de Cuentas. Los medios financieros y personales. El Presupuesto. La función pública comunitaria.

7. La ciudadanía de la Unión Europea. La libre circulación de personas. Los derechos de residencia. Derecho de sufragio activo y pasivo. El Defensor del Pueblo y el derecho de petición. La protección diplomática y consular. La libre circulación de trabajadores y la política social.

8. La libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. La libertad de circulación de capitales. La Unión Económica y Monetaria y la política económica.

9. Libre circulación de mercancías y política comercial común. El régimen sobre la competencia.

10. La política regional de la Unión Europea. Los fondos estructurales. La cohesión económica y social.

11. Las regiones en la Unión Europea: participación en fase ascendente. Participación interna o indirecta: participación en la formación de la voluntad estatal. Participación externa o directa en las Instituciones europeas. Especial mención a la participación a través del Comité de las Regiones.

12. La acción exterior de la Comunidad Autónoma de Aragón. La cooperación interregional y transfronteriza. La cooperación al desarrollo.

Estructura social y económica de Aragón

13. Población y territorio en Aragón. Tendencias de la evolución y de la estructura demográfica aragonesa. Estratificación y cambio social: la desigualdad social. Desequilibrios demográficos en Aragón. Despoblación: causas, consecuencias y estrategias posibles.

14. Población y mercado de trabajo. Población activa y empleo en Aragón: distribución por sectores productivos y evolución. Políticas de empleo: programas de fomento del empleo. Pobreza y exclusión social: realidad y estrategias.

15. Sociedad e inmigración. Políticas migratorias: efectos en los países de origen y destino. La integración social de los inmigrantes. Características de la inmigración en Aragón.

16. Desarrollo y bienestar social: educación, salud, vivienda, medio ambiente. Investigación, desarrollo e innovación tecnológica.

17. Participación social. Partidos políticos y sindicatos. Comportamiento electoral. La sociedad civil: asociacionismo y participación ciudadana. Medios de comunicación: prensa, radio y televisión. La Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.

18. Caracterización de la Economía Aragonesa. Magnitudes más relevantes de la economía aragonesa. Evolución reciente de la actividad económica en Aragón. Infraestructuras públicas y vertebración territorial.

19. El sector primario. Introducción histórica y evolución reciente del sector. Estructura y configuración de las explotaciones agrarias. El complejo agroindustrial: la transformación base del valor añadido. Incidencia de la Política Agraria Común (PAC) y perspectivas tras la ampliación de la U.E.

20. El sector industrial. Panorámica de la industria regional. La estructura sectorial de la industria en Aragón. El deslizamiento en la ubicación de ciertas actividades secundarias: la deslocalización presente y futura. El sector energético.

21. El sector servicios. El avance de la terciarización en la economía aragonesa. Principales actividades del sector servicios aragonés. El turismo en Aragón. La logística en Aragón: Los polígonos tecnológicos y logísticos, su distribución territorial.

22. La apertura externa de la economía aragonesa. La renta de situación de Aragón en el contexto económico español. Aragón y el resto de las Comunidades: relaciones económicas detectadas a través de las tablas Imput-Output de Aragón. Comercio exterior: principales flujos de importaciones y exportaciones.

Gestión pública directiva

23. La legitimidad democrática de la Administración. La cultura del servicio a los intereses generales y la ética en las instituciones públicas.

24. La Administración Pública como organización al servicio de los ciudadanos en un entorno socioeconómico e internacional cambiante. Nuevas exigencias sociales y creciente complejidad del sector público. La gestión del cambio.

25. Los procesos de modernización de las Administraciones y de la gestión pública. Del modelo burocrático weberiano al management gerencial y de éste a la gobernanza.

26. Las políticas públicas: formulación, implementación, ejecución, control y evaluación. La función directiva en las organizaciones públicas. El directivo público y sus instrumentos de actuación. La participación cívica.

27. Planificación estratégica y planificación operativa. Presupuestación de planes y de inversiones. Planificación de recursos humanos: oferta de empleo público y relación de puestos de trabajo.

28. Dirección por objetivos. Programación y gestión de proyectos. Análisis de costes y valoración de resultados. Eficacia y eficiencia.

29. Técnicas directivas de gestión. Análisis de problemas y toma de decisiones: generación de alternativas e identificación de riesgos. La gestión del conocimiento.

30. Organización formal e informal en la Administración. La gestión de personal y las relaciones humanas. Liderazgo, trabajo en equipo y motivación del factor humano.

31. El nuevo derecho a una buena administración. Su proclamación europea en la Carta de Niza y sus posibles manifestaciones en el ordenamiento interno español. Administrado, cliente-usuario de los servicios públicos, contribuyente y ciudadano.

32. La gestión de la calidad. Indicadores. Planes y normas de calidad: las cartas de servicios. El márketing y las relaciones públicas en la Administración.

33. La transparencia de las Administraciones Públicas. Legislación en la materia.

34. El régimen jurídico de la protección de datos de carácter personal: regulación europea, estatal y autonómica. Principios en el tratamiento de los datos personales. La seguridad de los datos. Ejercicio y tutela de los derechos del titular de los datos.

35. El régimen jurídico de los servicios de la sociedad de la información y la firma electrónica. Gobierno electrónico. Derecho administrativo y administración electrónica. Información al ciudadano. Tramitación por medios electrónicos.

Grupo Tercero

Derecho privado

1. El Derecho Civil Español. El Código Civil y la legislación complementaria. Derechos Civiles Forales o especiales, su relación con la Constitución de 1978. El Derecho Civil Aragonés. Código de Derecho Foral de Aragón: antecedentes y regulación actual. El Derecho Civil Aragonés según la Constitución y el Estatuto de Autonomía.

2. El concepto de persona. La persona física. Capacidad jurídica y de obrar. Los estados civiles. Especialidades en el Derecho Civil de Aragón.

3. El derecho real: naturaleza y caracteres. La tipicidad de los derechos reales. Derechos reales conocidos en la legislación española. El usufructo. La servidumbre.

4. El derecho real de dominio. La posesión. Derecho inmobiliario y derecho hipotecario: el Registro de la Propiedad. Principios hipotecarios.

5. Los derechos reales de garantía. La hipoteca: tipos, requisitos y efectos.

6. Los contratos de transmisión de la propiedad. La compra-venta: concepto y elementos personales, reales y formales. Obligaciones del vendedor y del comprador. Perfección del contrato. La donación: concepto y elementos personales, reales y formales; perfección del contrato.

7. El contrato de arrendamiento. El arrendamiento de fincas urbanas y su legislación especial. El arrendamiento de fincas rústicas y su legislación especial.

8. El Derecho de familia. El matrimonio: sistema español vigente. Principios generales del régimen de la tutela en el Código Civil. Derecho Civil Aragonés: relaciones entre ascendientes y descendientes, efectos de la ruptura de la convivencia de los padres con hijos a cargo, la tutela, la junta de parientes. El acogimiento y la adopción. Legislación general y autonómica en materia de protección de menores.

9. Los efectos patrimoniales del matrimonio. El régimen económico conyugal en el Derecho Civil de Aragón. El régimen matrimonial paccionado. El régimen matrimonial legal. El régimen de separación de bienes. La comunidad que continúa tras la disolución. La viudedad. Régimen de las parejas estables no casadas.

10. La sucesión "mortis causa". El derecho de sucesiones en Aragón. La sucesión testamentaria: modalidades. La sucesión paccionada: su régimen. La fiducia sucesoria. La legítima. La sucesión legal. El consorcio foral.

11. La empresa. Concepto y clases de empresas. Estatuto jurídico del empresario mercantil. El Registro Mercantil: funciones, organización y principios registrales.

12. Las sociedades mercantiles. Concepto y clases de sociedad mercantil. Fusión y escisión de sociedades. Grupos de sociedades: Agrupaciones de Interés Económico y Uniones Temporales de Empresa.

13. Sociedad anónima. Concepto y constitución. Capital social: aportaciones de los socios, acciones de la sociedad. Emisión de obligaciones. Órganos de la sociedad anónima. Modificación de estatutos. Cuentas anuales. Disolución y liquidación de la sociedad anónima.

14. Sociedad de responsabilidad limitada. Concepto y fundación. Régimen de las participaciones sociales. Órganos sociales. Modificación de estatutos. Disolución y liquidación.

15. Sociedades de base mutualista. La cooperativa: concepto, clases, constitución, socios, capital y órganos sociales. Mutuas de seguros y mutualidades de previsión social. Sociedades de garantía recíproca.

16. El Derecho del Trabajo: principio fundamentales. Las fuentes del ordenamiento jurídico laboral. Especial referencia al Estatuto de los Trabajadores.

17. El contrato de trabajo: concepto y naturaleza jurídica, sujetos, objeto y forma. Modalidades del contrato de trabajo.

18. Las relaciones laborales colectivas. La negociación colectiva: el convenio Colectivo. Ambito, contenido, extensión adhesión. La acción administrativa en materia de conflictividad laboral: mediación, arbitraje y conciliación. La libertad sindical y el derecho a la huelga. Otras medidas de conflicto colectivo.

19. La prevención de riesgos laborales en España. Concepto y naturaleza. Deberes y responsabilidades del empresario en materia de seguridad y salud en el trabajo. La organización de la prevención en las empresas.

20. Seguridad Social. Caracteres generales del sistema español Normas del régimen general. Referencia a los regímenes especiales de la Seguridad Social. La acción protectora. Las prestaciones por desempleo.

Hacienda Pública

21. La renta nacional en España. Magnitudes macroeconómicas más relevantes. Evolución y distribución sectorial y territorial. La balanza de pagos en España.

22. La estabilidad presupuestaria. El Pacto europeo de Estabilidad y Crecimiento. Legislación estatal y autonómica.

23. El presupuesto: concepto, naturaleza y clases. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón: Régimen jurídico de su elaboración, aprobación, modificación, ejecución y liquidación. Presupuestos de los Organismos Autónomos y Entidades de Derecho Público. Programas de las empresas públicas.

24. La Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma: contenido de la función interventora y del control financiero. La Contabilidad Nacional. El Sistema Europeo de Cuentas. La contabilidad pública de la Comunidad Autónoma. La Cuenta General. La Tesorería: fianzas y depósitos; avales.

25. El Gasto Público: principios constitucionales en la materia. Las subvenciones: concepto, clases y régimen jurídico. Los ingresos públicos de la Comunidad Autónoma: concepto y clasificación.

26. El Derecho Tributario, concepto y contenido. La Ley General Tributaria: Principios Generales. Los tributos: conceptos, fines y clases. La potestad tributaria de las Comunidades Autónomas. Los tributos propios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

27. El Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.

28. El Impuesto de Sociedades.

29. El Impuesto sobre el Valor Añadido.

30. El régimen de los tributos cedidos a las Comunidades Autónomas. La cesión a la Comunidad Autónoma de Aragón. El Impuesto sobre el Patrimonio.

31. El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones.