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RESOLUCIÓN de 29 de octubre de 2019, del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Teruel, por el que se señala fecha para el levantamiento de actas previas a la ocupación de los bienes afectados por el expediente de expropiación forzosa de la instalación Parque Eólico "Ampliación Puerto Escandón", en los términos municipales de Formiche Alto y La Puebla de Valverde (Teruel). (Expediente número: TE-AT0024/12 y PEA6055/2016).

Publicado el 08/11/2019 (Nº 219)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

Por Orden de 21 de octubre de 2019, del Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, se declaró de utilidad pública, en concreto, la instalación eléctrica referenciada a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa. Dicha declaración de utilidad pública, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, conforme al artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de noviembre, del Sector Eléctrico.

En consecuencia, este Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Teruel, ha resuelto:

Convocar a los titulares de los bienes afectados, expresados en relación adjunta en el anexo I, a los efectos del levantamiento de actas previas a la ocupación según lo dispuesto en el artículo 52 párrafo 2.º de la vigente Ley de expropiación forzosa significándole que, esta publicación, se realiza igualmente a los efectos que determina el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los casos de titular desconocido o de ignorado paradero. La reunión tendrá lugar en alguno de los ayuntamientos mencionados y, a continuación, se trasladará a los terrenos afectados para proceder a la redacción de las actas previas.

Al citado acto deberán asistir inexcusablemente, el representante de la administración, acompañado de un perito, el alcalde del ayuntamiento que corresponda, o concejal en el que delegue, el representante de la empresa beneficiaria de la expropiación, Molinos del Jalón S.A. y los propietarios afectados, ejercitando los derechos que determina el artículo 52 en su párrafo 3.º, bien personalmente o representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando, en todo caso, los documentos acreditativos de su titularidad, D.N.I. y último recibo de la contribución, pudiéndose acompañar a su costa, si lo estima oportuno, de peritos y notarios.

Todos los interesados, así como personas que siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados hayan podido omitirse en la relación adjunta, podrán formular por escrito en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y hasta el día del levantamiento del acta previa respectiva, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores padecidos en la misma.

Esta Resolución se publicará en el "Diario de Teruel", en un periódico de difusión regional y "Boletín Oficial de Aragón", y se expondrá en el tablón de anuncios de los ayuntamientos afectados y se notificará a los afectados.

Teruel, 29 de octubre de 2019.- La Secretaria Provincial. P.A. del Director del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Teruel. (Decreto 74/2000, de 11 de abril, artículo 10.3, "Boletín Oficial de Aragón", número 50, de 28 de abril de 2000). María Cruz Giménez Montelo.