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RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental por la que se modifica puntualmente la Resolución de 30 de noviembre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada a la fábrica de piensos compuestos, existente, en el término municipal de La Almunia de Doña Godina (Zaragoza), titularidad de Agropecuaria del Río Jalón, S.L. (Expediente INAGA/500301/02.2017/10320).

Publicado el 02/04/2018 (Nº 63)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 20 de diciembre de 2007, se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", la Resolución de 30 de noviembre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada a una fábrica de piensos compuestos, existente, en el término municipal de La Almunia de Doña Godina (Zaragoza), promovida por Piensos A-90, S.A. (Expte. INAGA/500301/02.2006/10394).

Con fecha 1 de marzo de 2011, se recibe en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental comunicación del cambio de titularidad de la fábrica de piensos compuestos a favor de Agropecuaria del Río Jalón, S.L., con N.I.F. B-99296394, por compraventa de la misma.

Con fecha 11 de agosto de 2011, se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", la Resolución de 21 de julio de 2011, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 30 de noviembre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada a una fábrica de piensos existente en La Almunia de Doña Godina (Zaragoza), promovido por Agropecuaria Río Jalón, S.L. (Expte. INAGA/500301/02.2011/3755).

Con fecha 10 de diciembre de 2013, se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", la Resolución de 11 de noviembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se actualiza la autorización ambiental integrada de la planta de fabricación de piensos compuestos, existente, ubicada en el término municipal de La Almunia de Doña Godina (Zaragoza), promovida por Agropecuaria del Río Jalón, S.L. (Expte. INAGA/500301/02.2013/8998).

Con fecha 6 de septiembre de 2017, adquiere la efectividad con número AR/AAI-1092, la Resolución de 30 de noviembre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, antes citada.

Con fecha 10 de octubre de 2017, se recibe en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental por parte de Agropecuaria Río Jalón, S.L. documentación técnica relativa a la adecuación del foco número 5, que da lugar al presente expediente de modificación puntual de la autorización ambiental integrada.

Considerando que Agropecuaria Río Jalón, S.L. ha justificado las modificaciones pretendidas.

Considerando que la resolución inicial de 20 de diciembre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se le otorgaba la autorización ambiental integral a la fábrica de pienso compuestos, ya contemplaba la obligación de habilitar el foco número 5, que inicialmente sólo recogía las emisiones de una piquera, mediante un sistema de aspiración y filtrado.

Considerando que en el artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón se establece que la autorización ambiental integrada podrá ser modificada puntualmente a solicitud del titular de la instalación.

Considerando que la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, le atribuye la competencia de tramitación y resolución de los procedimientos administrativos a que dan lugar las materias que se relacionan en el anexo único de la Ley, entre las que se incluye la competencia para otorgar las autorizaciones ambientales integradas.

Durante esta tramitación se ha seguido el procedimiento del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás normativa de general aplicación.

Vistos, el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera; el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera; la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 30 de noviembre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada a la fábrica de piensos compuestos, existente, en el término municipal de La Almunia de Doña Godina (Zaragoza), titularidad de Agropecuaria del Río Jalón, S.L., en el siguiente sentido:

1. Se sustituye la descripción del foco número 5 en el condicionado 1.4. Emisiones a la atmósfera, por la siguiente:

Foco número 5

Aspiración común de las dos piqueras de materias primas, dotado de filtro de mangas.

Este foco se codifica como AR841/PI02

Clasificación según el catálogo actualizado de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (CAPCA), establecido en el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera: grupo B, código 04060508.

La chimenea de evacuación tiene una altura de 7 m y un diámetro interior equivalente de 0,25 m.

Se contempla la emisión de partículas.

Los límites admitidos para cada una de estas emisiones son:

Esta resolución se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.3 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 6 de marzo de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL