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ORDEN de 1 de agosto de 2008, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, sobre delegación de competencias en materia de ordenación de pagos de tributos cedidos, caja de depósitos y devolución de ingresos indebidos.

Publicado el 28/08/2008 (Nº 134)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

Texto completo:

ORDEN de 1 de agosto de 2008, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, sobre delegación de competencias en materia de ordenación de pagos de tributos cedidos, caja de depósitos y devolución de ingresos indebidos.

El artículo 52.1. del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 21 de junio, atribuye al Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, la competencia en materia de Ordenación General de Pagos de la Comunidad Autónoma, configurando esta competencia como susceptible de delegación.

El contenido de la competencia administrativa en materia de tributos cedidos, caja de depósitos y la devolución de ingresos indebidos, en el ámbito territorial de Huesca, hace aconsejable, por motivos de eficacia administrativa, la delegación de su ejercicio.

En virtud de todo lo que antecede, de conformidad con lo previsto en el artículo 52.1. del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 21 de junio, y en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, resuelvo:

Primero.-Delegar en el Secretario Provincial de Economía, Hacienda y Empleo de Huesca la ordenación de pagos derivados de obligaciones en materia de tributos cedidos, caja de depósitos y devolución de ingresos indebidos en su ámbito provincial.

Segundo.-Dejar sin efecto la delegación efectuada por la Orden de este Departamento de 22 de diciembre de 2001, de la competencia a que hace referencia el apartado anterior en el Director del Servicio Provincial de Economía, Hacienda y Empleo de Huesca, conservando dicha Orden su eficacia en todo lo que no resulte afectada por la presente.

Tercero.-El ejercicio de las competencias delegadas en virtud de esta Orden, se ajustará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, citado, y al resto de normas que resulte de aplicación.

Cuarto.-La presente Orden comenzará a producir efectos el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo podrá avocar para sí cualquier ordenación de pagos, pudiendo revocar la delegación a que se refiere la presente Orden en cualquier momento, conforme a los artículos 31 y 35 del Texto Refundido citado anteriormente.

Zaragoza, 1 de agosto de 2008.

El Consejero de Economía, Hacienda

y Empleo, ALBERTO LARRAZ VILETA