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ORDEN CUS/1066/2020, de 3 de noviembre, por la que se acuerda la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento relativo a la convocatoria de las becas de movilidad en los campus universitarios en Aragón para el curso académico 2020/2021, realizada mediante Orden CUS/544/2020, de 26 de junio.

Publicado el 10/11/2020 (Nº 223)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIENCIA, UNIVERSIDAD Y SOCIEDAD DEL CONOCIMIENTO

Texto completo:

La Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón, en su artículo 27 dispone que, sin perjuicio de las competencias del Estado, el Gobierno de Aragón articulará una política en materia de ayudas y becas al estudio y a la investigación, para garantizar que nadie que cumpla las condiciones para cursar estudios universitarios con aprovechamiento quede excluido de ello por razones económicas. En esta política se deberán tener en cuenta las particulares condiciones de dispersión territorial existentes en Aragón y el mapa de titulaciones del Sistema Universitario de Aragón.

Mediante Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, se creó, a través de su artículo 6, el Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, al que se le atribuyen la totalidad de las competencias del anterior Departamento de Innovación, Investigación y Universidad. De este modo, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 7/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, corresponde a éste la competencia en materia de enseñanza universitaria y, en particular, la promoción y el fomento del estudio universitario.

Conforme a este marco competencial, mediante Orden de 4 de diciembre de 2019, de la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, para el periodo 2020-2023, en el que se contempla la línea de ayudas denominada "Becas de movilidad para los campus universitarios en Aragón".

Así mismo, mediante Orden IIU/748/2016, de 11 de julio, se establecen las bases reguladoras de las becas de movilidad en los campus universitarios en Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 142, de 25 de julio de 2016).

Al amparo de dichas bases reguladoras se aprobó la convocatoria de la ayuda mencionada, en concreto, mediante Orden CUS/544/2020, de 26 de junio, por la que se convocan las becas de movilidad en los campus universitarios en Aragón para el curso académico 2020/2021 ("Boletín Oficial de Aragón", número 132, de 6 de julio de 2020).

Las consecuencias económicas derivadas de la pandemia de COVID-19 aconsejan tramitar y resolver estas ayudas con la mayor celeridad, de modo que las personas solicitantes que resulten beneficiarias puedan disponer de esta ayuda lo antes posible. Así mismo, teniendo en cuenta que debe incorporarse al expediente información procedente de otros órganos, como son las universidades del Sistema Universitario de Aragón y la necesidad de resolver la convocatoria de dichas ayudas dentro del ejercicio presupuestario corriente, procede acordar la tramitación de urgencia.

El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, prevé la posibilidad de acordar, incluso de oficio, la aplicación al procedimiento administrativo de la tramitación de urgencia cuando razones de interés público lo aconsejen, de forma que los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, quedarán reducidos a la mitad.

Por los motivos expuestos y dada la eminente finalidad social de las ayudas, resulta de interés público acordar la aplicación de la tramitación de urgencia en este procedimiento para garantizar así el pago de las subvenciones correspondientes.

Por lo expuesto, a propuesta del órgano instructor, como órgano gestor de las ayudas mencionadas, resuelvo:

Acordar la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento relativo a la convocatoria de las becas de movilidad en los campus universitarios en Aragón para el curso académico 2020/2021, realizada mediante Orden CUS/544/2020, de 26 de junio.

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, como consecuencia de la aplicación de la tramitación de urgencia, se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Esta Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta decisión no cabrá recurso alguno, sin perjuicio del procedente contra la Resolución que ponga fin al procedimiento.

Zaragoza, 3 de noviembre de 2020.

La Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento,

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO