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ORDEN de 4 de octubre de 2012, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden de 2 de mayo de 2012, por la que se efectúa convocatoria, para el año 2012, de subvenciones para actuaciones a realizar por diversas comarcas en el marco de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.

Publicado el 10/10/2012 (Nº 198)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha 14 de mayo de 2012, se publicó en el «Boletín Oficial de Aragón» la Orden de 2 de mayo de 2012, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se efectúa convocatoria para el año 2012 de subvenciones para actuaciones a realizar por diversas comarcas en el marco de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.

Constituyen las bases reguladoras de esta convocatoria el Decreto 145/2010, de 20 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de estímulo y promoción del medio rural, en el marco de los convenios de colaboración, entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad Autónoma de Aragón, para el desarrollo de programas piloto de desarrollo rural sostenible, en aplicación de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo rural sostenible y el Decreto 38/2006, de 7 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y transferencias con cargo al Fondo Local de Aragón.

En atención a que la aprobación de la convocatoria se produjo avanzado el ejercicio presupuestario, conforme a la propuesta efectuada por el Consejo de Cooperación Comarcal, en su reunión del 12 de septiembre de 2012, resulta preciso modificar la convocatoria para facilitar la ejecución y justificación en plazo de las iniciativas objeto de subvención.

En su virtud, resuelvo:

Apartado primero.- Modificación de la Orden de 2 de mayo de 2012, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se efectúa convocatoria para el año 2012 de subvenciones para actuaciones a realizar por diversas comarcas en el marco de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.

La Orden de 2 de mayo de 2012, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se efectúa convocatoria para el año 2012 de subvenciones para actuaciones a realizar por diversas comarcas en el marco de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, se modifica de la siguiente manera:

1. La letra c) del punto 2 del apartado decimoprimero, queda redactado como sigue:

" c) Original o fotocopia debidamente compulsada, del documento contable de reconocimiento de la obligación de pago correspondientes a los gastos justificados u original de extracto bancario u otro documento equivalente con validez mercantil que asegure el abono correspondiente a la factura pagada, que en cualquier caso deberán de ser de fecha anterior a la que marca el final del plazo de justificación de la inversión. En el caso de que la justificación se hubiera efectuado mediante documento contable de reconocimiento de la obligación de pago, la entidad deberá justificar documentalmente el pago efectivo ante el órgano concedente en el plazo de seis meses a contar desde la fecha de justificación de la inversión por parte del beneficiario de la subvención, siendo causa de reintegro el indebido cumplimiento de esta obligación.".

2. El punto 3 del apartado decimoprimero, queda redactado como sigue:

"La justificación para el pago de las subvenciones atendidas podrá realizarse como fecha límite el 15 de noviembre de 2012".

Zaragoza, 4 de octubre de 2012.

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,

MODESTO LOBÓN SOBRINO