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ORDEN ECD/1198/2016, de 29 de agosto, por la que se convoca el Programa de Innovación "Emprender en la Escuela" para el curso 2016/2017 en los centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 26/09/2016 (Nº 186)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La misión general de la educación y la formación incluye objetivos como la ciudadanía, el desarrollo personal y el bienestar.

La Unión Europea recomienda invertir en competencias en educación para lograr mejores resultados socioeconómicos y plantea como un reto principal generar aptitudes transversales y básicas. Las aptitudes transversales, como el pensamiento crítico, la iniciativa, la solución de problemas y el trabajo colaborativo, preparan a las personas para los recorridos de su carrera profesional y pone el foco en las relacionadas con el emprendimiento, ya que estas no solo contribuyen a la creación de nuevas empresas, sino también a la empleabilidad de los jóvenes.

En las Conclusiones del Consejo Europeo, de mayo de 2009, sobre un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y formación 2020 se establecen cuatro objetivos estratégicos siendo uno de ellos "incrementar la creatividad y la innovación, incluido el espíritu empresarial, en todos los niveles de la educación y la formación".

La estrategia 2020 destaca que "el crecimiento inteligente significa la consolidación del conocimiento y la innovación como impulsores de nuestro crecimiento futuro y para tener éxito, debe combinarse con un espíritu emprendedor, financiación y una atención prioritaria a las necesidades de los usuarios y a las oportunidades del mercado".

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su título preliminar, que el sistema educativo español se orientará, entre otros, a la consecución del desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor. Establece que la Formación Profesional en el sistema educativo contribuirá a que el alumnado consiga los resultados de aprendizaje que le permita afianzar el espíritu emprendedor para el desempeño de actividades e iniciativas empresariales.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece como uno de los fines del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, incorporar a la oferta formativa aquellas acciones de formación que capaciten para el desempeño de actividades empresariales por cuenta propia, así como para el fomento de las iniciativas empresariales y del espíritu emprendedor, que contemplará todas las formas de constitución y organización de las empresas, ya sean éstas individuales o colectivas y en especial las de economía social.

La Orden ECD/494/2016, de 26 de mayo, por la que se aprueba el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria establece en el Capítulo I, artículo 4h), la necesidad de contextualizar el currículo a la realidad educativa de Aragón, desarrollando la creatividad, la innovación y el emprendimiento como actitud para el cambio y mejora de Aragón.

Por su parte, la Orden ECD/489/2016, de 26 de mayo, por la que se aprueba el currículo de Bachillerato, en el artículo 6k) se señala la necesidad de afianzar el espíritu emprendedor, con actitudes de creatividad, flexibilidad, iniciativa y trabajo en equipo, y en el artículo 7 se define el sentido de iniciativa y espíritu emprendedor como una de las competencias clave del Bachillerato.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional en el sistema educativo, insiste en el artículo 3 en que las enseñanzas de Formación Profesional tienen por objeto potenciar la creatividad, la innovación y la iniciativa emprendedora. En el mismo sentido se manifiesta el artículo 2 de la Orden de 29 de mayo de 2008, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece la estructura básica de los currículos de los ciclos formativos de Formación Profesional y su aplicación en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, con el deseo de impulsar la iniciativa emprendedora en el alumnado aragonés y su acercamiento al mundo de las empresas, ha firmado, con fecha 3 de junio de 2016 un convenio con el Instituto Aragonés de Fomento, Agencia de Desarrollo Regional del Gobierno de Aragón, con el fin de seguir desarrollando el Programa "Emprender en la Escuela" en los centros educativos aragoneses. Se pretende fomentar una metodología más activa, centrada sobre todo en las iniciativas y decisiones de los propios estudiantes, el reciclaje del profesorado y la mejora de la transferencia de conocimiento entre los ámbitos educativos, institucionales y empresariales de Aragón.

El Decreto 105/2013, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el sistema aragonés de formación permanente del profesorado, su régimen jurídico y la estructura de su red, establece la posibilidad de suscribir convenios de colaboración para la formación inicial y permanente del profesorado con otras entidades e instituciones públicas y privadas.

El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte y le atribuye las competencias de planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón.

En su virtud, como Consejera de Educación, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Objeto.

La convocatoria tiene por objeto la formación de personas emprendedoras entre el alumnado que cursa estudios de Formación Profesional, Bachillerato y tercero y cuarto de Educación Secundaria Obligatoria en el sistema educativo, estimulando la creatividad y la iniciativa emprendedora.

Para ello está previsto planificar una oferta formativa amplia y de calidad dirigida al profesorado de las distintas etapas educativas, que permita configurar un itinerario formativo específico en educación emprendedora para docentes.

Se pretende proporcionar a los estudiantes los conocimientos que le capaciten para el desarrollo cualificado de una profesión y el aprendizaje de habilidades emprendedoras que mejoren su empleabilidad en el mercado de trabajo y potencien sus oportunidades para diseñar y poner en funcionamiento sus propias iniciativas de empresa en nuestra Comunidad.

De esta forma el alumnado participante tomará conciencia de que puede ser el motor de su propio futuro, esforzándose por conseguir crear su proyecto empresarial y asumir con responsabilidad la organización de recursos que conlleva crear su propio puesto de trabajo y en un futuro a corto-medio plazo, crecer y consolidar su actividad socioeconómica con un equipo de trabajo generador de nuevos empleos en Aragón.

Los centros docentes que imparten Formación Profesional, Bachillerato o Educación Secundaria Obligatoria deben desempeñar, entre otros, el papel de dinamizadores del alumnado que quiere llevar a cabo iniciativas viables de autoempleo, convirtiéndose así en viveros de pequeñas empresas.

Segundo.- Destinatarios.

Podrán solicitar la participación en esta convocatoria todos los centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Aragón, que impartan Formación Profesional, Bachillerato y Educación Secundaria Obligatoria y que cumplan los requisitos señalados en la presente orden, así como el profesorado con interés en formarse en técnicas y herramientas para generar proyectos emprendedores.

Tercero.- Acciones

1. Dentro de este Programa se desarrollarán las siguientes acciones:

a) Talleres emprendedores, cuyo objetivo es servir de apoyo educativo al fomento de actitudes, habilidades y capacidades de los jóvenes en relación al desarrollo de iniciativas empresariales y a la elaboración de proyectos de empresa.

b) Premios "Emprender en la Escuela" cuyo objetivo es reconocer el esfuerzo en la elaboración de los proyectos de empresa realizados por el alumnado a lo largo de todo el curso académico y la voluntad de su puesta en marcha real, manifestado durante la defensa pública de los mismos.

2. Formación del profesorado.

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, junto con el Instituto Aragonés de Fomento diseñarán a principio de cada curso académico una oferta formativa específica dirigida al profesorado de la Comunidad Autónoma. Para ello se programarán actividades formativas (cursos, talleres, jornadas, seminarios, entre otros) que permitan configurar un itinerario formativo específico en educación emprendedora para docentes.

Cuarto.- Talleres emprendedores

Los talleres emprendedores, versarán sobre materias y capacidades de desarrollo de iniciativas empresariales, ayudarán a elaborar un proyecto de empresa viable a lo largo del curso, potenciarán las habilidades sociales y de comunicación, contribuyendo a provocar que el alumnado desarrolle la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor.

El Instituto Aragonés de Fomento, como entidad colaboradora en el desarrollo de este programa realizará la convocatoria a los centros, para que éstos puedan solicitar a través de su página web: www.emprenderenaragon.es desde el día siguiente de su publicación hasta el 31 de octubre de 2016, el desarrollo de dos talleres por cada modalidad, programados para grupos de estudiantes de Formación Profesional, Bachillerato o tercero y cuarto de Educación Secundaria y de duración aproximada de dos horas.

Los talleres se desarrollarán en la fecha y horario que se acuerde con cada centro, de conformidad a las preferencias indicadas en la solicitud telemática presentada.

Quinto.- Premios "Emprender en la Escuela"

1. Requisitos de la convocatoria.

a) El Director del centro docente, a propuesta del Consejo Escolar o Social del centro interesado en participar en los Premios "Emprender en la Escuela", remitirá la participación mediante comunicación expresa (anexo I) que enviará a la Dirección General de Planificación y Formación Profesional o a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación antes del 5 mayo de 2017.

b) El alumnado participante deberá estar cursando Formación Profesional, Bachillerato o tercero o cuarto de Educación Secundaria Obligatoria durante el curso académico 2016/2017.

c) Cada proyecto será presentado por un equipo promotor formado por un máximo de tres estudiantes.

d) Se nombrará a un profesor o profesora del centro educativo como responsable de cada proyecto empresarial presentado, quién deberá acompañar a los estudiantes participantes en la defensa ante la Comisión de Valoración en las fechas y horario que se determine por la organización y en la ceremonia de entrega de los Premios Emprender en la Escuela.

2. Solicitud y plazo de presentación de los proyectos empresariales.

a) Los centros docentes públicos y privados concertados interesados en participar en estos Premios con alumnos de Formación Profesional, tanto de Grado Medio como de Grado Superior, deberán solicitarlo a la Dirección General de Planificación y Formación Profesional; en el caso de participar con alumnos de tercero o cuarto de Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato deberán solicitarlo a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, cumplimentando los anexos II y III, respectivamente.

b) El plazo de presentación de la documentación del proyecto de empresa, acompañado de los anexos II y III, según la modalidad educativa, finalizará el 5 de mayo de 2017. Las solicitudes se presentarán en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza (Avda. Juan Pablo II, 20), en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Huesca (Plaza Cervantes, 1), en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Teruel (C/ San Vicente de Paúl, 3), en las restantes dependencias de Registro del Gobierno de Aragón o en cualquiera de las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.

3. Características de los proyectos emprendedores

a) Los centros docentes participantes fomentarán la realización de proyectos conjuntos de estudiantes procedente de diversos Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, de diferentes modalidades de Bachillerato y de los alumnos de tercero y cuarto de Educación Secundaria Obligatoria y su aplicación prioritaria en los últimos cursos de cada enseñanza.

b) Los centros docentes favorecerán la comunicación entre sus equipos de profesores y alumnos y los de los otros centros participantes en el programa, así como también con las instituciones y empresas colaboradoras.

c) Los alumnos participantes, asesorados por el equipo docente, realizarán un proyecto de plan de empresa, cuya viabilidad será asesorada por los consultores profesionales colaboradores, propuestos por el Instituto Aragonés de Fomento en el marco del Programa "Emprender en Aragón".

4. Presentación de los proyectos empresariales

a) De entre todos los proyectos empresariales realizados por el alumnado de un centro, el equipo docente seleccionará un proyecto como máximo por cada categoría de las que se describen en el punto cinco (categorías y premios), para su presentación a los Premios.

b) Todos los proyectos de empresa deben ir acompañados de los anexos correspondientes a cada modalidad formativa respectivamente (anexos II y III).

c) El plazo de presentación de proyectos finalizará el 5 de mayo de 2017. Sólo es necesario presentar un ejemplar original de cada proyecto; deberán enviarse a la Dirección General que corresponda, según la modalidad de categoría elegida. Los proyectos se quedarán en poder de la Administración.

d) La presentación de la solicitud de participación lleva consigo la aceptación, por parte de quienes las formulen, de los términos de la presente convocatoria, así como del otorgamiento de los premios.

5. Categorías y premios

Se establecen cinco categorías:

a) Categoría A, a la mejor iniciativa emprendedora en tercero y cuarto de la Educación Secundaria Obligatoria.

b) Categoría B, a la mejor iniciativa emprendedora en Bachillerato.

c) Categoría C, a la mejor iniciativa emprendedora en Formación Profesional de Grado Medio.

d) Categoría D, a la mejor iniciativa emprendedora en Formación Profesional de Grado Superior.

e) Categoría E, a la mejor elaboración de proyecto de empresa en Formación Profesional de Grado Superior.

En cada una de las cinco categorías se otorgará un premio ganador y un accesit.

Se entregará el premio, en caso de que resulte seleccionado el proyecto defendido, sólo a los estudiantes que actúen en la defensa del mismo ante la Comisión de Valoración.

6. Valoración de proyectos

Los proyectos presentados serán estudiados por una Comisión de Valoración constituida por representantes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte y del Instituto Aragonés de Fomento.

De entre todos los proyectos presentados la Comisión de Valoración determinará aquellos que deben pasar a la fase final, que serán convocados para realizar la defensa de los mismos.

La exposición del proyecto tendrá una duración de 10 minutos.

En estos proyectos la Comisión de Valoración tendrá en cuenta los siguientes aspectos:

a) Originalidad y creatividad en la concepción y desarrollo del proyecto.

b) Detección de nuevas oportunidades de negocio, carácter dinamizador de sectores estratégicos, impulso al desarrollo social y económico de territorios de Aragón y mejora de la calidad de vida de la comunidad.

c) Innovación tecnológica en productos, servicios y procesos.

d) Calidad técnica de los proyectos, con una planificación completa de la creación de la microempresa y cuidada presentación material.

e) Composición multidisciplinar del equipo promotor.

f) Preparación innovadora de la defensa ante la Comisión de Valoración.

g) Habilidades y competencias emprendedoras del equipo promotor y voluntad manifiesta de la puesta en marcha real a corto-medio plazo.

7. Proyectos empresariales ganadores

Los proyectos seleccionados para su puesta en marcha quedarán integrados dentro del conjunto de actuaciones y servicios del Programa "Emprender en Aragón" del Instituto Aragonés de Fomento.

8. Reconocimiento del profesorado.

La Dirección General de Personal y Formación del Profesorado emitirá certificación con el reconocimiento de 10 horas de formación al profesorado responsable de los proyectos empresariales presentados, a efectos de lo dispuesto en la legislación vigente. Este reconocimiento será por la labor realizada a lo largo de todo el curso escolar para desarrollar y presentar el proyecto empresarial a los citados premios. Para ello los directores de los centros educativos presentarán el modelo de anexo IV, en el que conste el listado del profesorado participante y lo dirigirá a Director/a del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte que correspondiente, antes del 30 de junio de cada curso académico.

Sexto.- Formación del profesorado

1. El Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, junto con el Instituto Aragonés de Fomento diseñarán, a principio del curso académico, una oferta formativa específica dirigida al profesorado de la Comunidad Autónoma; para ello se programarán distintas actividades formativas que permitan al profesorado configurar un itinerario formativo específico en educación emprendedora, de las que se informará oportunamente en la plataforma DOCEO.

2. Los objetivos de dichas acciones formativas serán:

a) Facilitar la formación de los profesores en técnicas y herramientas sobre innovación, creatividad y emprendimiento para aplicarlas en el aula, así como para generar proyectos emprendedores con los alumnos de las distintas etapas educativas.

b) Contribuir a la formación de los profesores, que imparte áreas, materias y módulos profesionales relacionados con el emprendimiento en las distintas etapas educativas, en metodologías activas basadas en proyectos para contribuir a su actualización y renovación pedagógica.

c) Divulgar la práctica y desarrollo de proyectos emprendedores, sociales, culturales y empresariales en la comunidad educativa.

3. Destinatarios

a) Profesorado que imparte áreas, materias y/o módulos de emprendimiento, en las distintas etapas educativas (Primaria, ESO, Bachillerato y Formación Profesional).

b) Profesorado con interés en formarse en emprendimiento y creatividad.

Séptimo.- Términos genéricos

Las menciones genéricas en masculino que aparecen en el articulado de la presente orden se entenderán referidas también a su correspondiente femenino.

Octavo.- Facultad de desarrollo.

Se faculta a la Dirección General de Planificación y Formación Profesional, la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación y la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado en el ámbito de sus competencias, para ejecutar y aplicar los preceptos contenidos en la presente orden.

Zaragoza, 29 de agosto de 2016.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte,

MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN