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ORDEN PRI/252/2020, de 4 de marzo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Aragonés de la Mujer, Organismo Autónomo del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales para el periodo 2020-2023.

Publicado el 25/03/2020 (Nº 61)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, exige en su artículo 8 que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Por su parte, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, prevé en su artículo 5 que en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón cada Departamento elaborará un Plan Estratégico de Subvenciones, con el contenido previsto en la normativa básica estatal, que comprenderá sus actuaciones en materia de subvenciones, las de sus organismos autónomos y las de sus entidades de Derecho público. No obstante, por razones justificadas, podrán elaborarse planes estratégicos especiales de ámbito inferior al Departamento o planes estratégicos conjuntos que afecten a varios Departamentos u organismos públicos dependientes o vinculados a estos.

El Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales aprobó su Plan Estratégico de Subvenciones propio, que comprende las actuaciones en materia de subvenciones del Departamento indicando que el Instituto Aragonés de la Mujer, Organismo Autónomo adscrito al Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales aprobará su propio Plan Estratégico de Subvenciones, ya que al amparo del artículo 5 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, existen razones justificadas para ello. Así, razones organizativas lo aconsejan dada la entidad propia de esta materia en relación con el resto de competencias atribuidas al Departamento.

El Plan Estratégico de Subvenciones objeto de esta Orden tendrá una vigencia de cuatro años, comprendiendo por tanto el periodo 2020-2023, de conformidad con el contenido del presupuesto que corresponda al Instituto Aragonés de la Mujer.

En virtud de todo lo expuesto, y de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas por el ordenamiento jurídico, resuelvo:

1.º Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones del Organismo Autónomo Instituto Aragonés de la Mujer para el periodo 2020-2023, que se acompaña como anexo a la presente Orden.

2.º Publicar el Plan Estratégico de Subvenciones del Organismo Autónomo Instituto Aragonés de la Mujer para el periodo 2020-2023 en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 4 de marzo de 2020.

La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN