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RESOLUCIÓN de 11 enero de 2016, de la Gerencia de Sector de Zaragoza II del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca procedimiento de provisión, por el sistema de libre designación de un puesto vacante de Supervisor de Área de Enfermería de Recursos Materiales del Hospital Universitario "Miguel Servet" del Sector de Zaragoza II.

Publicado el 05/02/2016 (Nº 24)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

De conformidad con lo establecido en capítulo III del título III del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, y estando vacante el puesto de trabajo especificado en el encabezamiento de la presente resolución, esta Gerencia de Sector de Zaragoza II, del Servicio Aragonés de Salud, efectúa convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del citado puesto de trabajo, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.- Características del puesto.

- Denominación: Supervisor de Área de Enfermería de Recursos Materiales.

- Sistema de provisión: Libre designación.

- Jornada de trabajo: Turno de mañana y/o tarde.

- Adscripción orgánica y funcional: Dirección de Enfermería del Hospital Universitario "Miguel Servet"

- Nivel de complemento de destino: 23

- Funciones:

a) Gestionar y evaluar los Recursos Materiales que utilizan los profesionales de enfermería en el cuidado y tratamiento del paciente, asegurando la adecuada utilización de los mismos.

b) Asesorar y formar a los profesionales de enfermería, sobre los recursos materiales a utilizar en su trabajo diario, garantizando que éstos sean los más adecuados, de calidad y seguros tanto para el paciente como para el propio profesional que los utiliza.

c) Colaborar en la convocatoria y adjudicación de los concursos, procedimientos negociados para la adquisición de material.

d) Colaborar en la elaboración de los informes y especificaciones técnicas de materiales, que facilite la tarea de confección de pliegos técnicos para su compra mediante concursos públicos.

e) Colaborar con la implantación de los pactos por consumo con suministros realizando el seguimiento y evaluación del funcionamiento de los mismos.

f) En coordinación con los supervisores de unidad colaborar en la realización del plan de inversiones/necesidades.

g) Representar a la Dirección de Enfermería en órganos de decisión como la mesa de contratación y la mesa de compras para la adquisición de material fungible e inventariable, y en todas aquellas comisiones que le delegue.

- Continuidad y permanencia: temporal y su ejercicio estará sujeto a evaluación periódica.

- Causas de cese en el puesto: las establecidas en el artículo 60 del citado Decreto 37/2011, de 8 de marzo.

Segunda.- Requisitos de participación.

Podrá participar en la convocatoria el personal estatutario, funcionario o laboral, que reúna los siguientes requisitos:

a) Los generales requeridos por el apartado 5 del artículo 30 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud.

b) Encontrarse prestando servicios en Centros dependientes del Servicio Aragonés de Salud, en la categoría de Enfermero/a, de conformidad con lo exigido en la plantilla orgánica del Centro.

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

Tercera.- Solicitudes y documentación.

a) Los interesados en participar en la presente convocatoria deberán formular su solicitud según modelo que se adjunta en anexo I, dirigida a la Gerencia de Sector de Zaragoza II del Servicio Aragonés de Salud.

b) Junto a su solicitud, los aspirantes aportarán la documentación acreditativa de los requisitos exigidos, el currículum académico, profesional y formativo, y los justificantes de cuantos méritos se consideren relevantes en relación con el contenido del puesto, así como una memoria relacionada con la Supervisión de Enfermería elaborada por los propios aspirantes. No será necesario aportar aquellos documentos acreditativos de estar en posesión de requisitos exigidos que ya consten en el expediente personal del Hospital Universitario "Miguel Servet"

c) Las solicitudes deberán presentarse en los Registros del Sector de Zaragoza II, a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

d) El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarta.- Comisión de Selección.

El proceso de provisión será evaluado por una Comisión de Selección, cuya composición se determinará mediante resolución de la Gerencia del Sector Zaragoza II, de conformidad con los criterios y especificaciones dispuestos por el artículo 73 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud. La composición de la Comisión de Selección se publicará en la página web del Servicio Aragonés de Salud y en los tablones de anuncios del Sector Zaragoza II, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

La Comisión de Selección verificará que los candidatos reúnen los requisitos mínimos exigidos en esta convocatoria, y elevará a esta Gerencia de Sector de Zaragoza II la relación nominal de aquellos que los cumplan, y la propuesta de la persona que se considere más idónea para el puesto de Supervisor de Área cuya provisión ahora se convoca, previa valoración del currículum académico y profesional, así como de la memoria relacionada con la Supervisión de Enfermería elaborada por los aspirantes.

Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección, al objeto de que aclaren o documenten aspectos de su currículum, así mismo la Comisión podrá establecer entrevistas personales con los aspirantes.

Quinta.- Resolución de la convocatoria y efectos.

En el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", la Gerencia de Sector de Zaragoza II dictará y publicará resolución que pondrá fin al procedimiento. La provisión del puesto convocado podrá declararse desierta, mediante resolución motivada, cuando no concurran candidatos idóneos para su desempeño. Transcurrido el plazo citado de seis meses sin que se haya publicado resolución alguna, los interesados en el presente procedimiento de provisión mediante libre designación, podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. Contra la resolución expresa o la desestimación presunta podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud.

Sexta.- Nombramiento.

Por resolución de la Gerencia de Sector de Zaragoza II que ponga fin al procedimiento, tendrá lugar el nombramiento del aspirante designado para ocupar el puesto de Supervisor de Área convocado.

El nombramiento para el puesto de Supervisor de Área tendrá carácter temporal y la continuidad en el desempeño del cargo estará supeditada a la superación de las oportunas evaluaciones, de conformidad con el procedimiento que en su momento se implante.

Séptima.- Publicaciones sucesivas e impugnación.

Todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios sucesivos que se deriven de la presente convocatoria, serán publicados en la página web del Servicio Aragonés de Salud, en la dirección http://www.aragon.es/sas y en los tablones de anuncios del Sector de Zaragoza II, de conformidad con el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, la resolución que ponga fin al presente procedimiento será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo previsto en el artículo 48.2 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en el artículo 58.2 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Zaragoza, 11 de enero de 2016.

El Gerente de Sector de Zaragoza II,

JOSÉ MANUEL ALDAMIZ-ECHEVARRÍA IRAURGUI