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RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2019, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se modifica el Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, en relación con el Centro Docente Privado Extranjero en España "Zaragoza Schoolhouse", de Zaragoza.

Publicado el 30/07/2019 (Nº 147)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia de la representante del Centro Docente Privado Extranjero en España "Zaragoza Schoolhouse", código 50017771, con domicilio en la calle Vía Ibérica, número 67, de Zaragoza, solicitando modificación de los puestos escolares y ampliación de las edades en Elementary Section (equivalente a Educación Primaria).

Visto los informes emitidos por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, y con relación a la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados, así como en el Certificado de Elegibilidad renovado para continuar en el proceso de acreditación de la New England Association Of Schools & Colleges, INC (Asociación de Escuelas y Colegios de Nueva Inglaterra), y por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, en el que se hace constar que no hay inconveniente en que se proceda a dicha autorización, ni se aprecia disposición alguna que impida el establecimiento de un centro docente para impartir las enseñanzas solicitadas.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación; en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de Centros docentes extranjeros en España; en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, el Director General de Planificación y Formación Profesional, resuelve:

Primero.- Modificar la inscripción en el Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón del Centro Privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Docente Privado Extranjero en España.

Denominación específica: "Zaragoza Schoolhouse".

Titular: PestalozzI, S.coop.

Código: 50017771.

Domicilio: Calle Vía Ibérica, número 67.

Localidad: Zaragoza.

Municipio: Zaragoza.

Provincia: Zaragoza.

Modificación en las siguientes enseñanzas:

- Disminución de 1 unidad Pre-School Section (equivalente Ed. Infantil Segundo Ciclo): de 3 a 5 años.

- Aumento de 1 unidad Elementary Section (equivalente Ed. Primaria): de 6 a 12 años.

Como resultado de la modificación, el Centro queda configurado de la siguiente forma:

- Pre-School Section (de 3 a 5 años): 1 unidad.

- Elementary Section (de 6 a 12 años): 2 unidades.

Segundo.- La presente Resolución surtirá efectos a partir del curso 2019/2020, y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Cuarto.- El Centro cumplirá el currículo y horario establecidos para las áreas de Lengua Castellana y Literatura y Ciencias Sociales fijados en la normativa aplicable de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quinto.- El Centro presentará periódicamente ante esta Administración Educativa los certificados actualizados de las inspecciones de la NEAS&C. que se produzcan.

Sexto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Resolución.

Séptimo.- Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 5 de julio de 2019.

El Director General de Planificación y Formación Profesional, RICARDO ALMALÉ BANDRÉS