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RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Planificación y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Secundaria "San Valero" de Zaragoza, para impartir los Ciclos Formativos de Técnico Superior en "Mantenimiento Electrónico", "Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma" y "Administración en Finanzas", en la modalidad a distancia.

Publicado el 26/09/2016 (Nº 186)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante de la entidad titular del Centro Privado de Educación Secundaria "San Valero", código 50007716, con domicilio en calle Violeta Parra, 9 de Zaragoza, solicitando modificación de la autorización para impartir los ciclos formativos de grado superior en "Mantenimiento Electrónico-ELE301", "Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma-IFC302 " y "Administración en Finanzas-ADG301", en la modalidad a distancia.

Habida cuenta de que el centro tiene autorizados estos ciclos en la modalidad presencial.

Vistos los informes emitidos sobre la adecuación de la plataforma de teleformación y la disponibilidad e idoneidad de medios, materiales y humanos, para garantizar el correcto desarrollo de las enseñanzas a distancia.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, en la Orden de 8 de mayo, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regulan las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional y Enseñanzas Deportivas en la modalidad a distancia en la Comunidad Autónoma de Aragón, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, el Director General de Planificación y Formación Profesional, resuelve:

Primero.- Modificar la autorización del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Secundaria

Denominación específica: "San Valero"

Titular: Fundación San Valero

Código: 50007716

Domicilio: C/ Violeta Parra, 9

Localidad: Zaragoza

Municipio: Zaragoza

Provincia: Zaragoza

Enseñanzas, en la modalidad a distancia, que se autorizan:

- Ciclo Formativo de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico-ELE301, número de puestos escolares: 40 alumnos por módulo profesional.

- Ciclo Formativo de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma-IFC302, número de puestos escolares: 40 alumnos por módulo profesional.

- Ciclo Formativo de Técnico Superior en Administración en Finanzas-ADG301, número de puestos escolares: 40 alumnos por módulo profesional.

Como resultado de la modificación de la autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Modalidad presencial

- Educación Secundaria:

Educación Secundaria Obligatoria, 16 unidades y 480 pp.ee.

Bachillerato, Modalidades:

- Ciencias, 4 unidades y 140 pp.ee.

- Humanidades y Ciencias Sociales, 2 unidades y 70 pp.ee.

- Ciclos Formativos de Formación Profesional Básica

- Electricidad y Electrónica (FPB02), 2 grupos y 30 pp.ee.

- Fabricación y Montaje (FPB03), 2 grupos y 30 pp.ee.

- Ciclos Formativos de Grado Medio:

- Gestión Administrativa (ADG201), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Soldadura y Calderería (FME203), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Electromecánica de Vehículos Automóviles (TMV202), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Instalaciones de Telecomunicaciones (ELE203), 2 grupos diurnos y 50 pp.ee.

- Ciclos Formativos de Grado Superior:

- Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC302), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Administración y Finanzas (ADG301), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Mantenimiento Electrónico (ELE301), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Construcciones Metálicas (FME301), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Programación de la Producción en Fabricación Mecánica (FME304), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Automoción (TMV301), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Mecatrónica Industrial (IMA302), 2 grupos diurnos y 40 pp.ee.

Modalidad a distancia

- Ciclos Formativos de Grado Superior:

- Mantenimiento Electrónico (ELE301), 40 alumnos por módulo profesional.

- Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC302), 40 alumnos por módulo profesional.

- Administración y Finanzas (ADG301), 40 alumnos por módulo profesional.

Segundo.- La presente resolución surtirá efecto desde el inicio del curso 2016/2017.

Tercero.- De conformidad con el artículo 11 de la Oden de 8 de mayo, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regulan las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional y enseñanzas deportivas en la modalidad a distancia en la Comunidad Autónoma de Aragón, la extinción o revocación de la autorización de la enseñanza en la modalidad presencial conllevará la extinción o revocación de dicha enseñanza en la modalidad a distancia.

Cuarto.- La modificación de la autorización no implica concierto educativo para las nuevas enseñanzas autorizadas.

Quinto.- El Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Sexto.- Dicho Centro continúa adscrito, a efectos administrativos, al I.E.S. "Corona de Aragón" de Zaragoza.

Séptimo.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Octavo.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.

Noveno.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, de 13 de enero y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 8 de septiembre de 2016.

El Director General de Planificación

y Formación Profesional,

RICARDO ALMALÉ BANDRÉS