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ORDEN ECD/1963/2016, de 15 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria de Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2015-2016.

Publicado el 13/01/2017 (Nº 8)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden de 20 de junio de 2016, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, se convocaron los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2015-2016, publicándose su extracto en el "Boletín Oficial de Aragón", número 134, de 13 de julio de 2016.

Una vez efectuada la prueba prevista en el apartado sexto de la convocatoria, y realizada la evaluación por parte del tribunal nombrado al efecto, el Director General de Innovación, Equidad y Participación dictó con fecha 5 de octubre de 2016 propuesta de resolución provisional, que habilitó un plazo de diez días hábiles para la presentación de alegaciones.

Transcurrido dicho plazo, y realizados los trámites previstos en el apartado séptimo de la convocatoria, mediante Resolución de 15 de noviembre de 2016, del Director General de Innovación, Equidad y Participación, se dictó la propuesta de resolución definitiva del procedimiento.

De conformidad con el apartado noveno punto 1 de la Orden de 20 de junio de 2016, la concesión y notificación de los premios se realizará por la Consejera de Educación, Cultura y Deporte mediante orden motivada, que incluirá la relación de los alumnos premiados, el contenido del premio, la puntuación obtenida y los criterios de valoración, así como la relación de solicitudes desestimadas debidamente fundamentada, y será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón (http://www.educaragon.org) y en los tablones de anuncios de los respectivos Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Consta en expediente que los participantes que han optado a estos Premios reúnen los requisitos establecidos en el apartado segundo de la convocatoria. Igualmente, en la realización y calificación de las pruebas se ha atendido a lo establecido en el apartado sexto de la convocatoria.

Visto lo anterior, a propuesta del Director General Innovación, Equidad y Participación, y dando cumplimiento a lo establecido en la convocatoria, resuelvo:

Primero.- Conceder los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2015-2016 a los alumnos que han obtenido la mayor puntuación en las pruebas correspondientes, relacionados en el anexo I de la presente orden.

Segundo.- Aprobar la relación de solicitudes desestimadas, con su motivo correspondiente, que figura como anexo II a esta orden.

Tercero.- Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones contenidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 27 de septiembre, General de Subvenciones, en el artículo 9 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y en el artículo 16 de la Orden ECD/312/2016, de 12 de abril.

Deberán igualmente someterse al control financiero ejercido por la Intervención General, así como a los controles que pudieran ejercerse por parte de la Cámara de Cuentas de Aragón y del Tribunal de Cuentas, en los términos establecidos en los artículos 51 y 52 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo.

De acuerdo con lo previsto en la convocatoria, así como en el artículo 9.2 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y de Participación Ciudadana de Aragón, los beneficiarios de subvenciones estarán obligados a suministrar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, previo requerimiento, y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquella de las obligaciones previstas en la Ley en materia de transparencia, con las consecuencias recogidas en su artículo 9.4.

Cuarto.- Ordenar que el premio conste en el expediente académico y en el historial académico del alumno premiado mediante diligencia realizada por el Secretario del centro docente correspondiente, de conformidad con el anexo III a esta orden, recogido igualmente en la convocatoria.

Quinto.- La obtención del Premio Extraordinario de Bachillerato dará opción, previa inscripción, a concurrir al correspondiente Premio Nacional de Bachillerato que convoque el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Igualmente, de acuerdo con la normativa por la que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios académicos universitarios de la Universidad de Zaragoza, los estudiantes con Premio Extraordinario de Bachillerato tendrán derecho la primera vez que se matriculen en estudios universitarios en la Universidad de Zaragoza, a la exención total del pago de los precios públicos por matrícula en las asignaturas del primer curso.

Sexto.- De conformidad con el apartado tercero de la convocatoria, el importe de los premios correspondientes a la presente convocatoria asciende a un total de cuatro mil ochocientos euros (4.800 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 18050/G/4231/480093/91002 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016. Cada uno de los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2015/2016 está dotado con un importe de 600 euros.

Séptimo.- Ordenar la publicación de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón", en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón (http://www.educaragon.org) y en los tablones de anuncios de los respectivos Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Zaragoza, 15 de diciembre de 2016.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN