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RESOLUCIÓN de 19 de agosto de 2020, del Director General de Administración Local, por la que se clasifica el puesto de Secretaría de la Agrupación para el sostenimiento en común de ese único puesto integrada por los municipios de Torrijo de la Cañada, Bijuesca y Torrelapaja, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Publicado el 02/09/2020 (Nº 174)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

Por Orden de la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales de 19 de agosto de 2020, se ha aprobado la creación de la Agrupación para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención integrada por los municipios de Torrijo de la Cañada, Bijuesca y Torrelapaja, con capitalidad en el municipio de Torrijo de la Cañada.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y en ejercicio de las facultades conferidas a esta Dirección General por el artículo 3 del Decreto 342/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen las competencias ejecutivas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón relativas a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.- Clasificar el puesto de trabajo de Secretaría de la Agrupación para el sostenimiento en común de ese único puesto integrada por los municipios de Torrijo de la Cañada, Bijuesca y Torrelapaja, en Clase Tercera, correspondiente a la Subescala de Secretaría-Intervención, de la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Segundo.- Esta Resolución será eficaz desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 19 de agosto de 2020.

El Director General de Administración Local,

JOSÉ RAMÓN IBÁÑEZ BLASCO