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RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2016, de la Gerencia de Sector de Calatayud, por la que se convoca procedimiento de provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto vacante de Supervisor/a de Unidad de Urgencias, en la plantilla orgánica de personal del Hospital Ernest Lluch de Calatayud.

Publicado el 06/09/2016 (Nº 172)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en capítulo III del título III del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, la Gerencia de Sector de Calatayud, en ejercicio de las competencias legalmente atribuidas, efectúa convocatoria para la provisión por el sistema de libre designación, de un puesto vacante de Supervisor/a de Unidad de la Unidad de Urgencias, adscrito a la Dirección de Enfermería del Hospital Ernest Lluch de Calatayud, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Características del puesto.

- Denominación: Supervisor/a de Unidad de Urgencias

- Sistema de provisión: libre designación.

- Adscripción orgánica y funcional: Dirección de Enfermería del Hospital Ernest Lluch.

- Nivel de complemento de destino: 22

-Funciones: la gestión de los recursos humanos y materiales de su unidad, la de representación de su unidad ante la Dirección y resto de Unidades del Hospital Ernest Lluch, y en general, la responsabilidad del buen funcionamiento y coordinación de la misma.

- Desempeño: temporal y su ejercicio estará sujeto a evaluación periódica.

- Continuidad y permanencia: temporal y su ejercicio estará sujeto a evaluación periódica.

- Causas de cese en el puesto: las establecidas en el artículo 60 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, antes citado.

Segunda.- Requisitos de participación.

Podrá participar en este procedimiento el personal estatutario fijo o temporal que reúna los siguientes requisitos:

a) Los generales requeridos por el apartado 5 del artículo 30 de la Ley 55/2003, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de salud.

b) Encontrase prestando servicios en el Sector de Calatayud, en la categoría de Enfermero/a.

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión.

Tercera.- Solicitudes.

Los interesados en participar en la presente convocatoria, deberán formular su solicitud, dirigida a la Gerencia del Sector de Calatayud. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro del Hospital Ernest Lluch (Ctra. Sagunto-Burgos, km. 254, CP 50300 Calatayud), a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Junto a su solicitud, los aspirantes aportarán la documentación acreditativa de los requisitos exigidos, y breve currículum académico, profesional y formativo. No será necesario aportar aquellos documentos acreditativos, de estar en posesión de requisitos exigidos que ya consten en el expediente personal del Sector de Calatayud.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarta.- Comisión de Selección.

El proceso de provisión será evaluado por una Comisión de Selección, cuya composición se determinará mediante resolución de la Gerencia del Sector Calatayud, de conformidad con los criterios y especificaciones dispuestos por el artículo 73 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud. La composición de la Comisión de Selección se publicará en el tablón de anuncios del Hospital Ernest Lluch, una vez haya finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

La Comisión de Selección verificará que los candidatos reúnen los requisitos mínimos exigidos en esta convocatoria, y elevará a esta Gerencia de Sector de Calatayud la relación nominal de aquellos que los cumplan, y la propuesta de la persona que se considere más idónea para el puesto de Supervisor/a de Unidad cuya provisión ahora se convoca. Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección, al objeto que aclaren o documenten aspectos de su currículum, y si lo considera oportuno podrá mantener entrevistas personales, a fin de determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil del puesto.

Quinta.- Resolución de la convocatoria y efectos.

En el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", esta Gerencia de Sector de Calatayud dictará y publicará resolución que pondrá fin al procedimiento. La provisión del puesto convocado podrá declararse desierta, mediante resolución motivada, cuando no concurran candidatos idóneos para su desempeño. Transcurrido el plazo citado de seis meses sin que se haya publicado resolución alguna, los interesados en el presente procedimiento de provisión mediante libre designación, podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. Contra la resolución expresa o la desestimación presunta podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud.

Sexta.- Nombramiento.

En su caso, mediante la resolución de la Gerencia de Sector de Calatayud que ponga fin al procedimiento, tendrá lugar el nombramiento del aspirante designado para ocupar el puesto de Supervisión de Unidad convocado.

El nombramiento para el puesto de Supervisión de Unidad tendrá carácter temporal, y la continuidad en el desempeño del cargo estará supeditada a la superación de las oportunas evaluaciones, de conformidad con el procedimiento que en su momento se implante.

Séptima.- Publicaciones sucesivas e impugnación.

Todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios sucesivos que se deriven de la presente convocatoria, se harán públicos únicamente en el tablón de anuncios del Hospital Ernest Lluch, de conformidad con el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de Alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74.1 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Calatayud, 20 de julio de 2016.- El Gerente de Sector del Sector de Calatayud, PO. de 11 de septiembre de 2015 del Consejero de Sanidad

El Gerente del Sector II, Ignacio Barrasa Villar