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DECRETO 54/1989, de 18 de abril, de la Diputación General de Aragón, por el que se da nueva redacción al Decreto 54/1986, de 16 de mayo, que instituyó el Premio "Ramón Pignatelli".

Publicado el 12/05/1989 (Nº 51)
Sección: BOA I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE CULTURA Y EDUCACION

Texto completo:

DECRETO 54/1989, de 18 de abril, de la Diputación General de Aragón, por el que se da nueva redacción al Decreto 54/1986, de 16 de mayo, que instituyó el Premio "Ramón Pignatelli".

El Decreto 54/1986, de 16 de mayo, instituyó los Premios "Ramón Pignatelli", destinados a fomentar el interés por todo lo relacionado con el uso del agua en Aragón y, en especial, para promover el estudio y la investigación de la problemática de los nuevos regadíos en el territorio de la Comunidad Autónoma.

A la tradicional preocupación por el agua y los regadíos, como una de las utilizaciones fundamentales para el desarrollo de la vida humana en el espacio de nuestro territorio, se debe de añadir hoy una nueva toma de conciencia que se refiere al deseo y a la necesidad universalmente sentida por la conservación del agua y su calidad.

Por otra parte, la experiencia acumulada en los últimos años aconseja introducir modificaciones en el articulado del mencionado Decreto.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Cultura y Educación y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión celebrada el día 18 de abril de 1989,

DISPONGO:

Artículo 1º.- Se instituyen los Premios "Ramón Pignatelli" destinados a fomentar el interés por todo lo relacionado con el uso del agua en Aragón, tanto en lo que se refiere a su aprovechamiento como a la conservación de su calidad.

Artículo 2º.- Los Premios "Ramón Pignatelli" comprenderán las siguientes modalidades:

a) Premio al mejor artículo, reportaje, entrevista o serie de ellos, dado a conocer en cualquiera de los medios de comunicación social de Aragón sobre la materia indicada.

b) Premio al mejor trabajo inédito sobre Tecnología, Investigación Histórica o Antropología Cultural, relacionado con el aprovechamiento del agua y su conservación.

c) Premio al mejor trabajo realizado por escolares de la Comunidad aragonesa, individual o colectivamente, relativo a regadíos y/o a la cultura del agua en Aragón.

Artículo 3º.- Las actividades objeto de los Premios deberán haberse realizado o presentado dentro del año natural correspondiente al de la convocatoria.

Artículo 4º.- Podrán acceder a los Premios, en sus diversas modalidades, las personas o grupos de personas cuyas candidaturas sean presentadas por alguna Institución, Centro, Empresa o Entidad académica, científica, tecnológica o cultural de Aragón.

Artículo 5º- Las propuestas de candidaturas se realizarán dentro del mes de enero del año siguiente al de la convocatoria y se presentarán en el Registro General de la Diputación General de Aragón, debiendo ir acompañadas de una memoria en la que se expongan los méritos y circunstancias que concurran en el trabajo y en el autor o autores que se propongan, y de un ejemplar del trabajo realizado en cualquier soporte material.

Artículo 6º.- El Jurado para todas las modalidades estará presidido por el Consejero de Cultura y Educación, y formarán parte del mismo como vocales natos:

-Una persona designada por el Departamento de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes.

-Una persona designada por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes.

-Una persona designada por el Departamento de Cultura y Educación.

Además de los citados vocales natos, formarán parte del Jurado cuatro vocales seleccionados entre personalidades de reconocido prestigio en las áreas objeto del Premio, que, a propuesta del Consejero de Cultura y Educación, serán designados por el Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón.

Artículo 7º.- El Jurado apreciará libremente los méritos y trabajos de los candidatos propuestos y, por mayoría de votos de sus miembros, elevará propuesta de otorgamiento o de que sea declarado desierto el Premio correspondiente, al Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón. En el caso de que no se produzca mayoría en la tercera votación se hará constar así en el acta, debiendo decidir el Consejo de Gobierno lo que estime procedente.

El otorgamiento de los Premios "Ramón Pignatelli" se efectuará por el Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón.

Artículo 8º.- El Premio "Ramón Pignatelli" en sus diversas modalidades será entregado en acto público dentro de los comprendidos en la programación del Día de Aragón de cada año.

Artículo 9º.- La presentación de propuestas lleva consigo la aceptación por parte de quienes las formulen de los términos de la correspondiente convocatoria.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera.- Se convocan los Premios "Aragón Pignatelli" 1989 en sus tres modalidades, dotados con 500.000 pesetas cada uno. Por lo que respecta a la modalidad destinada a premiar los trabajos escolares, se entregarán 200.000 pesetas en material escolar al autor o autores premiados y 300.000 pesetas al Centro docente del que dependan como dotación para equipamiento cultural.

Excepcionalmente, y a la vista de la calidad de los trabajos presentados, el Jurado podrá en su caso, proponer la concesión de hasta dos accesits de 100.000 pesetas en cada una de las tres modalidades, que recibirán íntegramente los autores de los trabajos.

Segunda.- Las actividades que puedan optar a los premios de la presente convocatoria deberán haber sido realizadas dentro del año 1989, y conforme a lo expresado en el artículo 5º las propuestas o candidaturas de opción a los Premios deberán ser presentadas dentro del mes de enero de 1990.

DISPOSICION DEROGATORIA

Queda derogado el Decreto 54/1986, de 16 de mayo, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan al mismo.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Se faculta al Consejero de Cultura y Educación para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento y desarrollo del presente Decreto.

Segunda.- Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Dado en Zaragoza, a dieciocho de abril de mil novecientos ochenta y nueve.

El Presidente de la Diputación General, HIPOLITO GOMEZ DE LAS ROCES

El Consejero de Cultura y Educación, ENRIQUE CALVO CABELLO