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ORDEN de 24 de agosto de 2011, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Monroyo (Teruel).

Publicado el 22/09/2011 (Nº 188)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Visto el proyecto de dlasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Monroyo, redactado por el Servicio Provincial de este Departamento en Teruel, resultan de él los siguientes

Antecedentes

Primero.-En la Orden de 8 de noviembre de 2010 del Departamento de Medio Ambiente, publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» n.º 237 de fecha 3 de diciembre de 2010 se resuelve declarar la caducidad del procedimiento de Clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Monroyo (Teruel), conservando todos aquellos trámites y actuaciones que vayan a resultar iguales e idénticos en el nuevo procedimiento administrativo de clasificación. Del mismo modo se resuelve ordenar la iniciación del expediente para la clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Monroyo, (Teruel).

Segundo.-En cumplimiento de lo establecido en la orden de 8 de noviembre de 2010, el 24 de enero de 2011 se publica en el «Boletín Oficial de Aragón» n.º 15 el anuncio de inicio de operaciones, fijando el día 14 de febrero de 2011, a las 10:30 h de la mañana, fijándose como lugar de reunión el Ayuntamiento de Monroyo, y nombrando como representante de la Administración en el acto de recorrido, reconocimiento y estudio de las vías pecuarias del referido término al Ingeniero Técnico Forestal D. Pedro Manuel Polo Íñigo.

Tercero.-Con fecha 21 de enero de 2011, se comunica la publicación en el «Boletín Oficial de Aragón» del anuncio que informa del comienzo de las operaciones de clasificación, al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Monroyo, al Presidente de la Cámara Agraria Provincial, al Presidente de la Comarca del Matarraña, solicitando que designen prácticos y representantes para el acto de clasificación de las vías pecuarias y para su exposición, cuando proceda, en el tablón de anuncios durante 15 días previos al comienzo de la clasificación.

Cuarto.-Con fecha 21 de enero de 2011, se comunica la publicación en el «Boletín Oficial de Aragón» del anuncio que informa del comienzo de las operaciones de clasificación, al Presidente del Ligallo General de Pastores Trashumantes, a la asociación ecologista en acción OTUS, al Jefe de Servicio de Patrimonio del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo; y al Director del Servicio Provincial de Agricultura y Alimentación; solicitando que designen prácticos y representantes para el acto de clasificación de las vías pecuarias.

Quinto.-Con fecha 21 de enero de 2011 se comunica al Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Teruel la fecha de inicio de los trabajos de Clasificación de las vías pecuarias de Monroyo, al efecto de que emita el correspondiente informe si dichos trabajos afectasen a bienes o intereses de titularidad provincial.

Sexto.-Con fecha 27 de enero de 2011 se recibo escrito de la Cámara Agraria Provincial de Teruel, por el que se designa vocal para asistir a los trabajos de clasificación en representación de la Cámara a D. Elías Lombarte Pallarés.

Séptimo.-Con fecha veintitrés de febrero de 2011 se recibe escrito de la Comarca del Matarraña, remitiendo la diligencia de exposición en el tablón del anuncio del inicio de las operaciones de clasificación.

Octavo.-Con fecha 14 de febrero de 2011 se produce la constitución de la Comisión para la clasificación de las vías pecuarias de Monroyo, levantándose la correspondiente acta, y validando los trabajos de campo realizados entre el 25 de noviembre de 2008 y el 19 de marzo de 2010, que corresponden al expediente caducado.

Noveno.-El proyecto de clasificación fue objeto del trámite de información pública mediante anuncio publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» núm. 92 de fecha 12 de mayo de 2011.

Décimo.-Y el texto del anuncio es comunicado, con fecha 9 de mayo de 2011, al Ayuntamiento de Monroyo, a la Comarca del Matarraña, a la Diputación Provincial de Teruel para su conocimiento y exposición en el tablón de anuncios.

Undécimo.-También se comunica con la misma fecha a la Cámara Provincial Agraria, al Ligallo General de Pastores, y a Ecologistas en Acción-OTUS.

Duodécimo.-Con fecha 9 de mayo es comunicado al Servicio de Agricultura y Alimentación de Teruel y al Servicio de Patrimonio del Gobierno de Aragón.

Decimotercero.-La Comarca del Matarraña, con fecha 28 de junio de 2011, certifica la exposición del edicto durante el período establecido, sin que se hubieran presentado alegaciones ni reclamaciones al mismo. Con fecha de 5 de julio de 2011 el Ayuntamiento de Monroyo certifica la exposición del edicto durante el período establecido, sin que se hubieran presentado alegaciones ni reclamaciones al mismo.

Decimocuarto.-No se presentaron alegaciones al proyecto de dlasificación, según Certificado emitido por el Secretario del Servicio Provincial de Medio Ambiente de Teruel, emitido el 8 de junio de 2011.

Decimoquinto.-El proceso de toma de datos se realizó empleando equipo GPS Geoexplorer III de Trimble, recorriendo las vías pecuarias para la toma de datos, con post-proceso mediante el Programa informático Pathfinder, presentando los resultados en coordenadas UTM, referidas al Datum ED-50, Huso 30 Norte.

Decimosexto.-Con fecha 13 de julio de 2011 el Director del Servicio Provincial de este Departamento en Teruel, manifiesta su acuerdo con lo actuado y eleva el expediente para su resolución definitiva, de acuerdo con lo actuado por el Facultativo designado para la Clasificación.

Fundamentos jurídicos

Primero.-El artículo 7 de la Ley 3/1995 de 23 de marzo de vías pecuarias y el artículo 17 de la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de vías pecuarias de Aragón, dispone que la Clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, categoría, anchura, trazado y demás características generales de cada vía pecuaria.

Segundo.-La disposición adicional primera de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias, insta a la Administración a clasificar con carácter de urgencia las vías pecuarias.

Tercero.-En la tramitación del expediente, se dio cumplimiento a cuanto se previene en la legislación vigente relativa al trámite de audiencia, mediante anuncios publicados en el BOA, y colocados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Monroyo y en la Comarca del Matarraña.

Cuarto.-Durante la práctica de la clasificación, y en el periodo de audiencia y vista del expediente no se presentaron alegaciones.

Vistos el Estatuto de Autonomía de Aragón, la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias; la Ley 10/2005 de 11 de noviembre de vías pecuarias de Aragón; el Decreto 281/2007, de 6 de noviembre del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 4/1999 de modificación de la Ley 30/1992, la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y demás disposiciones de general aplicación.

Este Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, de acuerdo con el informe del Director Provincial de Medio Ambiente de Teruel, y a propuesta de la Dirección General de Gestión Forestal, resuelve:

Primero.-Aprobar la clasificación de las vías pecuarias sitas en el término municipal de Monroyo (Teruel), en la que se integran las que seguidamente se relacionan:

Relación de fuentes, abrevaderos.

- No se conocen en las vías pecuarias del término municipal de Monroyo.

Segundo.-Sus recorridos, direcciones, superficie y demás características de las antedichas vías pecuarias figuran en el Informe de clasificación, de fecha 8 de febrero de 2011, ateniéndose en cuanto a lo señalado en su Proyecto de Clasificación y cuyo contenido se tendrá presente en todo cuanto le afecte.

En aquellos tramos de las mismas afectados por situaciones topográficas, paso por zonas urbanas, alteraciones por el transcurso del tiempo en cauces fluviales, etc., su anchura quedará fijada con carácter definitivo una vez practicado el deslinde de la vía pecuaria.

Si en el referido término municipal hubiese, además de las incluidas en la Clasificación, otras vías pecuarias, no perderán éstas su carácter y deberán ser clasificadas con posterioridad.

Tercero.-La presente Orden deberá ser objeto de publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o recurso contencioso administrativo ante el tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 24 de agosto de 2011.

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,

FEDERICO GARCÍA LÓPEZ