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RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 15 de diciembre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la construcción de una explotación porcina de cerdos de cebo de 6.120 plazas (734,4 UGM) ubicada en el polígono 17, parcela 12005, en el término municipal de Sástago (Zaragoza) y promovida por Construcciones Lomarpa S.L. (Número de Expediente INAGA/500202/02/2018/02931).

Publicado el 25/06/2018 (Nº 121)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El 22 de marzo de 2018 se registra telemáticamente solicitud en este Instituto, por la Sociedad Construcciones Lomarpa S.A., con C.I.F. B-50976984, pidiendo la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación porcina, por cambios en las instalaciones de la explotación.

Antecedentes de hecho

La explotación cuenta con autorización ambiental integrada otorgada por Resolución de 15 de diciembre de 2017, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 4, de 5 de enero de 2018. (Expte: INAGA/500601/02/2016/09661).

Con el escrito presentado se solicita modificar puntualmente la autorización ambiental integrada e incorporar cambios en las dimensiones y ubicación final de los elementos de la explotación.

La explotación incorpora las siguientes instalaciones; 5 naves de cebo de dimensiones interiores 72,83 x 14 m dispuestas en paralelo; una caseta, oficina-vestuarios de 13 x 4,5 m; 3 módulos almacén situados entre los hastiales de las naves 1-2, 3-4 y en el hastial de la nave 5, de dimensiones 5,40 x 14,40 m; balsa de agua de 2.000 m³ de capacidad; depósito metálico desmontable de agua; balsa de purines exterior con unas dimensiones en superficie de 55,2 x 41,50 m y una capacidad de 4.800 m³; vado sanitario a la entrada de la explotación de dimensiones 5 x 9 m; fosa de cadáveres de 32 m³ de capacidad y vallado perimetral de 2 m de altura.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales; el Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 15 de diciembre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la construcción de una explotación porcina de cerdos de cebo de 6.120 plazas (734,4 UGM), ubicada en el polígono 17, parcela 12005, en el término municipal de Sástago (Zaragoza) y promovida por Construcciones Lomarpa S.L., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2 de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"2. Otorgar la autorización ambiental integrada a Construcciones Lomarpa S.L. con CIF: B50976984 para la construcción de una explotación porcina de cerdos de cebo hasta 6.120 plazas, equivalente a 734,4 UGM, ubicada en el polígono 17, parcela 12.005, del término municipal de Sástago (Zaragoza), con unas coordenadas del centroide UTM ETRS89 (Huso 30) de XM= 724.135 - YM=4.579.780.

La explotación cuenta con las siguientes instalaciones; 5 naves de cebo de dimensiones interiores 72,83 x 14 m, dispuestas en paralelo en el recinto con coordenadas, UTM ETRS89 (huso 30) en su punto central: XM = 724133 - YM = 4579829; caseta, oficina-vestuarios de 13 x 4,5 m; 3 módulos almacén situados entre los hastiales de las naves 1-2, 3-4 y en el hastial de la nave 5, de dimensiones 5,40 x 14,40 m; balsa de agua de 2.000 m³ de capacidad; depósito metálico desmontable de agua; balsa de purines exterior ubicada en el recinto delimitado por los puntos, de coordenadas UTM ETRS89 (huso 30): XM = 724151 - YM = 4579718, XM = 724134 - YM = 4579685, XM = 724177 - YM = 4579663 y XM = 724202 - YM = 4579694, con unas dimensiones en superficie de 55,2 x 41,50 m, un resguardo mínimo de 0,5 m y una capacidad de 4.800 m³; vado sanitario a la entrada de la explotación de dimensiones 5 x 9 m; fosa de cadáveres de 32 m³ de capacidad y vallado perimetral de 2 m de altura.

La presente autorización se otorga con las obligaciones, derechos y condiciones específicas que se indican a continuación y las generales de obligado cumplimiento incluidas en el anexo a la presente resolución:"

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 1 de junio de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL