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ORDEN VMV/2124/2018, de 11 de diciembre, por la que se resuelve la concesión de subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2017 para la restauración de patrimonio de interés arquitectónico de uso público de entidades locales de dicha provincia (ORDEN VMV/2210/2017, de 28 de diciembre).

Publicado el 11/01/2019 (Nº 7)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA

Texto completo:

Mediante la Orden VMV/2210/2017, de 28 de diciembre, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 4, de 5 de enero de 2018, se convocaron subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2017 para restauración de patrimonio de interés arquitectónico de uso público en esa provincia.

Mediante Orden VMV/1288/2018, de 20 de julio, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 150, de 3 de agosto de 2018, se ha resuelto la convocatoria, especificando en el apartado octavo que una vez comunicada la Resolución de concesión los beneficiarios deberán manifestar de forma expresa la aceptación o renuncia a la subvención concedida en el plazo máximo de quince días naturales a partir del día siguiente a la recepción de la notificación.

Igualmente, en el apartado noveno de la Orden, indica que, con la aceptación expresa de la subvención estimada parcialmente por el beneficiario que figura en séptimo lugar de la relación del anexo I, se deberá aportar el compromiso formal de ejecutar la actuación completa solicitada, tenida en consideración en la valoración obtenida, y en las condiciones establecidas en la Orden de convocatoria.

Una vez notificada la Resolución, los seis primeros beneficiarios propuestos han aceptado la subvención concedida, pero no así el beneficiario que figura en séptimo lugar, al que se concedía parcialmente la subvención solicitada por agotamiento del crédito disponible. Con la renuncia de este beneficiario queda un crédito disponible de 61.879,56 €.

En esta situación, y de acuerdo con el artículo 16.2 de la Orden VMV/2210/2017, de 28 de diciembre, por la que se convocaron subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2017 para restauración del patrimonio de interés arquitectónico de uso público en esa provincia, procede proponer la concesión de una subvención por el importe del crédito disponible al siguiente o siguientes beneficiarios en el Orden correspondiente de la lista de espera, incluida en el anexo II de la Orden VMV/1288/2018, de 20 de julio, hasta agotar el crédito disponible.

De acuerdo con lo anterior, se ha procedido a notificar a los siguientes solicitantes que cumplen requisitos, por Orden de puntuacion, proponiendo la concesion de una subvención por el importe disponible de 61.879,56 €, y requiriendo la aceptacion o renuncia expresa de la misma.

Los solicitantes clasificados con los números de Orden 8, 9, 10 y 11 del listado ordenado por puntuacion en la Comisión de valoración, han manifestado su renuncia expresa a la subvencion, y han aceptado los solicitantes número 12 y 13.

Por todo lo anterior, resuelvo:

Primero.- Aceptar la renuncia formulada por los siguientes solicitantes:

Segundo.- Conceder una subvención por un importe máximo de 61.879,56 € a los solicitantes que ocupan los lugares 12 y 13 de la lista de espera incluida en el anexo II de la Orden VMV/1288/2018, de 20 de julio:

Tercero.- Considerando el momento en que se resuelve la concesión de la subvención, otorgar un plazo de dos meses para la presentacion de los proyectos e informes necesarios, y un plazo máximo hasta el 31 de octubre de 2019, para la ejecución y plazo para la justificación de las obras hasta el 30 de diciembre de 2019.

Cuarto.- Los beneficiarios de la subvención cumplirán las condiciones establecidas en la Orden de convocatoria; en concreto las obligaciones previstas en los artículos 17 a 19, así como demás normativa aplicable, en especial aquella necesaria para dar cumplimiento de la finalidad objeto de la subvención.

Quinto.- Publicar esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", conforme a lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la dirección web del Gobierno de Aragón: http://www.aragon.es

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 58.3 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo previsto en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda legalmente.

Zaragoza, 11 de diciembre de 2018.

El Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, JOSÉ LUIS SORO DOMINGO