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RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se aprueban las listas de espera derivadas del correspondiente proceso selectivo de nuevo ingreso, para la provisión con carácter interino de puestos de trabajo correspondientes al Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala de Auxiliares Facultativos, Auxiliares de Educación Especial.

Publicado el 03/10/2016 (Nº 191)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Concluidas las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 8 de junio de 2015, para ingreso en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala de Auxiliares Facultativos, Auxiliares de Educación Especial, el Tribunal de Selección ha confeccionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.1 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, en la redacción dada por Decreto 118/2009, de 7 de julio, las listas de espera para la provisión con carácter interino de puestos de trabajo de dicha clase de especialidad.

En las listas de espera figuran incluidos los aspirantes que, habiendo manifestado su voluntad de acceder a las mismas, han superado algún ejercicio del proceso selectivo.

A la vista de la propuesta elevada por el Tribunal de Selección y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.1 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, según redacción dada por Decreto 118/2009, de 7 de julio, esta Dirección General resuelve:

Aprobar la lista de espera por provincias, que se incorpora como anexo a esta resolución, confeccionada para la provisión con carácter interino de puestos de trabajo de la Escala de Auxiliares Facultativos, Auxiliares de Educación Especial.

Abrir un plazo de 15 días hábiles para que los candidatos que figuran incluidos en dichas listas cumplimenten la ficha de localidades que se adjunta a la presente resolución, indicando aquellas a las que deseen acceder. Una vez finalizado dicho plazo, sólo se admitirá la renuncia de localidades que se presente con carácter previo al llamamiento del candidato.

Asimismo, en el supuesto de no efectuar elección alguna, el candidato será llamado para cualquier localidad de la correspondiente provincia.

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 16.2.a) de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 19 de septiembre de 2016.

El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios,

IGNACIO ZARAZAGA CHAMORRO