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RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2019, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se anuncia la convocatoria del turno de resultas derivadas de accesos de los puestos de trabajo de carácter permanente de personal laboral.

Publicado el 06/02/2019 (Nº 25)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Por Resolución de 13 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Función Pública y Calidad de los Servicios, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 228, de 26 de noviembre de 2018, modificada por Resolución de 14 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Función Pública y Calidad de los Servicios, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 229, de 27 de noviembre de 2018, se adjudicaron de forma definitiva los puestos de trabajo de personal laboral convocados para su provisión por el turno de accesos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47, del VII convenio Colectivo para el personal laboral de la Diputación General de Aragón, procede publicar la convocatoria del turno de resultas, con las vacantes generadas en el turno de accesos y con los mismos méritos de valoración de dicho turno.

Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del VII convenio Colectivo, esta Dirección General resuelve:

Primero.- Se convocan para su provisión por el turno de resultas, los puestos de trabajo de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón que se relacionan en el anexo I, identificados con su respectivo número en las relaciones de puestos de trabajo.

Procederá este turno para el cambio de categoría profesional del mismo o distinto grupo, tanto superior como inferior.

Segundo.- La tramitación de la presente convocatoria y la adjudicación de los puestos convocados se regirán por lo dispuesto en los artículos 47, 50 y 51 del vigente convenio Colectivo para el personal laboral que presta servicios en la Diputación General de Aragón.

Los méritos serán valorados a fecha 21 de septiembre de 2018, fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria del turno de accesos.

En lo no previsto en la presente Resolución será de aplicación lo dispuesto en la convocatoria del turno de accesos efectuada por Resolución de 4 de julio de 2018 publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 141, de 23 de julio de 2018, no pudiendo participar quienes resultaron adjudicatarios en dicho turno.

Tercero.- Podrá participar en la presente convocatoria el personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, que acredite dos años de servicios continuados en el puesto de trabajo desde el que concursa, salvo que concurse en el ámbito del mismo Departamento.

El personal laboral en situación distinta a la de prestación de servicios deberá haber superado el período mínimo exigido de permanencia en la situación desde la que participe en la convocatoria.

Cuarto.- Será requisito indispensable para acceder a los puestos de trabajo convocados haber superado la correspondiente habilitación para el acceso a dicha categoría profesional.

A estos efectos y de acuerdo con el Acuerdo de 8 de mayo de 2015, de la Comisión Paritaria del VII convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, publicada por Resolución de 3 de julio de 2015, del Director General de Trabajo ("Boletín Oficial de Aragón", número 145, de 29 de julio de 2015), la categoría/oficio inicial de los trabajadores que hayan accedido a una nueva a través del turno de accesos (o resultas de accesos) se mantiene como habilitación a dicha categoría/oficio, pudiendo participar, por lo tanto, en la presente convocatoria y solicitar puestos adscritos a la misma.

Quinto.- El personal laboral que solicite puestos de trabajo que se encuentren afectados por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, identificados en el anexo I en la columna "MEN." con el código "M", deberá aportar junto con la solicitud, autorización firmada para que la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo anexo IV de la Instrucción de 15 de marzo de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se modifica la Instrucción de 29 de febrero de 2016, por la que se establecen criterios de gestión en relación a la acreditación de la certificación negativa de los datos inscritos en el Registro Central de Delincuentes, modelo disponible en el portal del empleado/función pública/concursos/personal laboral, en la correspondiente convocatoria.

La no aportación de dicha autorización supondrá la exclusión del interesado en relación con los referidos puestos, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales en el plazo de presentación de solicitudes.

Asimismo, si en el momento de resultar adjudicatarios de alguno de dichos puestos se comprueba que existen antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, quedarán excluidos de los mismos.

Sexto.- La solicitud de participación deberá realizarse a través de la aplicación informática ubicada en la web de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios del Portal del Empleado o directamente en la dirección web: https://aplicaciones.aragon.es/sip/

Se excluirán del concurso a los participantes que presenten solicitudes de participación que no hayan sido generadas mediante la aplicación informática.

En el portal del empleado/función pública/acceso a la solicitud de concursos/personal laboral consta un manual de uso de la aplicación que facilitará su utilización por los usuarios, así como la posibilidad de acceder a asistencia telefónica.

La solicitud de participación, junto con la documentación que deba acompañarse, se presentarán a través de la aplicación informática en la que se confecciona la misma, en la dirección web: https://aplicaciones.aragon.es/sip/, para lo cual el interesado debe de poseer certificado electrónico digital, también se podrán presentar en las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentase más de una, la última presentada anula las presentadas con anterioridad.

Séptimo.- El personal laboral fijo podrá comprobar los datos que figuran en el sistema informático respecto a los puestos que han desempeñado, a través del Autoservicio del empleado, dentro del apartado "información puestos desempeñados". Estos datos serán los méritos que la Comisión de Valoración valorará en el presente turno de resultas de accesos.

En el supuesto de apreciarse algún error o disconformidad con los datos contenidos en el mismo, se podrán realizar las correspondientes alegaciones en la pestaña "alegaciones" habilitada en la confección de la solicitud y se deberá acompañar a la solicitud de participación la documentación acreditativa de las mismas.

Octavo.- La composición de la Comisión de Valoración será la siguiente:

Presidente: D.ª Blanca Fernández-Velilla Herranz.

Presidenta Suplente D.ª M.ª Carmen Sánchez García.

Vocales Titulares: D. Ángel Martínez Retuerta.

D. Fernando Casorrán Nuñez.

D.ª Tania González Jiménez.

D. Antonio Miguel Villoro Graske.

D. Daniel Nicolás Pauner.

Vocales Suplentes D.ª M.ª Ángeles Lacabe Moreno.

D.ª Beatriz Sánchez Huerta.

D. Alberto Ramos Urdánoz.

D- José Fernando de Sus Pérez.

D- Antonio Alastuey Garcés.

Secretaria: D.ª M.ª Luisa Fontané Martín.

Secretaria Suplente D.ª Adela Aso Aisa.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se aceptará ninguna alteración de las mismas, ni aún cuando se trate de incluir nuevas peticiones, modificar el Orden de prelación de las plazas solicitadas o de renunciar a alguna de las mismas.

Los solicitantes podrán desistir de su participación en el concurso, hasta el último día del plazo establecido para formular reclamaciones contra la Resolución provisional.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes computado desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", previo a la vía judicial social, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, según redacción dada por la Disposición Final Tercera. Dos de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho.

Zaragoza, 23 de enero de 2019.

La Directora General de la Función Pública

y Calidad de los Servicios,

M.ª ARÁNTZAZU MILLO IBÁÑEZ