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RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 7 de septiembre de 2009, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina de cebo hasta una capacidad de 510 UGM, ubicada en el polígono 6, parcela 355, del término municipal de Ambel (Zaragoza), y promovida por Granja Laborta, S.L. (Número de Expediente INAGA 500601/02/2014/10743).

Publicado el 22/04/2015 (Nº 76)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha 17 de octubre de 2014, se presenta escrito en este Instituto, por D. José María Biarge Ruiz, en representación de Granja Laborta, S.L., con CIF: B-50924455, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación por ampliación del plazo de inicio de actividad.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución de 7 de septiembre de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 186, de 29 de septiembre de 2009 (Número Expte. INAGA 500301/02/2008/11710).

Segundo.- Mediante Resolución de 26 de diciembre de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 11, de 16 de enero de 2013, se modifica puntualmente la Resolución de 7 de septiembre de 2009, por ampliación del plazo de inicio de actividad, hasta el 23 de septiembre de 2014 (Número Expte. INAGA 500601/02/2012/08710).

Tercero.- Mediante Resolución de 13 de diciembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/10073).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 7 de septiembre de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de cebo, en el término municipal de Ambel (Zaragoza), promovida por Granja Laborta, S.L., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 3 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"3. El comienzo de la actividad ampliada deberá ser anterior al 2 de marzo del 2017; de otra forma, la presente resolución quedará anulada y sin efecto".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 4 de marzo de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ