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ORDEN de 27 de julio de 2015, del Consejero de Presidencia, por la que se publica el Acuerdo del Gobierno de Aragón de 21 de julio de 2015, por el que se nombran los miembros y el Secretario de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado.

Publicado el 24/09/2015 (Nº 186)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Adoptado por el Gobierno de Aragón el día 21 de julio de 2015 el Acuerdo por el que se nombran los miembros y el Secretario de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado, se procede a su publicación como anexo a la presente orden.

Zaragoza, 27 de julio de 2015.

El Consejero de Presidencia,

VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

El artículo 90 del Estatuto de Autonomía de Aragón crea la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado como el instrumento principal de relación entre la Comunidad Autónoma y el Estado a los efectos de la participación y la colaboración del Gobierno de Aragón en el ejercicio de las competencias que afectan a la autonomía de Aragón, así como del intercambio de información y el establecimiento, si procede, de mecanismos de colaboración en las respectivas políticas públicas y los asuntos de interés común.

Asimismo, el artículo mencionado establece unas reglas generales sobre las funciones, la composición y la presidencia de esta Comisión y remite a un reglamento interno la regulación de las cuestiones relativas a su funcionamiento y organización.

Con respecto a su composición, el apartado 2 del citado artículo 90 establece que estará formada con un número igual de representantes del Estado y de Aragón. Por su parte el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión, aprobado por Acuerdo de la misma de fecha 18 de julio de 2012, establece en su artículo 3 que la Comisión Bilateral estará constituida por seis representantes de cada parte. En consecuencia, hay que designar a los miembros de la representación aragonesa en la Comisión.

En relación con la Presidencia de la Comisión corresponderá de forma alternativa a ambas partes en turnos de un año, de acuerdo con lo que establece el artículo 90 mencionado. Con respecto a la Secretaría, ésta se ejercerá de forma conjunta por dos cargos con rango de Director General, uno en representación de cada una de las partes.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, el Gobierno de Aragón, previa deliberación, en su reunión de 21 de julio de 2015, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.- Nombrar miembros permanentes en representación de Aragón de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado a:

- El Consejero de Presidencia, que ejerce la Presidencia, de forma alternativa y por periodos de tiempo anuales, de la Comisión.

- El Consejero de Hacienda y Administración Pública.

- El Consejero de Vertebración de Territorio, Movilidad y Vivienda.

- El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad.

El Consejero de Presidencia designará los otros dos miembros en función de las materias a tratar.

Segundo.- Nombrar Secretario en representación de Aragón de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado al Secretario General Técnico de la Presidencia.

Tercero.- Dejar sin efecto los nombramientos efectuados con anterioridad.

Cuarto.- Publicar el presente Acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón".