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RESOLUCIÓN de 11 de septiembre de 2015, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización del centro privado "San Valero" de Zaragoza.

Publicado el 01/10/2015 (Nº 191)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante de la entidad titular del Centro Privado de Educación Secundaria "San Valero", con domicilio en la calle Violeta Parra, 9 de Zaragoza, solicitando la implantación del Ciclo Formativo de Grado Medio "Instalaciones de Telecomunicaciones-ELE203" y supresión del Ciclo Formativo de Grado Medio "Equipos Electrónicos de Consumo-ELE201".

Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, y con relación a la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en uso de las facultades que le confiere la Disposición adicional segunda del Decreto 108/2015, de 7 de julio, "Boletín Oficial de Aragón", número 130, de 8 de julio de 2015, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, con relación explícita al artículo 9 del Decreto 336/2011, de 6 de octubre, por el que se aprobó la estructura orgánica del anterior Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, esta Dirección General de Planificación y Formación Profesional, resuelve:

Primero.- Modificar la autorización del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Secundaria

Denominación específica: "San Valero"

Titular: Fundación San Valero

Código: 50007716

Domicilio: C/ Violeta Parra, 9

Localidad: Zaragoza

Municipio: Zaragoza

Provincia: Zaragoza

Enseñanzas que se autorizan:

- Ciclo Formativo de Grado Medio "Instalaciones de Telecomunicaciones-ELE203", 2 grupos (uno para 1er curso y otro para 2.º / 25 alumnos por grupo.

Enseñanzas que se suprimen progresivamente:

- Ciclo Formativo de Grado Medio "Equipos Electrónicos de Consumo-ELE201".

-Curso 2015-16: 1er curso / 30 alumnos

-Curso 2016-17: 2.º curso / 30 alumnos

La configuración jurídica resultante de la modificación de la autorización del centro, para el curso 2015/16, será la siguiente:

- Educación Secundaria:

Educación Secundaria Obligatoria, 16 unidades y 480 pp.ee.

Bachillerato, Modalidades:

- Ciencias / Ciencia y Tecnología, 4 unidades y 140 pp.ee.

- Humanidades y Ciencias Sociales, 2 unidades y 70 pp.ee.

- Ciclos Formativos de Formación Profesional Básica

- Electricidad y Electrónica (FPB02), 2 grupos y 30 pp.ee.

- Fabricación y Montaje (FPB03), 2 grupos y 30 pp.ee.

- Ciclos Formativos de Grado Medio:

- Gestión Administrativa (ADG201), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Equipos Electrónicos de Consumo (ELE201), 1 grupo diurno

(para 2.º curso) y 30 pp.ee.

- Soldadura y Calderería (FME203), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Electromecánica de Vehículos Automóviles (TMV202), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Instalaciones de Telecomunicaciones (ELE203), 2 grupos diurnos y 50 pp.ee.

- Ciclos Formativos de Grado Superior:

- Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC302), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Administración y Finanzas (ADG301), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Mantenimiento Electrónico (ELE301), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Construcciones Metálicas (FME301), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Programación de la Producción en Fabricación Mecánica (FME304), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Automoción (TMV301), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Mecatrónica Industrial (IMA302), 2 grupos diurnos y 40 pp.ee.

Segundo.- La modificación de la autorización no implica concierto educativo para las nuevas enseñanzas autorizadas.

Tercero.- El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Cuarto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Quinto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.

Sexto.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, de 13 de enero y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 11 de septiembre de 2015.

El Director General de Planificación

y Formación Profesional,

RICARDO ALMALÉ BANDRÉS