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ORDEN PRE/722/2016, de 20 de junio, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Fundación Universitaria "Antonio Gargallo, para la realización de actividades de difusión y participación en materia de despoblación en el marco de la "Universidad de Verano de Teruel".

Publicado el 19/07/2016 (Nº 138)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con núm. 2016/4/0022 el convenio suscrito, con fecha 3 de junio de 2016, por el Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón y el Rector de la Universidad de Zaragoza, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 20 de junio de 2016.

El Consejero de Presidencia,

VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA "ANTONIO GARGALLO", PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN Y PARTICIPACIÓN EN MATERIA DE DESPOBLACIÓN EN EL MARCO DE LA "UNIVERSIDAD DE VERANO DE TERUEL"

En la ciudad de Zaragoza, a 3 de junio de 2016.

De una parte, el Exmo. Sr. Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, D. José Luis Soro Domingo, en virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se dispone su nombramiento, y actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según Acuerdo de este órgano de 17 de mayo de 2016.

De otra, el Exmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Zaragoza, D. José Antonio mayoral Murillo, en virtud del Decreto 40/2016, de 5 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se dispone su nombramiento como Rector, y actuando en nombre y representación de la Fundación Universitaria "Antonio Gargallo" en virtud del artículo 10 de los estatutos de la misma ("Boletín Oficial de Aragón", número 45, de 13 de abril de 2005).

Las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente y poder bastante para obligarse en este convenio de colaboración, y al tal efecto

Que el artículo 71.8 del Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio conforme a los principios de equilibrio territorial, demográfico, socioeconómico y ambiental.

Que el Decreto 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA), recoge, entre sus objetivos generales, alcanzar el equilibrio demográfico de la Comunidad Autónoma, proponiendo, entre las estrategias para alcanzarlo, la revisión y actualización del Plan Integral de Política Demográfica, con especial atención a los problemas derivados del envejecimiento, la baja densidad y la dispersión de la población en amplias zonas de la Comunidad Autónoma.

Que el Gobierno de Aragón aprobó el 22 de marzo de 2016 la elaboración del Plan Integral de Política Demográfica y contra la Despoblación, equiparándolo con una directriz especial, figura de planeamiento territorial recogida en el artículo 21 del Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón.

Que el Decreto 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA), recoge, entre sus objetivos específicos (Objetivo 16.3), promover cauces de participación para que la ciudadanía pueda colaborar en la elaboración de propuestas de planificación estratégica y en el seguimiento y evaluación del desarrollo territorial.

Que el Decreto 14/2016, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda establece, entre las funciones del Instituto Geográfico de Aragón, las siguientes:

"k) La organización, dirección, tutela, elaboración y desarrollo de programas de investigación, de innovación y de formación científica y técnica en los ámbitos de su actuación, por sí mismo o en colaboración con otras entidades y organismos, en particular con las universidades aragonesas y otras organizaciones especializadas en servicios de información geográfica.

l) El fomento de los servicios geográficos públicos y privados, y también la investigación, la docencia y el desarrollo tecnológico en el ámbito geográfico".

Que la Fundación Universitaria "Antonio Gargallo" figura inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, por Orden de 19 de enero de 2006, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales ("Boletín Oficial de Aragón", número 16, de 8 de febrero de 2006), y, por lo tanto, tiene personalidad jurídica y plena capacidad para obrar, pudiendo realizar, en consecuencia, todos aquellos actos que sean necesarios para el cumplimiento de la finalidad para la que ha sido creada, con sujeción a lo establecido en el ordenamiento jurídico.

Que el artículo 6, apartado c) de sus estatutos, señala como uno de sus fines: "Promover y gestionar ofertas formativas de nivel superior no regladas y de calidad, mediante cursos de verano u otras actividades similares a desarrollar en la provincia de Teruel".

Que la Fundación Universitaria "Antonio Gargallo" es una entidad sin ánimo de lucro que cuenta con experiencia, medios técnicos y humanos suficientes y adecuados para llevar a cabo las actividades que se especifican en este convenio.

Que abordar la problemática de la despoblación en Aragón, fenómeno especialmente preocupante en la provincia de Teruel, constituye una de las finalidades del nuevo Plan Integral de Política Demográfica y contra la Despoblación, por lo que la aportación de experiencias y soluciones a esta cuestión a través de las distintas actividades de carácter participativo (incluida la docencia en esta materia), que se puedan llevar a cabo en colaboración con la Fundación Universitaria "Antonio Gargallo", se considera de utilidad tanto para la administración autonómica responsable de la elaboración del plan, como para dicha fundación, por estar comprendido dentro de sus finalidades.

En virtud de lo expuesto, las partes acuerdan celebrar el presente convenio de colaboración de conformidad con las siguientes,

Primera.- Objeto del convenio.

El objeto de este convenio es regular la colaboración entre el Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda y la Fundación Universitaria "Antonio Gargallo", para la organización y realización de actividades de difusión y participación en materia de despoblación en el marco de la "Universidad de Verano de Teruel".

Segunda.- Compromisos de las partes.

I. El Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda asume los siguientes compromisos:

- Organizar conjuntamente con la Fundación Universitaria "Antonio Gargallo" actividades de difusión y participación en materia de despoblación en el marco de la "Universidad de Verano de Teruel".

- Participar en las actividades que se desarrollen, a través de su presencia institucional y/o asistencia técnica

- Aportar para la celebración de las actividades que se desarrollen de manera conjunta con la Fundación Universitaria "Antonio Gargallo", y que se inscriban dentro del objeto del presente convenio una cantidad máxima de mil euros (1.000 €).

- Abonar, previa presentación de las correspondientes facturas, los diversos gastos que puedan originarse por la realización de estas actividades, con cargo a la aplicación presupuestaria G/13020/1253/226005/91002.

I. La Fundación Universitaria "Antonio Gargallo" asume los siguientes compromisos:

- Organizar conjuntamente con el Departamento de Vertebración Territorial, Movilidad y Vivienda actividades de difusión y participación en materia de despoblación en el marco de la "Universidad de Verano de Teruel".

- Asumir la gestión administrativa y la dirección científica derivada de la organización de las actividades que puedan organizarse dentro del ámbito del presente convenio.

- Aportar para la celebración de las actividades que se desarrollen de manera conjunta con el Departamento de Vertebración Territorial, Movilidad y Vivienda, y que se inscriban dentro del objeto del presente convenio, una cantidad máxima de tres mil euros (3.000 €).

- Abonar, previa presentación de las correspondientes facturas, los diversos gastos que puedan originarse por la realización de estas actividades con cargo al presupuesto de la fundación.

Tercera.- Comisión de seguimiento.

A fin de procurar el desarrollo y seguimiento de este convenio, se constituirá una comisión mixta formada por dos miembros de la Fundación Universitaria "Antonio Gargallo", nombrados por el Rector de la Universidad de Zaragoza y otros dos, nombrados por el Director General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón. Esta comisión se constituirá en el plazo de un mes a partir de la firma del presente convenio y tendrá como finalidad promover las acciones que permitan cumplir los objetivos y condiciones estipulados en el convenio. En su primera reunión, la comisión elegirá a las personas que la presidan y que levanten acta de sus reuniones. Antes de finalizar el periodo de vigencia del convenio, se elaborará una memoria de las actividades que se hayan celebrado durante su vigencia.

Cuarta.- Vigencia del convenio.

El presente convenio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2016.

Quinta.- Resolución de conflictos.

Este convenio tiene naturaleza administrativa y se regula por los artículos 6 y 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, y su régimen jurídico vendrá determinado por las estipulaciones previstas en el propio convenio y las normas citadas, quedando excluido del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aplicándose los principios de esta ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así como los principios generales del derecho.

Y en prueba de consentimiento, firman el presente convenio, rubricando cada una de las hojas de que consta, el Excmo. Sr. D. José Luis Soro Domingo, en su calidad de Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón y el Rector Magnífico D. José Antonio mayoral Murillo, en su calidad de Presidente del Patronato de la Fundación Universitaria "Antonio Gargallo", en el lugar y fecha arriba indicado.