Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

EXTRACTO de la Orden ECD/867/2020, de 7 de septiembre, por la que se convocan ayudas para las actividades ordinarias de las federaciones deportivas aragonesas realizadas en el ejercicio 2020.

Publicado el 16/09/2020 (Nº 184)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

BDNS (Identif.): 522991

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/522991)

Primero.- Beneficiarios.

1. Las federaciones deportivas aragonesas inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Aragón, y que reúnan los requisitos para obtener la condición de beneficiario, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. En aquellas modalidades deportivas en las que no exista federación deportiva aragonesa, las federaciones deportivas españolas que dispongan de delegación en la Comunidad Autónoma de Aragón, para el ejercicio de las funciones propias en el ámbito territorial aragonés, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley de la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón.

Segundo.- Objeto.

1. Se aprueba la convocatoria de ayudas para apoyar el programa de actividades ordinarias de las federaciones deportivas aragonesas y de las delegaciones en Aragón de las federaciones deportivas españolas, a realizar en el ejercicio 2020. Las ayudas previstas en la sección sexta del capítulo II del título II de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de deporte escolar serán objeto de convocatoria independiente.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden ECD/686/2020, de 23 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte, estas ayudas se concederán mediante el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva previsto en el artículo 14.3.b) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, concediéndose a todos los solicitantes que reúnan los requisitos para su otorgamiento y aplicándose solo criterios de evaluación para cuantificar, dentro del crédito consignado en la convocatoria, el importe de cada subvención.

Tercero.- Bases Reguladoras.

Orden ECD/686/2020, de 23 de julio, ("Boletín Oficial de Aragón", número 152, de 3 de agosto de 2020), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte.

Cuarto.- Cuantía.

1. Las ayudas se concederán con cargo al presupuesto del Departamento de Educación, Cultura y Deporte para el ejercicio de 2020, en la aplicación 18080/G/4571/480115/91002, por un importe máximo de 945.965 euros.

2. El presupuesto de las ayudas se distribuirá del siguiente modo:

El 12% (113.515,80 euros) se destinará al programa "Aulas de tecnificación deportiva", contemplado en el artículo 82.2.c) 5.º de las bases reguladoras.

El 5% (47.298,25 euros) irá destinado a las acciones realizadas en el marco del programa "Banco de Actividades" de la Dirección General de Deporte.

El 83% (785.150,95 euros) restante se destinará a subvencionar las restantes actividades ordinarias de las federaciones deportivas, recogidas en el artículo 6.3 de la presente Orden.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la Orden de convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

2. Las solicitudes irán dirigidas al Consejero de Educación, Cultura y Deporte y deberán presentarse, conforme a lo establecido por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante registro electrónico; preferentemente, a través del Registro Electrónico General de Aragón (https://www.aragon.es/tramites/registro-electronico-general), o en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la citada Ley.

Zaragoza, 7 de septiembre de 2020.- El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, Felipe Faci Lázaro.