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EXTRACTO de la Orden EIE/725/2016, de 7 de julio, por la que se convocan para el año 2016 las subvenciones previstas en la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, por la que se aprueba el Programa ARINSER y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones contempladas en el mismo para la integración socio-laboral de personas en situación o riesgo de exclusión a través de empresas de inserción.

Publicado el 19/07/2016 (Nº 138)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

BDNS (Identif.): 311737

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/):

Primero.- Beneficiarios:

De acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras aprobadas por Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se convocan por medio de esta orden las empresas de inserción que además de cumplir con lo establecido en el artículo 3 de dicha orden cumplan los siguientes requisitos:

a) Para la subvención por creación y mantenimiento de empleo para personas en situación o riesgo de exclusión social, que creen o mantengan empleos para personas en situación o riesgo de exclusión social en los términos y con las limitaciones establecidas en el artículo 9 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio.

Aquellos trabajadores en situación o riesgo de exclusión social que a la fecha de publicación de la presente convocatoria, estuviesen inmersos en procesos de inserción y no hubiesen completado el periodo máximo de 3 años al que se refiere el artículo 8 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, darán derecho a la subvención que corresponda, por el tiempo que restase hasta completar el citado periodo de 3 años, con arreglo a las nuevas bases reguladoras aprobadas por la citada Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, siempre que cumplan los requisitos exigidos para ello.

b) Para la subvención para proyectos generadores de empleo estable prevista en el artículo 10 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, que hayan ampliado su plantilla y realicen inversiones en los términos y cumpliendo los requisitos previstos en dicho artículo.

c) Para la subvención para la contratación de técnicos de inserción, que cuenten en su plantilla con un técnico de inserción en los términos y condiciones del artículo 11 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio.

d) Para la subvención de apoyo técnico y gerencial, que se contrate o mantenga el puesto de director, gerente o personal técnico necesario para garantizar la viabilidad de la empresa, en los términos del artículo 12 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio.

e) Para la subvención por asistencia técnica para la realización de estudios, auditorias y certificaciones, que contraten con empresas especializadas que reúnan garantías de solvencia profesional, estudios de mercado, organización, comercialización y otros de naturaleza análoga, planes de viabilidad, auditorias contables y de gestión, auditorias sociales, certificados de calidad y sus respectivas renovaciones, en los términos y condiciones que determina el artículo 13 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio.

f) Para la subvención por la inserción en el mercado de trabajo normalizado, que incorporen a sus trabajadores en proceso de inserción como trabajadores por cuenta ajena en empresas ordinarias o se favorezca el establecimiento de los mismos como trabajadores autónomos, en los términos y condiciones del artículo 14 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio.

Segundo.- Objeto:

La finalidad de estas subvenciones es propiciar la participación en el empleo de aquellas personas en situación de riesgo o exclusión social, favoreciendo para ellas procesos de inserción sociolaboral a través de las empresas de inserción existentes en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.- Bases reguladoras:

Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, por la que se la que se aprueba el Programa ARINSER y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones contempladas en el mismo para la integración socio-laboral de personas en situación o riesgo de exclusión a través de empresas de inserción.

http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=915127064141

Cuarto.- Cuantía:

Las subvenciones convocadas por medio de la presente orden se financiarán con cargo a los créditos del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo para el ejercicio 2016 que a continuación se relacionan:

Aplicación Presupuestaria Descripción Cuantía.

G3221/470028/11201 Subvención contratación programa ARINSER 396.428,50 €.

G3221/470028/91001 Subvención contratación programa ARINSER 396.428,50 €.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:

El artículo 17 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, determina los plazos de presentación de solicitudes de las distintas subvenciones establecidas en el mismo.

No obstante, y conforme establece el apartado 6 del citado artículo 17, para aquellos supuestos subvencionables en los que el inicio del plazo de presentación de solicitudes se haya producido entre el 1 de octubre de 2015 y la fecha de entrada en vigor de esta convocatoria, los plazos de solicitud establecidos en el citado artículo 17 se computarán a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden.

Sexto.- Otros datos:

Las solicitudes se formalizarán mediante los correspondientes modelos normalizados, debidamente cumplimentados, que se encuentran a disposición de los interesados a través de la Oficina Virtual de Trámites disponible en la sede electrónica del Gobierno de Aragón en la dirección electrónica http://www.aragon.es y en el portal institucional del Instituto Aragonés de Empleo en la dirección electrónica http://www.aragon.es/inaem

Las solicitudes deberán acompañarse, en su caso, de la documentación complementaria exigida en el artículo 16 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio.

Zaragoza, 7 de julio de 2016.- La Consejera de Economía, Industria y Empleo, Marta Gastón Menal.