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ORDEN ECD/1330/2016, de 27 de septiembre, por la que se amplia el crédito presupuestario establecido en la Orden de 31 de mayo de 2016, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan ayudas para la adquisición de material curricular del alumnado escolarizado en etapas obligatorias de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2016/2017.

Publicado el 03/10/2016 (Nº 191)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden de 31 de mayo de 2016, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón http://www.educaragon.org y su extracto en el "Boletín Oficial de Aragón", número 105, de 2 de junio de 2016, se convocan ayudas para la adquisición de material curricular de alumnado escolarizado en etapas obligatorias de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2016/2017.

En el apartado segundo de dicha orden, se establece lo siguiente: "1. El presupuesto destinado para la convocatoria de estas ayudas para el curso académico 2016/2017 es de tres millones doscientos sesenta y cinco mil euros (3.265.000 euros) que se ejecutarán con cargo a la partida 18050/G/4231/480397/91002 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016. (...) 2. Los créditos que financian la presente convocatoria tienen la consideración de créditos ampliables conforme a lo señalado en el artículo 8.1 o) de la Ley 1/2016, de 28 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016. Igualmente el crédito se podrá aumentar como consecuencia de una transferencia, generación, ampliación o incorporación de crédito. En dichos supuestos ese crédito aumentará la dotación existente para la convocatoria que se establece sin que sea necesaria la tramitación y gestión de una nueva para sufragar las ayudas de materia curricular del curso 2016/2017. La efectividad de la cuantía adicional quedará condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito, y en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención. Se deberá publicar en el "Boletín Oficial de Aragón", la declaración de disponibilidad del crédito".

Con fecha 11 de agosto de 2016, la Comisión de Valoración de la convocatoria de las ayudas para la adquisición de material curricular de alumnado escolarizado en etapas obligatorias de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2016/2017, de conformidad con lo establecido en el apartado decimocuarto de la convocatoria, emitió el correspondiente informe, en el que se propuso el inicio por parte del órgano competente de la tramitación del correspondiente expediente de ampliación presupuestaria, a efectos de que no entrara en aplicación la lista de reserva prevista en la Orden de 31 de mayo de 2016, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte. A tales efectos, se tramitó el correspondiente expediente administrativo.

Por ello, a la vista del número de solicitudes que, cumpliendo los requisitos establecidos en la convocatoria, no podrán concederse por haberse agotado el crédito previsto en la convocatoria, y una vez evacuados los trámites oportunos, se amplia, en un momento previo a realizarse la adjudicación definitiva de las ayudas, el crédito presupuestario establecido en el apartado segundo de la Orden de 31 de mayo de 2016, tres millones doscientos sesenta y cinco mil euros (3.265.000.00 euros), que se ejecutarán con cargo a la partida 18050/G/4231/480397/91002 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio de 2016, (479.885,79 euros con cargo al ejercicio 2016 y 2.785.114,21 euros con cargo al ejercicio 2017), ampliándose el crédito inicialmente previsto en ciento veinticinco mil euros (125.000 euros), que se ejecutarán con cargo a la mencionada partida de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio de 2016, ascendiendo, por tanto, el crédito destinado a la convocatoria para atender los gastos de las ayudas para la adquisición de material curricular a tres millones trescientos noventa mil euros (3.390.000 euros).

En virtud de todo lo anterior, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 1314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, y en cumplimiento de la Orden de 31 de mayo, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan ayudas para la adquisición de material curricular de alumnado escolarizado en etapas obligatorias de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2016/2017, resuelvo:

Primero.- Ampliar el crédito presupuestario establecido para la convocatoria de ayudas para la adquisición de material curricular de alumnado escolarizado en etapas obligatorias de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2016/2017, efectuada mediante Orden de 31 de mayo, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en ciento veinticinco mil euros (125.000 euros) que se ejecutarán con cargo a la partida 18050/G/4231/480397/91002 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016.

Segundo.- Ordenar la publicación de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

La presente orden pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

También podrá presentarse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 27 de septiembre de 2016.

La Consejera de Educación,

Cultura y Deporte,

MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN