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RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2019, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 7 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Calidad Ambiental, en la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la explotación porcina de producción de lechones hasta 20 kg, con una capacidad actual para 2.400 plazas de hembras reproductoras, 985 plazas de reposición y 20 verracos, 864 UGM, ubicada en el polígono 106, parcelas 5035, 5036, 5037 y 5038, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por Desarrollos Industriales Sora S.L. Expediente INAGA 500202/02/2019/03682.

Publicado el 20/11/2019 (Nº 227)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

El 16 de abril de 2019, Desarrollos Industriales Sora S.L., solicita a este Instituto modificación puntual de la autorización ambiental integrada con la que cuenta la explotación porcina con REGA ES500950000328, consistente en modificaciones en las construcciones finales de la explotación.

Antecedentes de hecho

Por Resolución de 7 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Calidad Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 109, de 15 de septiembre de 2004, se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la instalación de una explotación porcina de producción con capacidad para 2.250 cerdas reproductoras con destete, 278 cerdas de reposición y 20 verracos, ubicada en el polígono 109, parcelas 5036. 5037, 5038 y 5039, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 109, de 15 de septiembre de 2004.

Mediante Resolución de 24 de enero de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 20, de 18 de febrero de 2017, se otorga la autorización ambiental integrada para modificación sustancial de la explotación de referencia por instalación de una planta de biogás. (Número de Expte. INAGA 500301/02/2005/10039).

Por Resolución de 29 de agosto de 2012, de este Instituto, se otorga la modificación no sustancial de la explotación, consistente en la ampliación de las naves de maternidad, transición y reposición y construcción de una nueva nave de gestación. Esta modificación supone un cambio en la capacidad pasando de 2.250 a 2.400 cerdas reproductoras. (Expte. INAGA 500301/02/2012/08200).

Mediante Resolución de 4 de enero de 2103, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se otorga la modificación no sustancial de la explotación por la cual se aumenta la capacidad autorizada hasta 842 UGM. (Expte. INAGA 500601/2012/12019).

Mediante Resolución de 17 de diciembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se otorga la modificación no sustancial de la explotación, consistente en la construcción de una nueva nave de gestación y en un aumento de capacidad hasta 864 UGM (Expte. INAGA 500601/02/2013/12078).

Mediante Resolución de 2 de junio de 2014, de este Instituto, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Expte. INAGA 500601/02/2014/04251).

Mediante Resolución de 27 de marzo de 2017, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 91, de 16 de mayo de 2017, se modifica puntualmente dicha autorización ambiental integrada por construcción de nueva nave de transición (Expte. INAGA 500601/02/2016/09660).

Mediante Resolución de 3 de julio de 2017, de este Instituto, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 142, de 26 de julio de 2017, se modifica puntualmente la autorización ambiental integrada por construcción de nave de cuarentena y nueva nave de maternidad. (Expte. INAGA 500202/02/2017/04319).

Mediante Resolución de 25 de mayo de 2018, de este instituto, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 117, de 19 de junio de 2018, se modifica puntualmente la autorización ambiental integrada consistente en la actualización de las construcciones existentes en la explotación. (Expte. INAGA 500202/02/2018/01299).

Mediante Resolución de 30 de noviembre de 2018, de este instituto, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 3, de 4 de enero de 2019, se modifica puntualmente la autorización ambiental integrada por cambios en el suministro eléctrico e incorporación de sistema de calefacción. (Expte. INAGA 500202/02/2018/08796).

Undécimo.- La modificación puntual solicitada en el presente expediente consiste en la ejecución de una nueva nave de transición de lechones con unas dimensiones de 74,72 x 18,60 m, renunciando a la ejecución de la nave de maternidad que se aprobó por Resolución de 3 de julio de 2017.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 7 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Calidad Ambiental, por la que se formuló declaración de impacto ambiental y se otorgó la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de producción de lechones hasta 20 kg, con una capacidad actual de 2.400 plazas de hembras reproductoras, 985 plazas de reposición y 20 verracos (864 UGM), ubicada en el polígono 106, parcelas 5035, 5036, 5037 y 5038, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por Desarrollos Industriales Sora S.L, en los puntos referentes a las construcciones de la explotación quedando el punto 3.1 como sigue, dejando el punto 3.2 sin contenido:

El punto 3.1 del apartado de la Resolución queda sustituido por lo siguiente:

"1. Nave 1 de cubrición de 84 x 25,30 m (2.152,220 m²), nave 2 de gestación de 96,40 x 24,94 m (2.404,22 m²), nave 3 de maternidad de 100,48 x 36,50 m (3.667,52 m²), nave 4 de transición de 73,06 x 34,90 m (2.549,79 m²), nave 5 de reposición de 85,14 x 13,95 m (1.187,7 m²), nave 6 de gestación de 80,40 x 27,20 m (2.186,88 m²), nave 7 de transición de 29,88 x 18,64 m (556,96 m²), nave 8 de cuarentena de 46,40 x 16,82 m (780,45 m²), nave 9 de transición de 74,72 x 18,60 m (1.389,79 m²), oficinas de 12,40 x 14,30 m (177,32 m²), almacén de 11 x 11 m (121 m²), edificio para biogás de 15 x 15 m. (225 m²), caseta para motores de 12 x 6,5 m (78 m²), lazareto de 16 x 6 m (96 m²), dos fosas de cadáveres de dimensiones 3 x 3 x 3 m. (54 m³), 1 balsa de purines de 4000 m³, vado sanitario y vallado perimetral de la explotación".

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 21 de octubre de 2019.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL