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RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 3 de enero de 2008, por la que se otorga la autorización ambiental integrada de una explotación porcina con capacidad para 1.100 hembras reproductoras, 18 verracos y 5.000 plazas de cebo, ubicada en el polígono 12, parcelas 151 y 167, del término municipal de Ibdes (Zaragoza), y promovida por La Sierra Ganadera, S.L. (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/03646).

Publicado el 17/08/2015 (Nº 158)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 9 de abril de 2015, se presenta escrito en este Instituto, por La Sierra Ganadera, S.L., con CIF: B50493550, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación. Dicha solicitud, adjunta una memoria en la que se indica la necesidad de eliminar de la Resolución de 3 de enero de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, aquellos puntos en los que se condicionaba la autorización ambiental integrada a la ampliación de la capacidad de almacenamiento de purines de la explotación.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución de 8 de enero de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 11, de 28 de enero de 2008 (Número Expte. INAGA 500301/02/2006/10906).

Segundo.- Mediante Resolución de 9 de enero de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se aprueba la modificación no sustancial de dicha autorización ambiental integrada por cambio de orientación productiva a explotación porcina de cebo con capacidad para 5.000 plazas, quedando vacías las instalaciones destinadas a las cerdas reproductoras (Número Expte. INAGA 500301/02/2011/11847).

Tercero.- Mediante Resolución de 13 de diciembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/10082).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, visto que:

Mediante Resolución de 9 de enero de 2012, de este Instituto, se comunicó la modificación no sustancial de la explotación por cambio de orientación productiva y disminución de la capacidad hasta 5.000 plazas de cerdos de cebo (Número Expte. INAGA 500301/02/2011/11847).

La capacidad autorizada actual para dicha explotación, según los datos obrantes en el Registro oficial de explotaciones ganaderas (ES501250000001), es de 5.000 plazas de cebo.

En aplicación del anexo XI del Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, la capacidad mínima de almacenamiento, para esta capacidad, en la explotación deberá ser de 3.750 m³.

La capacidad de almacenamiento actual de la explotación asciende a 3.040 m³, computando las fosas exteriores e interiores, resultando insuficiente para cumplir con la normativa vigente, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 8 de enero de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina, en el término municipal de Ibdes (Zaragoza), promovida por La Sierra Ganadera, S.L., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1. Otorgar la autorización ambiental integrada a La Sierra Ganadera, S.L., con CIF: B50493550, para una explotación porcina de cebo con capacidad para 600 UGM, ubicada en el polígono 12, parcelas 151 y 167, del término municipal de Ibdes (Zaragoza), en unas coordenadas huso 30, XM = 598.393; YM = 4.562.485; ZM = 750. La autorización se otorga con el siguiente condicionado:".

El último párrafo del punto 1.1 quedará sustituido por lo siguiente:

"Para la evacuación de purines todas las naves cuentan con canales de recogida de purines, cubiertos con slats prefabricados de hormigón, disponiendo las naves del módulo A, de una capacidad de 582 m³ y las naves del módulo B, de 323 m³; además, existen dos fosas de purines en el módulo A, con capacidad para 193 m³ y 90 m³, y otras dos fosas de purines en el módulo B, con capacidad para 405 m³ y 1.445 m³; dos fosas de cadáveres, de 3x2x3 m y 5x5x3 m; vallado perimetral y vado de desinfección".

El punto 1.2 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.2. La explotación deberá disponer de una capacidad de almacenamiento de purines de, al menos, 3.750 m³".

El punto 1.14 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.14. El promotor deberá disponer de la capacidad de almacenaje de purines indicada en el punto 1.2 del presente condicionado, disponiendo de un plazo de 12 meses contados a partir de la publicación de la presente resolución. La documentación justificativa de que han concluido las obras se notificará al Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Zaragoza, quien levantará el acta de comprobación, y, en su caso, otorgará el número de autorización asignado".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 27 de julio de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ