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RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2016, de la Gerencia de Sector de Zaragoza II del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca procedimiento de provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto vacante de Jefe de Grupo de la Función Administrativa de Documentación Biomédica y Biblioteca del Hospital Universitario Miguel Servet, del Sector de Zaragoza II.

Publicado el 19/12/2016 (Nº 242)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

De conformidad con lo establecido en capítulo III del título III del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, y estando vacante el puesto de trabajo especificado en el encabezamiento de la presente resolución, esta Gerencia de Sector de Zaragoza II, del Servicio Aragonés de Salud, efectúa convocatoria para la provisión por el sistema de libre designación, del citado puesto de trabajo, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.- Características del puesto.

- Denominación: Jefe de Grupo de la Función Administrativa de Documentación Biomédica y Biblioteca del Hospital Universitario Miguel Servet, del Sector de Zaragoza II.

- Sistema de provisión: Libre designación.

- Jornada de trabajo: Turno de mañana.

- Adscripción orgánica: Dirección de Gestión y Servicios Generales del Sector de Zaragoza II.

- Adscripción funcional: Jefatura de Servicio de Documentación Biomédica y Biblioteca del Sector de Zaragoza II, Hospital Universitario Miguel Servet.

- Nivel de complemento de destino: 19

- Funciones:

a) Colaborar con el Responsable del Servicio de Documentación Biomédica y Biblioteca en la responsabilidad y gestión de todos los procesos del Servicio que sea necesario desarrollar con el fin de alcanzar los objetivos asignados al mismo.

b) Conocer en profundidad los procesos de gestión bibliotecaria y documental del Servicio.

c) Responsabilizarse del servicio de préstamo interbibliotecario para la obtención y envío de documentos que nos solicitan nuestros usuarios. Para ello se requiere un conocimiento profundo del programa de gestión de revistas electrónicas C17.

d) Responsabilizarse de la formación del nuevo personal que se incorpore al Servicio, fundamentalmente en lo relativo al manejo del programa C17 y proceso técnico en general.

e) Asesorar e informar al usuario, tanto presencial como telemáticamente, sobre las fuentes de información biomédicas y ofimáticas que se ofrecen desde el Servicio.

f) Comprometerse con el mantenimiento de la certificación en Calidad según la ISO 9001:2008, obtenida por la Biblioteca en 2011, lo cual implica asumir la realización de determinadas tareas, así como la propuesta de mejoras.

g) En ausencia del Responsable del Servicio, asumirá la gestión de la actividad y del equipo humano del Servicio

- Continuidad y permanencia: Temporal. Su ejercicio estará sujeto a evaluación periódica.

- Causas del cese en el puesto: Las establecidas en el artículo 60 del citado Decreto 37/2011, de 8 de marzo.

- Régimen de dedicación: El desempeño del puesto a cubrir ha de serlo, necesariamente, en régimen de dedicación exclusiva al sector sanitario público.

Segunda.- Requisitos de participación.

Podrá participar en este procedimiento el personal estatutario de Gestión y Servicios fijo o temporal, que reúna los siguientes requisitos:

a) Los generales requeridos por el apartado 5 del artículo 30 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud.

b) Encontrarse prestando servicios en los centros dependientes del Sector de Zaragoza II, en alguna de las categorías de la función administrativa de personal estatutario de Gestión y Servicios encuadradas en el grupo C1 o C2, de conformidad con lo exigido en la plantilla orgánica del Centro.

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

Tercera.- Solicitudes y documentación.

a) Los interesados en participar en la presente convocatoria deberán formular su solicitud según modelo que se adjunta en anexo I, dirigida a la Gerencia de Sector de Zaragoza II del Servicio Aragonés de Salud.

b) Junto a su solicitud, los aspirantes aportarán la documentación acreditativa de los requisitos exigidos, el currículum académico, profesional y formativo, y los justificantes de cuantos méritos se consideren relevantes en relación con el contenido del puesto.

No será necesario acreditar los requisitos que ya consten en el expediente personal del solicitante en el Sector de Zaragoza II.

c) Las solicitudes deberán presentarse en los Registros del Sector de Zaragoza II, a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

d) El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contando a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarta.- Comisión de Selección.

El proceso de provisión será evaluado por una Comisión de Selección, cuya composición se determinará mediante resolución de la Gerencia del Sector de Zaragoza II, de conformidad con los criterios y especificaciones dispuestos por el artículo 73 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud. La composición de la Comisión de Selección se publicará en la página web del Servicio Aragonés de Salud y en los tablones de anuncios del Sector de Zaragoza II, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

La Comisión de Selección verificará que los candidatos reúnen los requisitos mínimos exigidos en esta convocatoria, y elevará a esta Gerencia de Sector de Zaragoza II la relación nominal de aquellos que los cumplan, y la propuesta de la persona que se considere más idónea para el puesto de Jefe de Grupo cuya provisión ahora se convoca, previa valoración del currículum académico y profesional.

Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección, al objeto de que aclaren o documenten aspectos de su currículum, así mismo la Comisión podrá establecer entrevistas personales con los aspirantes.

Quinta.- Resolución de la convocatoria y efectos.

En el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", la Gerencia de Sector de Zaragoza II dictará y publicará resolución que pondrá fin al procedimiento. La provisión del puesto convocado podrá declararse desierta, mediante resolución motivada, cuando no concurran candidatos idóneos para su desempeño. Transcurrido el plazo citado de seis meses sin que se haya publicado resolución alguna, los interesados en el presente procedimiento de provisión mediante libre designación, podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. Contra la resolución expresa o la desestimación presunta podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud.

Sexta.- Nombramiento.

Por resolución de la Gerencia de Sector de Zaragoza II que ponga fin al procedimiento, tendrá lugar el nombramiento del aspirante designado para ocupar el puesto de Jefe de Grupo convocado.

El nombramiento para el puesto de Jefe de Grupo tendrá carácter temporal y la continuidad en el desempeño del cargo estará supeditada a la superación de las oportunas evaluaciones, de conformidad con el procedimiento que en su momento se implante.

Séptima.- Publicaciones sucesivas e impugnación.

Todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios sucesivos que se deriven de la presente convocatoria, serán publicados en la página web del Servicio Aragonés de Salud, en la dirección http://www.aragon.es/sas y en los tablones de anuncios del Sector de Zaragoza II, de conformidad con el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así mismo, la resolución que ponga fin al presente procedimiento será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.2 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en el artículo 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 25 de octubre de 2016.

El Gerente de Sector de Zaragoza II, JOSÉ MANUEL ALDÁMIZ-ECHEVARRÍA IRAURGUI